Elecciones 2017: Servel publica cartillas informativas para candidatos independientes

Publicado en: Noticias Electorales |
24
Abr 2017

 

Uno de los aspectos centrales que establecen dichos instructivos, es que los postulantes no podrán haber estado afiliados a un partido político dentro de los nueve meses anteriores al vencimiento del plazo para las declaraciones de candidaturas.

 

Este lunes 24 de abril, el Servicio Electoral (Servel) puso a disposición de la ciudadanía en servel.cl las cartillas informativas para quienes presentarán candidaturas independientes a Presidente de la República, senador, diputado o consejero regional, en las elecciones del 19 de noviembre de 2017. Asimismo, se pueden consultar los formularios para realizar las declaraciones de candidaturas independientes a los cargos ya mencionados, cuyo plazo vence el próximo 21 de agosto.

Entre los aspectos que contemplan dichos informativos, están los requisitos e inhabilidades para acceder a los cargos de representación popular, como que no deben registrar afiliación en ningún partido político, legalmente constituido o en formación, con posterioridad al lunes 21 de noviembre de 2016, entre otros. También se establecen los mínimos de patrocinio de las candidaturas (ver comunicado del 18 de abril) y sus formalidades.

Por otra parte, de acuerdo a la Ley 18.700, quienes patrocinen a un candidato independiente deben tener inscripción electoral vigente en la respectiva circunscripción senatorial, distrito electoral o circunscripción provincial. Además, no pueden apoyar a más de una candidatura para una elección y no deben prestar falso testimonio en el acto del patrocinio.

Las cartillas también dan cuenta de la aceptación o rechazo de las candidaturas y el derecho a reclamo. Asimismo, se explica el proceso de inscripción en el Registro Especial de Candidaturas, a partir de la cual se considera que los candidatos tienen la calidad de tales, para todos los efectos legales.

Otro de los elementos que se describe ampliamente es el sorteo en el orden de la cédula electoral para asignar las letras que distinguirán a las listas de partidos y de pactos, el que se realiza a las 9:00 horas del tercer día de expirado el plazo para inscribir candidaturas. Finalmente, los informativos se refieren a la designación de apoderados de las candidaturas y a las atribuciones que tendrán durante el proceso eleccionario.