Consejo de Servel reafirma consenso sobre la Convención como órgano democrático

07
Mar 2022

Hoy en sesión del Consejo Directivo del Servel las y los consejeros, Escudero, Figueroa, Huina y Joignant manifestaron su preocupación por la publicación de una carta de opinión del Presidente de este Consejo Directivo en un medio de prensa de circulación nacional, el sábado 26 de febrero pasado. En dicha carta, además de plantear opiniones sobre temas electorales que pueden o no ser compartidos por las demás consejeras y consejeros y que no han sido abordados en sesiones del Consejo, se cuestiona la legitimidad de la Convención.

 

Luego de escuchar al Presidente del Consejo e intercambiar opiniones. Las y los consejeros estuvieron de acuerdo en lo siguiente:

 

i.- La Convención es un órgano democrático autónomo creado a partir de un acuerdo político que fue validado por la ciudadanía en un plebiscito aprobado por una clara mayoría y por la elección de sus convencionales.

ii.- Las reglas electorales que dieron vida a la Convención fueron también establecidas en forma previa y democrática. Las normas sobre paridad, la posibilidad de competencia de independientes y los escaños reservados para los pueblos originarios fueron un complemento a las normas de representación, que el SERVEL fiscalizó debidamente.

iii.- El Servicio Electoral ha sido una institución clave en el desarrollo democrático del país, facilitando la convivencia política y social a través de sucesivas elecciones, incluso en escenarios adversos como la pandemia. En el último ciclo electoral concretó 13 elecciones con pleno apego a las normas que las rigen. Todas ellas fueron un ejemplo para Latinoamérica y el mundo. Es por ello que las y los consejeros entienden las molestias que generaron las declaraciones del Presidente Consejo Directivo.

iv.- Las y los consejeros valoran el rol institucional del Servicio y su deber de garante de los procesos democráticos libres, transparentes e informados. En este contexto, es legítimo tener opiniones personales, las que deben ponderarse al representar un órgano colegiado.