Con la finalidad de dar a conocer a la ciudadanía y los principales actores de las próximas elecciones las medidas sanitarias que deberán ser cumplidas, el Consejo Directivo del Servicio Electoral, conforme a las facultades otorgadas por la ley, ha publicado el Protocolo Sanitario para las Elecciones Presidencial, Parlamentarias y de Consejeros y Consejeras Regionales.
El protocolo representa un esfuerzo intersectorial, y compromiso de Servel, del Ministerio de Salud de Chile, de la Organización Panamericana de la Salud, y otras instituciones colaboradoras, para generar un adecuado balance -basado en los criterios de razonabilidad- entre los derechos políticos y el derecho a la salud de los que gozamos las personas, en nuestra calidad de titulares de Derechos Humanos.
1.-Kit sanitario:
El Servicio Electoral de Chile hace un llamado al electorado para que el día domingo 21 de noviembre de 2021, donde se celebrarán las Elecciones Generales, acudan con sus propios implementos de protección (alcohol gel con una concentración de al menos 70% , y mascarilla, idealmente quirúrgicas desechables de tres pliegues y sin propaganda política).
El elector deberá llevar su propio lápiz pasta azul para marcar su preferencia en las correspondientes cédulas de votación, así como para firmar el padrón de mesa.
Kit para vocales:
Los kits sanitarios deben contener:
Los apoderados de los candidatos deberán llevar sus propias mascarillas y alcohol gel con una concentración de al menos 70%, manteniendo en todo momento la distancia física de al menos un metro lineal, de lo contrario no podrán desempeñar sus funciones.
En los locales de votación se utilizará cinta adhesiva de color amarillo para demarcar en el piso la distancia física requerida de al menos un metro.
2.-Locales de votación:
– Los locales de votación deberán ser sanitizados los días 20 y 21 de noviembre en la madrugada.
– Al exterior de los locales se deberán demarcar con cinta amarilla el espaciamiento físico que será requerido a los electores para su ingreso. De igual forma se deberá demarcar el distanciamiento físico de un metro lineal para ingresar a la mesa receptora de sufragios.
– Será obligatorio el uso permanente de mascarilla en los locales de votación, la que deberá cubrir nariz y boca y que no se encuentre visiblemente sucia, dañada o húmeda (con un uso no superior a 4 horas).
– Los electores deberán ingresar a los locales de votación solos, sin compañía, salvo aquellos que manifiesten necesidad de voto asistido o tengan alguna necesidad especial para ingresar acompañados.
– Considerar filas de acceso preferencial para adultos mayores, personas con necesidades especiales o embarazadas, las que deberán tener 2 metros de distancia con la fila de acceso general.
– Se deberá determinar un aforo considerando la capacidad máxima del recinto asegurando un distanciamiento de al menos un metro entre personas.
– Se recomienda que los locales de votación tengan habilitadas puertas de ingreso y salida distintas, para permitir el flujo unidireccional y evitar aglomeraciones.
– Una vez emitido el voto, los electores tendrán que hacer abandono inmediato del local de votación por la salida dispuesta para ello.
3.- Mesa Receptora de Sufragios:
Se adoptarán las siguientes medidas:
-Designar a un vocal como responsable de verificar el cumplimiento de las medidas y protocolos sanitarios en cada una de ellas.
– Los vocales de la mesa receptora de sufragios deberán utilizar en todo momento las mascarillas del kit sanitario, debiendo hacer un recambio de éstas cuando estén húmedas, dañadas o visiblemente sucias. El escudo facial es recomendado para los vocales, pero será obligatorio para el Presidente de mesa al momento de la lectura de los votos y del escrutinio.
– Los vocales de la mesa deberán desinfectar las cámaras secretas y lápices después de cada uso, además, deberán realizar una desinfección periódica (recomendado cada 2 horas) de las superficies del mobiliario.
– El Presidente de la mesa será responsable, o quien éste designe, de mantener en el exterior de la sala una fila que asegure el distanciamiento físico de al menos un metro lineal, demarcando los espacios en el piso. Sólo se permitirá el ingreso preferente de votantes a las mesas receptoras de sufragios en casos que tengan más de 60 años, necesidades especiales, estén embarazadas o requieran voto asistido.
– Al recibir a un elector, los vocales de la mesa receptora de sufragios no deberán tocar la cédula de identidad de éste. Al momento de colocar sobre la mesa la cédula de identidad, el elector debe retroceder al menos un metro a la espera de que el miembro de mesa encuentre el registro en el padrón.
-El elector deberá mostrar su rostro quitándose la mascarilla por no más de 3 segundos, a una distancia mínima de dos metros. Luego se procederá a entregarle las cédulas de votación para la Elección.
-Emitidos los votos, el elector deberá mostrarlos doblados y sellados, para que el Presidente de la mesa revise que los números de serie son coincidentes con los de las cédulas entregadas y, con la autorización de éste, el elector deberá desprender las colillas, depositándolas en el sobre que se le indique y luego depositar los votos en la urna. Hecho esto, el elector podrá retirar su documento de identidad.
– Respecto de la cámara secreta, se deberán eliminar las puertas o cortinas de entrada, por lo que se deberá procurar una ubicación que asegure el secreto del voto.
-Se debe instruir a los vocales de mesa que la alimentación e ingesta de líquidos se debe realizar por turnos, en espacios abiertos y debidamente habilitados para ello.
4.-Voto accesible, de grupos de riesgo o adultos mayores:
El Servicio Electoral ha innovado permanentemente en tener a disposición en cada local de votación, de plantillas braille o con ranuras para la emisión del voto por parte de electores con discapacidad visual, la cual debe ser desinfectada después de cada utilización.
Se debe tener especial cuidado en asistir a las personas con dificultad visual o movilidad reducida para ejercer el sufragio, permitiendo la asistencia de una persona de confianza del elector, además de poder contar con la guía y apoyo de personal de Defensa Civil, Cruz Roja o las Fuerzas Armadas. La persona que asista al elector en el voto deberá quedar consignada con nombre y RUN en el acta de la mesa.
Los Delegados de los locales de votación deben evitar la selección de vocales de mesas que pertenezcan al grupo de adultos mayores, ya que estos corren mayor riesgo de presentar complicaciones graves ocasionadas por la enfermedad COVID-19.
Con la finalidad de resguardar la salud y facilitar el ejercicio del derecho a sufragio de los electores, se establece un trato continuo y preferente a electores mayores de 60 años, personas con algún tipo de discapacidad, electores que requieran ser asistidos en el ejercicio del sufragio y a embarazadas.
5.- Escrutinio y transmisión de datos:
Todo el personal involucrado en las fases de escrutinio, escaneo y transmisión, deberá mantener la distancia física requerida de al menos un metro, utilizar permanentemente los medios de protección e higiene suministrados: mascarillas KN95 o quirúrgicas desechables de tres pliegues, escudos faciales, y alcohol gel con una concentración de al menos70%. El público, apoderados y medios de comunicación deberán utilizar en todo momento sus propias mascarillas y mantener la distancia física requerida de al menos un metro lineal.
6.-Divulgación de resultados:
El día de las Elecciones Generales del 21 de Noviembre de 2021, el Servicio Electoral dispondrá de un Centro Prensa y de Divulgación de Resultados, el cual contará con especiales medidas de seguridad y control de aforo.
-Todo el personal con acceso al Centro de Prensa y de Divulgación de Resultados deberá estar debidamente acreditado, será controlado en su temperatura al ingreso de las instalaciones y se le realizará un cuestionario básico sobre posibles síntomas de COVID-19.
-Se contará con un aforo máximo informado con anticipación a los medios, procurando mantener la distancia física de un metro lineal en todo momento. Quienes no puedan acceder al Centro de Prensa por esta medida, contarán con transmisiones en línea y contactos en directo que les permitan realizar una correcta cobertura del evento.
-En todo momento se deberá utilizar mascarilla KN95 o quirúrgicas desechables de tres pliegues, con dos unidades por jornada diaria; higienizar las manos con alcohol gel con una concentración de al menos 70% y mantener una estricta distancia física de al menos un metro.
-Los profesionales de la prensa deberán higienizar periódicamente sus equipos y micrófonos.
El documento completo del Protocolo Sanitario de las Elecciones Presidencial, Parlamentarias y de Consejeros y Consejeras Regionales del 21 de noviembre de 2021 se encuentra disponible aquí.
La publicación en el Diario Oficial se encuentra disponible aquí.
Publicación de Boletín Único para Elecciones de Consejeras y Consejeros Regionales
Este 21 de noviembre, en conjunto con las Elecciones Presidencial y Parlamentarias, se realizarán las Elecciones de Consejeras y Consejeros Regionales.
Conoce el Boletín que compila las candidaturas inscritas en el Registro Especial para las Elecciones de Consejeros y Consejeras Regionales de todo el país aquí.
La información se encuentra por cada una de las 66 circunscripciones provinciales y contiene las letras asignadas a las listas en las cédulas oficiales de todos los territorios electorales, tanto para las elecciones parlamentarias como para las elecciones de consejeros y consejeras regionales. También se incorporan los números que distinguen a cada candidatura.
Conoce aquí también el Boletín único de candidaturas inscritas en el Registro Especial para las Elecciones Presidencial y Parlamentarias.
Servel dicta normativa e instrucciones para las Elecciones Presidencial, Parlamentarias y de Consejeros y Consejeras Regionales
El Consejo Directivo del Servicio Electoral, conforme a la ley que lo faculta a dictar las normas e instrucciones necesarias para el desarrollo de los procesos electorales ha determinado para los comicios del 21 de noviembre:
El sábado 20 de noviembre de 2021, a las 15:00 horas, se realizará el acto de constitución de mesas receptoras de sufragios, el que deberá contar con la participación de todos los vocales designados por las Juntas Electorales.
Luego que se realice el acto de constitución de las mesas, se efectuará una capacitación obligatoria dirigida a las y los vocales de mesas receptoras de sufragios sobre el proceso electoral y medidas sanitarias a aplicar. Se dispondrá, además, de información virtual y videos para todos quienes desempeñen el rol de vocal, siendo obligatoria su revisión.
A partir de las 7:30 horas, del domingo 21 de noviembre, los vocales deberán reunirse en el mismo local designado, para instalar cada mesa receptora de sufragios, y así dar inicio al funcionamiento de éstas.
Las mesas se instalarán a las 8:00 horas y podrán comenzar a funcionar con al menos 3 vocales de los designados por la Junta Electoral.
A partir de las 9:00 horas, el Delegado de la Junta Electoral deberá designar a los vocales que falten hasta completar el mínimo de 3 necesario para poder funcionar, prefiriendo a electores que se ofrezcan voluntariamente. En ese caso no podrán designar como vocales a personas que no sufraguen en el correspondiente local de votación, así como tampoco a personas extranjeras, analfabetas y no videntes. Las personas con discapacidad y quienes tengan 60 o más años podrán excusarse de este deber cívico. El delegado deberá instalar todas las mesas, a más tardar, a las 10:00 horas del día 21 de noviembre de 2021.
Horario de funcionamiento de las mesas receptoras de sufragios:
A las 18:00 horas del día de la elección, el presidente de la mesa declarará cerrada la votación a menos que, llegada la hora de cierre, hubiere electores de la mesa esperando para sufragar.
Horarios Preferentes:
Las Juntas Electorales determinarán los vocales que ejercerán en ellas. El número o cantidad de vocales que integre cada mesa receptora de sufragios que funcione en Chile será de 5 vocales. En el extranjero, el número de vocales que integran una mesa receptora de sufragio será de 3 vocales.
Cualquier vocal podrá excusarse de desempeñar el cargo, desde el 2 y hasta el 4 de noviembre, de conformidad con las causales de excusa del artículo 49 de la ley 18.700. Las excusas deberán ser formuladas por escrito ante el secretario de la junta electoral respectiva.
Sin perjuicio de lo anterior se establece que la causal de excusa establecida en el número 4 del artículo 49 de la ley 18.700, para desempeñar las funciones de vocal de mesa receptora de sufragios o de miembro de Colegio Escrutador, se rebaja a 60 años de edad.
Así también, se entenderán excusadas de cumplir las tareas de vocal:
Adicionalmente, se podrán acreditar las correspondientes excusas ante el Delegado del local el día de la elección o ante el Juez de Policía Local si llegaren a ser citados con posterioridad. Acreditado los antecedentes, los delegados de local no podrán considerar para la instalación de las mesas a las personas que se encuentren en algunas de las situaciones mencionadas.
Los equipos periodísticos deberán acreditarse con la credencial del medio de comunicación respectivo ante el Delegado en la oficina electoral del local de votación. Deberán coordinarse entre ellos respecto del tiempo que permanecerán al interior de los locales de votación, de manera que todos tengan la oportunidad de cubrir las votaciones en las mesas receptoras de sufragios sin producir aglomeraciones.
Los medios de comunicación deberán organizarse para cubrir el voto de personas públicamente notorias, candidatos o autoridades. En cualquier caso, las entrevistas a las personas antes mencionadas deberán realizarse fuera de los locales de votación, por lo menos a diez metros de cualquier ingreso o salida del recinto.
Los partidos políticos que participen en la elección, así como los candidatos independientes, podrán designar apoderados para las actuaciones de las juntas electorales, de las oficinas electorales de los locales de votación, de los locales de votación, de las mesas receptoras de sufragios y de los colegios escrutadores, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 169 de la ley 18.700.
Todos los apoderados podrán ser designados mediante poder simple.
Los y las electores deberán firmar en el respectivo padrón de mesa y marcar su preferencia en la cédula electoral haciendo uso de su propio lápiz pasta de color azul o el que al efecto le proporcionará el presidente de mesa.
Los y las electores que concurran a votar deberán asistir sin la compañía de otra persona, salvo el caso de aquellos que requieran ser asistidos al momento de ejercer su sufragio, así como personas que deban ir acompañados por un niño, niña o adolescente por causa de fuerza mayor.
Conforme a lo dispuesto en el Protocolo Sanitario de las Elecciones Generales Noviembre 2021, todos los electores, apoderados, medios de comunicación y quienes no cumplan roles o funciones electorales, sea que se encuentren dentro o fuera de un local de votación y colegios escrutadores, deberán llevar alcohol gel y sus propias mascarillas, las que deberán usar en forma permanente.
Publicación en el Diario Oficial acá
Servel participó de estudio y seminario de caracterización de candidaturas de elecciones de mayo de 2021
El Consejero e investigador, Alfredo Joignant y el Director Nacional, Raúl García, fueron parte de esta instancia de análisis y debate organizado por el Centro de Estudios de Conflicto y Cohesión Social, COES.
Vía On line se realizó este seminario de presentación de resultados de la encuesta “Caracterización y percepciones de las candidaturas a Convencionales Constituyentes, Alcaldes y Concejales”, estudio realizado por el Centro de Estudios de Conflicto y Cohesión Social, COES, en conjunto con Servel y con la participación de los investigadores COES Alfredo Joignant, también Consejero de Servel, y del profesor de la Pontificia Universidad Católica (PUC), Matías Bargsted.
Además de la presentación de los resultados de la encuesta que hicieron los señores Joignant y Bargsted, la actividad contó con la introducción del Director Nacional de Servel, Raúl García, y los comentarios de la Periodista y Magister en Políticas Públicas de la Universidad de Chile, Marcela Ramos, y del Profesor de la PUC y Fundador Presidente de Adimark, Roberto Méndez.
Este proyecto, según sus propios organizadores, nació de la necesidad de describir y analizar los perfiles y trayectorias político-sociales de quienes fueron candidatas y candidatos a los cargos de Convencional Constitucional, Alcaldes y Concejales durante las elecciones del 15 y 16 de mayo de 2021.
Sobre la investigación, el Consejero de Servel Alfredo Joignant destacó: “Estas son las primeras elecciones para cargos populares que tuvieron lugar después del estallido social de octubre de 2019 y después del plebiscito de octubre de 2020. Fue un verdadero desafío tanto organizar las elecciones como estudiarlas. Los resultados reiteran la fuerte presencia de fuerzas políticas no tradicionales en las elecciones para la Convención Constituyente. Algo más sorpresivo es la casi igual cantidad de candidatos de grupos políticos no tradicionales en la elección de alcaldes, en donde superan el 50% del total de personas que compitieron en esta elección. Hoy en día, el dinero en las campañas está cumpliendo un rol mucho menos relevante que antes, y eso es súper importante entenderlo”.
A su vez, el estudio tuvo por objetivo el análisis de las percepciones que tienen las distintas candidaturas a convencionales constitucionales, alcaldes y concejales, sobre diversas temáticas sociales, políticas y económicas relevantes en el Chile de hoy, junto con la trayectoria política-social y datos sociodemográficos de los candidatos y candidatas, así como caracterizar y comparar -cuando esto sea posible- sus percepciones y creencias con aquellas que la ciudadanía muestra en temas y asuntos sobre los cuales existe evidencia mediante encuestas.
Al respecto, el Director Nacional de Servel, Raúl García comentó que: “La elección del 15 y 16 de mayo tuvo unas características que la hicieron única. Hubo más de 16.700 candidatos y candidatas, un número histórico de postulantes. Especialmente en la elección de convencionales constituyentes, tuvimos fenómenos bien interesantes, como fue la irrupción de los independientes, que nunca se habían visto participar electoralmente en candidaturas con la fuerza con que lo hicieron en aquella oportunidad. También me parece interesante recordar que esta elección se postergó en dos oportunidades, lo que planteó niveles de dificultad no menores para el Servicio Electoral en la organización de la misma. Por ello representó una particular satisfacción haber podido llevar a cabo esta elección”.
El seminario es posible visualizarlo en https://www.youtube.com/watch?v=YZvX5CPI5d8
Fue publicado boletín único de candidaturas para las Elecciones Presidencial y Parlamentarias de noviembre
Este 21 de noviembre se realizarán las Elecciones Presidenciales, Parlamentarias y de Consejeras y Consejeros Regionales.
Habiéndose practicado la inscripción de las candidaturas en el Registro Especial por parte del Servicio Electoral, como asimismo, la realización del sorteo de las letras que distinguirán a los pactos y Partidos Políticos en las cédulas de votación, se procedió a emitir el Boletín Único de candidaturas Presidenciales y Parlamentarias, que puede conocer acá
Acta de Sorteo de precedencia de listas para Elecciones Parlamentarias y de Consejeros (as) Regionales
Total, listas participantes en el sorteo: 27 (veintisiete).
Las letras asignadas distinguirán a las listas en las cédulas oficiales de todos los territorios electorales, tanto para las elecciones parlamentarias como para las elecciones de consejeros y consejeras regionales.
Las candidaturas independientes fuera de pacto electoral se ubicarán de acuerdo al orden de declaración a continuación de las listas indicadas.
A las 9.10 horas se da término a la audiencia, firmando el Director del Servicio Electoral.
Importante:
1.-La numeración de los candidatos/as en cada cédula electoral se asignará una vez se encuentren firmes y ejecutoriadas las resoluciones de la justicia electoral respecto de la totalidad de las candidaturas para cada territorio electoral
2.-La habilitación de las cuentas bancarias de candidatos/as se hace al momento en que la candidatura respectiva ha sido inscrita en el Registro Especial de Candidaturas.
vea el acta digitalizada acá
Declaración del Consejo Directivo de Servel
En sesión ordinaria del día de hoy el Consejo Directivo del Servicio Electoral tomó el acuerdo de informar al Ministro Secretario General de la Presidencia lo siguiente:
El Servicio Electoral solicitó al Gobierno efectuar correcciones al proyecto que privilegia la cercanía al domicilio del elector en la asignación del local de votación, Boletín 12426-06, iniciado como moción por un grupo de diputados y diputadas. Del mismo modo se solicitó darle urgencia en su tramitación para que se alcanzara a aplicar en las elecciones del 21 de noviembre próximo, aunque fuera en forma parcial.
Agradecemos al Gobierno haber accedido a lo solicitado y su diligencia en presentar indicaciones sustitutivas a finales de julio y en darle urgencia a comienzos de agosto, como al Congreso en general que con gran diligencia permitió su aprobación completa el 18 de agosto pasado.
Actualmente el proyecto se encuentra en el Tribunal Constitucional desde el 19 de agosto hasta esta fecha, sin que el proceso de control de constitucionalidad haya concluido, lo que impide que la ley pueda promulgarse.
Por otra parte, en el día de hoy 22 de septiembre se cumplió el plazo legal de 60 días antes de la elección, para la publicación del padrón definitivo de electores, con indicación de la mesa receptora de sufragio asignada a cada elector de acuerdo con el procedimiento vigente actualmente en las leyes electorales. Por su parte, la nueva ley establece un plazo fatal de 30 días antes de la elección para la asignación de los electores a los locales de votación. Con lo cual el Servicio Electoral contaría con un plazo inferior a los 30 días para la implementación de la nueva ley.
Si bien el Servicio Electoral ha estado trabajando arduamente en la forma de implementar las nuevas normas legales y cuenta con una planificación al efecto, ello requiere de un mínimo de tiempo para su implementación que no puede ser inferior a los 30 días. Estamos hablando de contratar con terceros servicios de georreferenciación, de procesar un padrón de cerca de 15 millones de electores, de determinar territorios adyacentes a 2.700 locales de votación, de reasignar mesas de votación, todo lo cual es imposible de realizar en el breve tiempo que nos quedaría, con los estándares de calidad que caracterizan todas las acciones del Servicio Electoral.
Lamentablemente en virtud de lo anterior dado el atraso en la publicación de la ley, ajeno a la responsabilidad del Servicio Electoral y del Gobierno, su aplicación en lo medular, como es la asignación al local más cercano al domicilio, será imposible de implementar para las elecciones de noviembre próximo.
Servel publicó padrones electorales definitivos para Chile y el extranjero y nómina de inhabilitados
Dentro del territorio nacional están habilitados para sufragar 14.959.956 electores, mientras que en el extranjero 71.018.
Este 22 de septiembre, se publicaron los Padrones Electorales con carácter definitivo y las Nóminas de Inhabilitados para las Elecciones Presidenciales, Parlamentarias y de Consejeros (as) Regionales 2021.
Del mismo modo, se publicó la nómina de inhabilitados integrada por 249.458 personas.
En base a los datos del Padrón Electoral Definitivo, el Servicio confeccionará los padrones de mesa que se utilizarán en las elecciones del próximo del 21 de noviembre, los que contendrán la nómina de las personas habilitadas para votar en cada una de las mesas receptoras de sufragio dispuestas para tal efecto.
Cabe destacar que, conforme a la ley, para una eventual segunda votación de la elección presidencial se utilizarán los mismos padrones electorales de la primera votación.
Total electores habilitados en Padrón Electoral Definitivo: 15.030.974
Total habilitados en Chile | ||
Hombres | Mujeres | Total |
7.288.672 | 7.671.284 | 14.959.956 |
Total habilitados en extranjero | ||
Hombres | Mujeres | Total |
34.223 | 36.795 | 71.018 |
Principal concentración de electores por edad | ||
30-39 años | 20-29 años | 40-49 años |
2.865.950 | 2.700.267
|
2.580.718
|
Principal concentración de electores por comuna | |
Comuna | Cantidad de electores |
Puente Alto | 403.129
|
Maipú | 392.526
|
Santiago | 339.067
|
La Florida | 308.805
|
Viña del Mar | 302.008
|
Principal concentración de electores por nacionalidad | |
País | Cantidad de electores |
Perú | 157.003
|
Colombia | 56.489
|
Bolivia | 50.766
|
Argentina | 30.449
|
Ecuador | 17.990
|
Principal concentración de electores chilenos en el extranjero | |
País | Cantidad |
EEUU | 9.744
|
Argentina | 9.106
|
España | 8.004
|
Canadá | 5.141
|
Australia | 5.039
|
El desglose del Padrón definitivo lo puede conocer acá
Todo elector puede revisar sus datos en consulta.servel.cl/.
Propaganda electoral: qué es y cuándo puede realizarsePropaganda electoral es todo evento o manifestación pública y la publicidad radial, escrita, en imágenes, en soportes audiovisuales u otros medios análogos, siempre que promueva a una o más personas o partidos políticos constituidos o en formación, con fines electorales.
¿Cuándo podrá efectuarse la propaganda electoral?
Desde el miércoles 22 de septiembre se inicia período de propaganda electoral:
Desde este 22 de septiembre también las autoridades públicas que realicen inauguraciones de obras u otros eventos o ceremonias de carácter público, deberán cursar invitaciones por escrito a tales eventos a todos los candidatos del respectivo territorio electoral. Art. 31 inciso 4°, Ley N° 18.700.
Y desde el viernes 22 de octubre, fecha en que comienza la exhibición de la franja electoral para las elecciones presidenciales y parlamentarias, se podrá efectuar propaganda:
A las 24:00 horas del jueves 18 de noviembre se da término de todo tipo de propaganda electoral e información electoral de utilidad para la ciudadanía, y la franja gratuita de propagada en canales de televisión de libre recepción (arts. 31, 32, 34, 35 y 36, Ley N° 18.700). Será responsabilidad de los candidatos y partidos políticos participantes, retirar o dar de baja toda la propaganda desplegada o transmitida durante el periodo.
¿Qué no es propaganda electoral?
No se entenderá como propaganda electoral la difusión de ideas o de información sobre actos políticos realizados por personas naturales. Tampoco lo serán aquellas actividades que las autoridades públicas realicen en el ejercicio de su cargo, ni aquellas actividades habituales no electorales propias del funcionamiento de los partidos políticos constituidos o en formación.
¿Qué actuaciones se encuentran prohibidas?
En ningún caso estará permitido realizar propaganda electoral en:
Fuente: Arts. 32, 35 y 37 Ley N° 18.700.
Para conocer más información al respecto, se puede consultar el Manual de Propaganda Electoral, disponible en el sitio web de las Elecciones Generales de noviembre próximo aquí
Servel sortea precedencia de candidaturas presidenciales
En Santiago, siendo las nueve horas del día 16 de septiembre de 2021, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley N° 18.700, se celebra en audiencia pública transmitida en vivo desde las dependencias del Servicio Electoral, calle Esmeralda 611, Santiago, el sorteo para determinar el orden de precedencia de las candidaturas en la respectiva cédula electoral para la elección a la Presidencia de la República, que se llevará a efecto el domingo 21 de noviembre de 2021.
Se deja constancia que en el Registro Especial de Candidaturas han sido inscritas con fecha 06 de agosto de 2021 y 13 de septiembre de 2021, respectivamente, las siguientes candidaturas a la Presidencia de la República, nominadas y declaradas en fechas y horas que se indican de:
Total de participantes: 7 (siete) Candidaturas.
Se da lectura a las normas que rigen el sorteo:
-El sorteo determinará los números que corresponderán a las candidaturas en la cédula oficial de votación;
-El sorteo se efectuará con tantos números como candidaturas inscritas;
-El primer número que arroje el sorteo se asignará a la candidatura primeramente inscrita; y los restantes, a las demás en el orden de sus respectivas inscripciones;
-Los nombres de los candidatos y candidata serán colocados en el orden correlativo correspondiente, y
-Los números asignados a cada candidatura, se utilizarán igualmente si se produjere la situación a que se refiere el inciso segundo del artículo 26 de la Constitución Política.
-Se procede a sortear el orden de precedencia en la cédula electoral, de las candidaturas a la Presidencia de la República, con el siguiente resultado:
Conoce el acta del sorteo acá
Ve la transmisión del sorteo aquí