Más de 120 mil personas enviaron sus antecedentes en las primeras 48 horas en que estuvo activo el formulario de postulación para el puesto de Facilitador Electoral, rol que por primera vez se desarrollará en el Plebiscito Nacional 2020 para resguardar la seguridad sanitaria del electorado en cada local de votación.
El Servicio Electoral buscaba completar 15 mil cupos, pero en sólo 48 horas 120.202 personas ya habían postulado para el puesto de facilitador electoral, sobrepasando ampliamente la necesidad de trabajadores para dicho cargo, que por el desempeño de tres días recibirá una paga cercana a los 70 mil pesos. Es por esta razón que, aunque el cierre del proceso de captación estaba previsto para el 30 de septiembre, este domingo 13 de septiembre al mediodía se suspenderán las postulaciones.
La medida debió ser adoptada luego de una masiva inscripción para un rol cuya misión será mantener el ordenamiento de las filas, la supervisión respecto de la distancia física, el uso de las mascarillas y el respeto de los turnos y horarios exclusivos, así como la sanitización de las manos de los electores al ingreso a los locales de votación este 25 de octubre.
Quienes sean seleccionados para desempeñar la función de Facilitador Electoral deberán estar disponibles los días 10, 24 y 25 de octubre y por su labor se les cancelará un bono equivalente a 2.5 UF, exento de impuestos.
El Servicio Electoral agradece a los postulantes que han querido participar en este inédito proceso y ser protagonistas no solo con su voto, sino que colaborando a un Plebiscito Nacional 2020 más seguro y participativo.
Servel capacitó a todos los Consulados de Chile en el mundo
Vía streaming y en dependencias del Ministerio de Relaciones Exteriores, la Unidad Internacional del Servicio Electoral entregó directrices a los cónsules sobre el desarrollo del Plebiscito Nacional 2020.
La charla de capacitación dirigida a los presidentes de las Juntas Electorales en el extranjero, en el marco de la designación de vocales de mesa para el Plebiscito Nacional del 25 de octubre, fue seguida vía remota por 112 cónsules de chile en el mundo.
En la actividad, los diplomáticos recibieron orientación acerca del proceso, la que estuvo a cargo de la jefa de la Unidad Internacional de Servel, Andrea González, y la profesional de dicha unidad María Fernanda García. Asimismo, participó Antonio Correa, Secretario Ejecutivo de la Unidad del Voto Chileno en el Exterior de Cancillería.
Esta capacitación ya se había realizado cuando el Plebiscito estaba programado para abril pasado. Esta vez se basó en la nueva normativa de Servel que establece medidas sanitarias para la prevención del contagio de covid-19, con una serie de cambios entre los que se estipula como excusa para los vocales de mesa el tener más de 60 años (no 70, como ocasiones anteriores) y la forma de recepción de dichas excusas.
Más de treinta mujeres participaron de taller de la Dirección Regional de Antofagasta
El Taller de Ley de Cuotas y procesos electorales tuvo por finalidad disminuir las brechas existentes en quienes no tienen acceso a contenidos asociados a Formación Ciudadana o Educación Cívica Electoral.
La actividad realizada el 20 de agosto pasado convocó a 31 mujeres de organizaciones de la sociedad civil y se desarrolló en conjunto con el Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género.
Durante la jornada se realizó una revisión a la participación electoral femenina en Chile y en el mundo, exponiendo los principales hitos en relación al avance de la Ley de Cuotas.
El objetivo del taller fue aumentar la participación en los procesos electorales a el largo plazo de la comunidad educativa de la región, así como generar vínculos de aprendizajes en materias electorales y de formación ciudadana entre las distintas organizaciones participantes.
La iniciativa se enmarca en el Plan de Formación Ciudadana y Educación Cívica Electoral que Servel desarrolla desde el año 2019 y que consiste en educar a la ciudadanía sobre sus derechos políticos, la oportunidad y forma de ejercerlos y su importancia para el desarrollo político del país.
Servel da a conocer Protocolo Sanitario para un Plebiscito Nacional 2020 Más Seguro
Este jueves 10 de septiembre el Servicio Electoral publicó en el Diario Oficial el Protocolo Sanitario que cuenta con una serie de normas y procedimientos de carácter general y obligatorio que deberán cumplir todos quienes participen del Plebiscito Nacional 2020.
El Consejo Directivo del Servicio Electoral, conforme a las facultades otorgadas por la ley, ha dado a conocer el Protocolo Sanitario para un Plebiscito Nacional 2020 Más Seguro, realizado en acuerdo con el Ministerio de Salud, y que contó con la opinión técnica de la Organización Panamericana de la Salud / OMS, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, la Sociedad Chilena de Infectología, la Sociedad Chilena de Epidemiología, la Cruz Roja de Chile y la Oficina Nacional de Emergencia.
El documento de 29 páginas entrega cada una de las medidas adoptadas para evitar el riesgo de contagio del covid-19, detallando los elementos de protección con que contarán los vocales de las mesas receptoras de sufragios, cuyas nóminas serán dadas a conocer el 3 de octubre. Para los vocales de mesa se dispondrá de kits sanitarios con:
Los locales de votación contarán con un aforo máximo de 10 electores en fila por cada mesa receptora de sufragios. Se contará con demarcación en el piso para mantener la distancia física y señalética infográfica sobre las medidas sanitarias y el proceso de votación.
El cumplimiento de este Protocolo será obligatorio para electores, apoderados, miembros de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública que se encuentren a cargo del resguardo del orden público al interior y exterior de los locales de votación, así como para todo funcionario público, con independencia del órgano del cual dependa, que desempeñe funciones o cumpla obligaciones de carácter electoral.
Algunas de las claves de este protocolo y de la normativa publicada el viernes 4 de septiembre se resumen a continuación:
1.- Los electores podrán llevar su propio lápiz pasta azul para votar y firmar el padrón de mesa.
2.- El horario de votación extendido será de las 8:00 a las 20:00 horas.
3.- Existirá un horario exclusivo para personas de 60 o más años de edad: de las 14:00 a las 17:00 horas.
4.- Se deberá acudir al local de votación sin acompañantes, a menos que se necesite asistencia para votar.
5.- Es obligatorio el uso de mascarilla en todo momento. Los electores sólo deberán retirar sus mascarillas durante tres segundos para que el presidente de mesa verifique su identidad.
6.- Se deberá higienizar las manos antes y después de votar con alcohol gel personal o con el que será dispuesto en los locales de votación.
7.- Se deberán respetar las filas y mantener la distancia física de, a lo menos, un metro entre electores, vocales y todas las personas que se encuentren dentro y fuera de los locales de votación.
8.- Para evitar aglomeraciones al interior o en las afueras del local de votación, una vez que los electores hayan votado deberán regresar de inmediato a sus hogares, sin permanecer más tiempo en el lugar.
9.- Los electores que tienen 60 o más años de edad y sean designados como vocales de mesa por las Juntas Electorales, podrán excusarse (normalmente la causal de excusa por edad es para quienes tienen 70 años o más).
10.- Para asegurar el distanciamiento físico se ha aumentado la cantidad de locales de votación a 2.715 a lo largo del país, un 25,9% más que en las elecciones de 2017. Esto también conlleva una redistribución de electores, por lo que es fundamental revisar el local de votación asignado a partir del 3 de octubre en servel.cl o en www.plebiscitonacional2020.cl.
Los aportes que reciban partidos políticos, parlamentarios y organizaciones de la sociedad civil deben ser informados a Servel.
A partir de hoy, los partidos políticos, parlamentarios independientes y organizaciones de la sociedad civil inscritos deberán informar los aportes que reciban y los gastos que realicen por concepto de contrataciones en plataformas digitales, a través de la plataforma https://declaracionesplebiscito.servel.cl/.
De acuerdo con la normativa, todos los aportes que se reciban dentro del período de campaña electoral deberán ser informados al Servicio Electoral, dentro de los tres días siguiente a la fecha de su recepción, consignando el nombre completo y número de cédula de identidad del aportante, sea donaciones en dinero, o en especies.
A su vez, los medios de comunicación tendrán la obligación de informar los contratos que celebren por concepto de publicidad y propaganda electoral, a través de la misma plataforma.
Para facilitar el cumplimiento de las obligaciones anteriores, la plataforma podrá ser utilizada desde teléfonos móviles.
Las credenciales de acceso para la información de aportes y contrataciones serán informadas directamente a los respectivos delegados. En el caso de los medios de comunicación la plataforma estará abierta a todos los medios.
Servel publica límites de gastos electorales de Partidos Políticos, parlamentarios independientes y organizaciones civiles
La nómina incluye a los Partidos Políticos, parlamentarios independientes, organizaciones de la Sociedad Civil y comandos que manifestaron su voluntad de recibir aportes y realizar propaganda electoral para el Plebiscito Nacional de 25 de octubre próximo.
En el marco de la reciente reforma constitucional que regula el financiamiento y la propaganda de las campañas para el plebiscito, el Servicio Electoral determinó los máximos de gastos electorales que podrán efectuar los distintos participantes.
Para acceder al detalle de los participantes inscritos y los límites de gastos que podrán realizar, pinche aquí.
Además, encuentre aquí toda la información sobre la propaganda del Plebiscito Nacional 2020.
164 profesores de todo el país iniciaron el II Curso de Educación Cívica Electoral
102 comunas desde Arica a Puerto Natales están representadas por los docentes que comenzaron las sesiones de formación con una muy alta y entusiasta participación.
Son 82 mujeres y 82 hombres quienes conforman el grupo de profesores que desde este 1 de septiembre y hasta diciembre participan del II Curso de Formación Ciudadana y Educación Cívica Electoral de Servel.
El 96% de los docentes son profesores de Historia de Enseñanza Media en sus respectivas regiones. Más del 60% posee estudios de postgrado y forman parte de este curso por su interés en ahondar en materias concernientes a los procesos electorales y la democracia chilena. Con esta masiva convocatoria se avanza en el objetivo de incorporar la temática electoral a las materias que aprenden los estudiantes desde E. Básica con el fin de formar ciudadanos y ciudadanas mas participativos y con conocimiento de la real importancia de las elecciones para la democracia chilena,
La actividad ha despertado un alto interés por participar, de forma que debieron ampliarse los cupos en 2020, y ya hay 61 docentes preinscritos para el curso 2021.
El Plan Nacional de Formación Ciudadana y Educación Cívica Electoral se enmarca en uno de los objetivos estratégicos de Servel, que consiste en educar a la ciudadanía sobre sus derechos políticos, la oportunidad y forma de ejercerlos y su importancia para el desarrollo del país. A un año de su lanzamiento, en abril de 2019, se han elaborado cursos de larga duración y profundización en planificación y desarrollo de clases con la formación de más de 600 docentes, talleres de corta duración organizados en conjunto con las Direcciones Regionales, además de votaciones estudiantiles y charlas educativas en colegios, institutos y universidades.
Servel abre registro de participantes para la realización de campañas del Plebiscito Nacional 2020La medida es parte de la reciente reforma constitucional que regula el financiamiento y la propaganda para el Plebiscito Nacional de este 25 de octubre y que establece un plazo de tres días para la inscripción de quienes deseen recibir aportes y efectuar propaganda electoral.
Partidos políticos, parlamentarios independientes y organizaciones de la sociedad civil que busquen participar de la propaganda del Plebiscito Nacional 2020 tendrán hasta este lunes 31 de agosto para inscribirse en el registro a cargo del Servicio Electoral.
Los interesados deberán indicar si participaran en forma individual o integrando un comando. Asimismo, deberán comunicar las opciones que apoyarán.
Cabe destacar que la nueva normativa establece que el registro debe ser abierto por Servel el mismo día de publicación de la reforma, venciendo el plazo de inscripciones este lunes 31 de agosto.
Los ciudadanos y ciudadanas podrán hacer campaña electoral a través de los partidos políticos, parlamentarios independientes y organizaciones de la sociedad civil que se inscriban en el Registro a cargo del Servicio Electoral. Según prefieran, podrán participaran en forma individual o integrando un comando.
Para estos efectos los participantes deberán inscribirse hasta el lunes 31 de agosto de 2020.
Las organizaciones de la sociedad civil, cualquiera sea su estructura o denominación, tendrán como único requisito el registrarse en https://registroorganizaciones.servel.cl/, adjuntando los antecedentes requeridos y los formularios dispuestos en el sitio web del Servicio Electoral.
En esta oportunidad deberá indicarse si participaran en forma individual o integrando un comando. Asimismo, deberán comunicar las opciones que apoyarán.
Organizaciones sin personalidad jurídica, deberán completar el registro dispuesto en la página del web del Servicio, suscribir y aceptar mediante declaración jurada simple. Las declaraciones deberán efectuarse por el delegado de campaña nombrado al efecto. Junto con la suscripción del formulario deberá acompañarse una nómina de los integrantes de la organización. El Servicio Electoral proveerá una nómina modelo para tales efectos (Formación de Organización para Fines de Campaña).
En el caso de que dos o más partidos políticos, parlamentarios independientes u organizaciones decidan formar un comando, deberán presentar declaración ante el Servicio Electoral manifestando su voluntad en dicho sentido, al mismo momento de solicitar su inscripción.
Al igual que la participación en forma individual a los partidos y parlamentarios no se les exigirá más formalidad que la suscripción y aceptación del formulario dispuesto en el sitio web del Servicio, mediante declaración jurada simple.
A su vez, en el caso que el comando comprenda organizaciones de la sociedad civil, tratándose de organizaciones con personalidad jurídica, deberá suscribirse por el representante legal o apoderado de la organización respectiva.
Sólo podrán efectuar aportes a las campañas las personas naturales y los partidos políticos legalmente constituidos.
En ningún caso las personas jurídicas podrán efectuar aportes. Asimismo, se encuentra prohibido los aportes de campaña provenientes de personas naturales o jurídicas extranjeras, con excepción de los efectuados por extranjeros habilitados legalmente para ejercer el derecho a sufragio en Chile.
Una persona podrá aportar hasta un máximo de 500 UF a los partidos políticos y organizaciones de la sociedad civil. Tratándose de un parlamentario independiente, el monto máximo que podrá aportarse será de 60 UF.
Por regla general todos los aportes serán públicos, salvo los aportes menores a 40 UF, los cuales se guardará reserva de la identidad del aportante. No obstante, todos los aportes deberán informarse al Servicio Electoral.
Los aportes deberán ser comunicados a través del formulario electrónico dispuesto en la página web del Servicio Electoral.
El límite del gasto electoral para el conjunto de los comandos o partidos políticos se calculará para cada una de las opciones sometidas a plebiscito y será el que resulte de multiplicar 0,005 UF por el número de electores habilitados a la fecha de convocatoria a plebiscito. El límite individual para cada colectividad se determinará aplicando la proporción de votación obtenida en la última elección de diputados incluidos los independientes asociados. Los partidos políticos que no hubieren participado en ella tendrán el mismo límite que le corresponda al partido que hubiere obtenido la menor cantidad de sufragios.
En el caso de las organizaciones de la sociedad civil, el límite del gasto electoral, por cada opción plebiscitada, será el que resulte de multiplicar 0,0003 unidades de fomento por el número de electores habilitados a la fecha de convocatoria a plebiscito.
En el caso de los parlamentarios independientes, el límite del gasto electoral por cada opción plebiscitada será el equivalente al fijado para el partido político con menor límite de gasto autorizado por el Servicio Electoral.
Manual sobre Financiamiento y Propaganda Electoral Plebiscito Nacional 2020
Registro Organizaciones
Declaración Jurada Formación Organización
Registro Parlamentarios
Servel y Tricel lideran Conferencia virtual de la Asociación de Organismos Electorales de América del SurRegistro Partidos Políticos
Los días 26 y 27 de agosto de 2020 se desarrolla la Reunión Extraordinaria Virtual de la Asociación de Organismos Electorales de América del Sur (Protocolo de Quito). Servel junto con Tricel tienen la presidencia de esta instancia de colaboración técnica transversal que reúne 10 países, con 13 órganos electorales.
En un contexto de pandemia, donde los órganos electorales enfrentan diversas elecciones, de las cuales muchas se han tenido que reprogramar, la colaboración transversal es fundamental. Por tanto, bajo la coordinación del Centro de Asesoría y Promoción Electoral del Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH) como secretaria ejecutiva del “Protocolo de Quito” se ha desarrollado un espacio para compartir experiencias con miras a perfeccionar protocolos sanitarios y entregar retroalimentación.
“El trabajo que realizamos en estos días contribuye a nuestros pueblos en cada uno de nuestros países. Tenemos que hacer todos los esfuerzos para mantener las elecciones, la democracia, en marcha”. Sostuvo en su bienvenida a la Conferencia el Presidente del Consejo Directivo de Servel, Patricio Santamaría.
“Es importante darnos estos tiempos de colaboración entre órganos electorales, ya que la pandemia nos trajo desafíos inéditos, y tenemos que buscar soluciones excepcionales. Tenemos la confianza de que juntos -compartiendo experiencias- podremos seguir ejecutando nuestro compromiso de fortalecer las democracias en América del Sur” añadió el Presidente del Consejo Directivo de Servel.
Por su parte la presidenta del Tribunal Calificador de Elecciones,Rosa Edgem Saldías señaló “los organismos electorales han tenido que adaptar sus procesos, dentro de lo que la normativa nos permite, para salvaguardar la salud de los electores. En el Tribunal Calificador de elecciones hemos tomado las medidas de seguridad sanitaria, y para garantizar como siempre el debido proceso”.
La Asociación de Organismos Electorales de América del Sur, “Protocolo de Quito”, tiene como objeto fomentar la cooperación internacional para promover la democracia representativa, el voto libre, universal y secreto, así como los sistemas electorales eficientes y puros en sus respectivos países; consultarse recíprocamente cualquier clase de problemas relacionados con los procesos electorales; intercambiar información sobre los mismos y sobre el desarrollo de sus elecciones; propiciar la participación como observadores de los organismos miembros de la Asociación, a invitación del país sede, proporcionando las facilidades necesarias; y emitir recomendaciones de carácter general sobre tales asuntos.
Los Organismos Electorales que reúne esta instancia son: Cámara Nacional Electoral de Argentina, Corte Nacional Electoral de Bolivia, Tribunal Superior Electoral de Brasil, Servicio Electoral de Chile, Tribunal Calificador de Elecciones de Chile, Consejo Nacional Electoral de Colombia, Registraduría Nacional del Estado Civil de Colombia, Consejo Nacional Electoral de Ecuador, Tribunal Superior de Justicia Electoral de Paraguay, Jurado Nacional de Elecciones de Perú, Registro Nacional de Identificación y Estado Civil de Perú, Oficina Nacional de Procesos Electorales de Perú, Corte Electoral de Uruguay y Consejo Nacional Electoral de Venezuela.
Plebiscito: este 26 de agosto se inicia el periodo de propaganda electoral
La propaganda electoral por las cuatro opciones plebiscitadas se extenderá hasta el 22 de octubre.
A partir de este 26 de agosto podrán realizar propaganda los partidos políticos que se encuentren legalmente constituidos, los parlamentarios independientes y las organizaciones de la sociedad civil que busquen inducir el apoyo a alguna de las opciones sometidas a consideración de la ciudadanía en el próximo Plebiscito Nacional a efectuarse el 25 de octubre de 2020.
Durante este periodo se podrá efectuar propaganda en lugares públicos que estén expresamente autorizados para ese propósito por el Servicio Electoral en la nómina publicada el 28 de mayo.La propaganda podrá ser efectuada por activistas o brigadistas en la vía pública mediante el porte de banderas, lienzos u otros elementos no fijos, entrega de material impreso u otro tipo de objetos informativos, aunque debido a la pandemia se recomienda evitar las aglomeraciones, el contacto físico y respetar las restricciones sanitarias decretadas por la autoridad.
A partir de este miércoles también se podrá desarrollar propaganda electoral en medios de prensa escrita, electrónica, radioemisoras. Esta propaganda sólo se podrá realizar en los medios que hayan informado al Servel de sus tarifas, en la forma establecida por éste, habiéndose también publicado en la página web del respectivo medio y del Servicio Electoral.
También se podrá efectuar propaganda electoral en espacios privados, mediante carteles, afiches o letreros, cuyas dimensiones no superen los seis metros cuadrados totales y con la debida autorización escrita del propietario, poseedor o mero tenedor del inmueble.
¿Qué se entiende por afiche, cartel y letrero?
Cabe destacar que la ley no permite rayados o pintado de muros.
Actividades que no constituyen propaganda electoral
Se entenderá por propaganda toda aquella que induzca a apoyar a alguna de las opciones sometidas a consideración de la ciudadanía. Por ende, no se considera propaganda:
La fiscalización de la propaganda electoral corresponde a la Subdirección de Control del Gasto y Financiamiento Electoral del Servel. La Ley N°18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, faculta a Servel disponer del retiro el de los elementos de propaganda que contravengan los artículos 31, 35 y 36 de la mencionada ley.