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Servicio Electoral
de Chile

 

Este domingo 11 de julio se repetirán las elecciones en 65 mesas receptoras de sufragio en cinco locales de la comuna.

 

Este domingo se repetirá proceso dado el fallo emitido por el Tribunal Electoral Metropolitano (TER) sobre el resultado de las elecciones municipales de San Ramón, que ordenó repetir parcialmente los comicios de Alcalde y Concejales para un total de 21.257 electores y electoras habilitados para sufragar, los mismos que podían votar el 15 y 16 de mayo pasado en los siguientes locales:

 

·         Liceo Municipal Purkuyén (12 mesas), Pedro Aguirre Cerda 8450: mesas 1V, 2V, 3V, 4V, 5V, 6V, 7V, 8V, 9V, 10V, 11V y 12V (Colegio Escrutador 13.043)

 

·         Escuela Sendero del Saber (16 mesas), Carlos Dávila 7551: mesas 83V, 84V, 85V, 86V, 87V, 88V, 89V, 90V, 91V, 92V, 93V, 94V, 95V, 96V, 97V y 98V (Colegio Escrutador 13.043)

 

·         Liceo Municipalizado Araucanía (14 mesas), Pedro Aguirre Cerda 8153: mesas 1M, 2M, 3M, 4M, 5M, 6M, 7M, 8M, 9M, 10M, 11M, 12M, 13M y 14M (Colegio Escrutador 13.073)

 

·         Escuela Arturo Matte Larraín (21 mesas), Aníbal Zañartu 9567: mesas 46M, 47M, 48M, 49M, 50M, 51M, 52M, 53M, 54M, 55M, 56M, 57M, 58M, 59M, 60M, 61M, 62M, 63M, 64M, 65M, y 66M (Colegio Escrutador 13.073)

 

·         Escuela Villa La Cultura (2 mesas), Avenida Galvarino 10253: mesas 104M y 107M (Colegio Escrutador 13.073)

 

Los electores de la Comuna de San Ramón pueden consultar si les corresponde votar en la web del Servel servel.cl o directamente en la Consulta de Datos de San Ramón https://consulta-san-ramon.servel.cl/  a la que se accede desde la portada de Servel.cl

Vocales de mesa:

El sábado 3 de julio el Secretario de la Junta Electoral publicó en diarios las nóminas de vocales designados para cada Mesa Receptora de Sufragios, los Locales de Votación, Delegados y recintos en que funcionarán los Colegios Escrutadores para la repetición de Elecciones Municipales en 65 mesas de la comuna de San Ramón.

Electores y electoras pueden conocer si fueron designados ingresando su RUN en consulta-san-ramon.servel.cl/

Al respecto, el Presidente del Consejo Directivo de Servel , Andrés Tagle en punto de prensa señaló que: “Por instrucción del Consejo Directivo de Servel, la Junta Electoral correspondiente, designó a nuevos vocales de mesa, diferentes a los que funcionaron el 15 y 16 de mayo pasado. Esto está estipulado en la ley. Cuando la nulidad de una elección es consecuencia de actuaciones contraria a la normativa por parte de los propios vocales, los vocales se cambian. También se modificaron los Delegados de los locales de votación que van a actuar este domingo 11 de julio”.

 

El plazo de presentación de excusas es del lunes 5 al miércoles 7 de julio.

Las excusas pueden ser presentadas ante la Junta Electoral Tercera Presidente Aguirre Cerda vía correo electrónico a tercerajuntaelectoralpac@gmail.com, o bien de forma presencial en Santa Rosa N° 7976- A, comuna de La Granja.

El viernes 9 de julio el Secretario de la Junta Electoral publicará las nóminas de vocales reemplazantes para Mesas Receptoras de Sufragios.

Es importante consultar el día sábado 10 de julio en la web del Servel servel.cl y directamente en la Consulta de Datos de San Ramón https://consulta-san-ramon.servel.cl/  para saber si se es vocal y donde vota.

 

Constitución e instalación de mesas:

El sábado 10 de julio a las 15:00 horas, se realizará el acto de constitución de mesas receptoras de sufragios, el que deberá contar con la participación de todos los vocales designados por la Junta Electoral.

El domingo 11 de julio, a partir de las 7:30 horas, día en que se realizará la repetición de la elección, los vocales deberán reunirse en el mismo local designado, para instalar cada mesa receptora de sufragios, y así dar inicio al funcionamiento de éstas a partir de las 8:00 horas. Las mesas se instalarán a las 8:00 horas y podrán comenzar a funcionar con 3 vocales.

A partir de las 9:00 horas, el Delegado de la Junta Electoral deberá designar a los vocales que falten hasta completar el mínimo de 3 necesario para poder funcionar, prefiriendo a electores se ofrezcan voluntariamente. En ese caso no podrán designar como vocales a personas que no sufraguen en el correspondiente local de votación, así como tampoco a personas extranjeras, analfabetas y no videntes. Las personas con discapacidad y quienes tengan 60 o más años podrán excusarse de este deber cívico.

El delegado deberá instalar todas las Mesas, a más tardar, a las 10:00 horas. Instalada la mesa, los Delegados deberán incorporar los vocales a ella, hasta completar un máximo de cinco, siempre que ello ocurra con anterioridad a las 12:00 horas.

Voto asistido:

Quienes requieran utilizar esta modalidad de voto asistido al interior de la cámara secreta, lo pueden hacer en compañía de una persona siempre y cuando esta sea mayor de 18 años y de su confianza. Para ello deben informar previamente al presidente de la mesa, quién consultando la opinión de los demás vocales determinarán si la discapacidad de la persona justifica que sea asistida.

 

En tanto, aquellos que concurran solos y necesiten apoyo al momento de sufragar, pueden ser ayudados por el presidente de la mesa, quien se quedará fuera de la cámara y solo podrá colaborar para doblar y cerrar el voto con el sello.

 

Cada vez que se utilice el voto asistido en una elección, el secretario de la mesa dejará constancia en acta de la existencia del sufragio asistido y de la identidad del sufragante y su asistente. No puede una misma persona asistir a más de un elector, a menos que sea un familiar directo.

 

Si algún elector presenta discapacidad visual, podrá usar las plantillas braille o ranuradas, que el presidente de mesa deberá solicitar al Delegado de Local.

 

 

Apoderados:

Los partidos políticos que participen en la elección, así como los candidatos independientes, podrán designar apoderados para las actuaciones de las oficinas electorales de los locales de votación, de los locales de votación, de las mesas receptoras de sufragios y de los colegios escrutadores.

 

Todos los apoderados podrán ser designados mediante poder simple. Un apoderado general de local, su suplente y los apoderados de mesa, podrán ser sustituidos durante el día de votación, mediante un poder suscrito por quien corresponde en cada caso.

 

Queda prohibido a los apoderados hacer uso de elementos de propaganda electoral, debiendo dar cumplimiento estricto a las normas emitidas por el Servicio Electoral sobre credenciales y carpetas.

 

Los apoderados de mesa podrán ejercer su función conforme a las facultades que les entrega la Ley Nº18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, en particular en lo relativo a solicitar al presidente de la Mesa Receptora de Sufragios examinar los votos, como también solicitar dejar consignado en el acta de la mesa los hechos o circunstancias que puedan ser relevantes para el proceso. La mesa no podrá negar la anotación de una constancia por parte de los apoderados.

 

 

 

 

 

 

Primarias Presidenciales: Conoce si fuiste designado vocal reemplazante

Este sábado 3 de julio las Juntas Electorales publican la nómina definitiva de vocales de mesa para las Primarias Presidenciales. Electoras y electores podrán saber si fueron designados en esta labor revisando sus datos en https://consulta.servel.cl/ 

Cumplido el plazo para que los vocales designados el  pasado 26 de junio presentaran sus excusas, las juntas electorales designaron a los vocales de mesa reemplazantes, publicando las nóminas definitivas este sábado en diarios de circulación nacional y regional.

En el caso de las Mesas Receptoras de Sufragios que funcionarán en el extranjero, la nómina de vocales reemplazantes fue publicada en el sitio web del Servicio Electoral dedicado a las Primarias Presidenciales.

Quienes fueron designados vocales reemplazantes en esta última instancia no podrán excusarse. La ley indica que, si no pueden cumplir con la obligación de vocal de mesa, deberán justificar su inasistencia ante el Juzgado de Policía Local cuando sean notificados posteriormente, con los documentos que acrediten su situación.

Cabe destacar que quienes no concurran a desempeñar sus funciones incurren en una infracción electoral, que puede ser sancionada con una multa a beneficio municipal que va desde 2 a 8 U.T.M, artículo 151 de la Ley Nº 18.700.

Toda la información necesaria para ejercer el rol de vocal de mesa se encuentra disponible aquí.

 

Vocales de mesa son designados para repetición de elecciones en San Ramón

Este sábado 3 de julio el Secretario de la Junta Electoral publicó en diarios las nóminas de vocales designados para cada Mesa Receptora de Sufragios, los Locales de Votación, Delegados y recintos en que funcionarán los Colegios Escrutadores para la repetición de Elecciones Municipales en 65 mesas de la comuna de San Ramón.

Electores y electoras pueden conocer si fueron designados ingresando su RUN en https://consulta-san-ramon.servel.cl/

El plazo de presentación de excusas es del lunes 5 al miércoles 7 de julio. 

Las Normas e Instrucciones dictadas en acuerdo por el Consejo Directivo de Servel establecen que puedan excusarse de ser vocal de mesa:

 

También pueden excusarse quienes contempla la ley:

 

Las excusas pueden ser presentadas ante la Junta Electoral Tercera Presidente Aguirre Cerda vía correo electrónico a tercerajuntaelectoralpac@gmail.com, o bien de forma presencial en Santa Rosa N° 7976- A, comuna de La Granja.

El sábado 10 de julio el Secretario de la Junta Electoral publicará las nóminas de vocales reemplazantes para Mesas Receptoras de Sufragios.

Toda la información sobre la repetición de las Elecciones de Alcalde y Concejales de San Ramón se encuentra disponible en el sitio web de Servel.

IMPORTANTE: La designación de vocales para la repetición de las elecciones de Alcalde y Concejales de San Ramón no está vinculada con la designación de vocales para Primarias Presidenciales. 

 

Bonos y multas:

A los vocales de mesa que participen ejerciendo su función el día de la elección recibirán un bono equivalente a 2/3 U.F.

Por su parte, las personas que no concurran a desempeñar sus funciones, estarán incurriendo en una infracción electoral, la que es sancionada con una multa a beneficio municipal que va de 2 a 8 U.T.M., (Artículo 138 de la Ley Nº 18.700).

Este sábado finaliza periodo de solicitud de cambio de domicilio electoral para elecciones de noviembre

 

 

Quienes deseen cambiar su domicilio electoral para las Elecciones Presidenciales, Parlamentarias y de Consejeros Regionales de noviembre tienen hasta este sábado 3 de julio para realizar el trámite.

En mayo se inició un nuevo periodo para que los electores pudieran solicitar el cambio de domicilio electoral teniendo como fecha de cierre el 3 de julio para las Elecciones Presidenciales, Parlamentarias y de Consejeros Regionales del 21 de noviembre de 2021.

Los electores que necesiten solicitar su cambio de domicilio electoral tendrán hasta las 23:59 horas de este sábado para hacerlo ingresando al sitio web del Servel, en la sección Trámites, con su Clave Única.

La atención presencial mediante otros canales (SRCeI, ChileAtiende, Consulados, Direcciones Regionales Servel, PDI pasos fronterizos), estará condicionada a las restricciones sanitarias de los territorios y a las condiciones de funcionamiento de los Servicios Públicos.

La aceptación de las solicitudes efectuadas se verá reflejada en la Consulta de Datos Electorales de Servel luego de 20 a 25 días hábiles.

¿Qué es el domicilio electoral?

Por domicilio electoral se entiende aquel situado dentro de Chile, con el cual la persona tiene un vínculo objetivo, sea porque reside habitual o temporalmente, ejerce su profesión u oficio o desarrolla sus estudios en él. En el caso de los ciudadanos con derecho a sufragio que se encuentren en el extranjero, el domicilio electoral es aquel situado fuera de Chile, declarado como tal por el elector.

¿Qué pasa si se declara un domicilio electoral con el que no se tiene un vínculo?

Quien proporcione datos falsos o un domicilio electoral con el que no tenga un vínculo objetivo, o el que, al momento de solicitar cambio de domicilio electoral o la acreditación del avecindamiento, suplantare a otra persona, sufrirá la pena de reclusión menor en su grado mínimo y multa de diez a cien unidades tributarias mensuales, según lo indicado por el artículo 54 de la ley 18.556 Orgánica Constitucional sobre sistema de inscripciones electorales y Servicio Electoral.

IMPORTANTE: El plazo para solicitar cambio de domicilio electoral para las Primarias Presidenciales culminó el 19 de mayo.

Repetición de Elecciones Municipales en San Ramón: 11 de julio

Este 11 de julio se realizó la repetición de elecciones municipales en 65 mesas receptoras de sufragios de cinco locales de la comuna de San Ramón, tras la publicación del decreto presidencial que las convoca, publicado el jueves 1 de julio en el Diario Oficial.

 

Revise los resultados preliminares aquí

 

Revise el primer  boletín de resultados preliminares aquí

 

Lo anterior se debe a la ratificación del Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) del fallo emitido por el Tribunal Electoral Metropolitano (TER) sobre el resultado de las elecciones municipales de San Ramón, por lo que se repitieron los comicios de Alcalde y Concejales para un total de 21.257 electores y electoras habilitados para sufragar, en los siguientes locales:

 

Consulte sus datos para esta elección y si fue designado como vocal de mesa en https://consulta-san-ramon.servel.cl/

 

Consulta de Datos Electorales repetición de Elecciones Municipales San Ramón.

 

Revisa la nómina definitiva de vocales de mesa designados por la Tercera Junta Electoral Presidente Aguirre Cerda, del 9 de julio.

 

Debe llevar su lápiz pasta azul y respetar las medidas sanitarias como la distancia física de a lo menos un metro con otros electores y vocales, el uso de mascarilla y sanitización de manos con alcohol gel.

 

 

Normas e instrucciones y Cronograma de las nuevas elecciones

El Consejo Directivo del Servicio Electoral acordó el 1 de julio normas e instrucciones especiales para el desarrollo de la Elección Municipal de Alcalde y Concejales de la comuna de San Ramón, las que contemplan los siguientes puntos:

 

  1. Constitución de Mesas Receptoras de Sufragios:

El sábado 10 de julio a las 15:00 horas, se realizará el acto de constitución de mesas receptoras de sufragios, el que deberá contar con la participación de todos los vocales designados por la Junta Electoral. En esta oportunidad, los vocales elegirán entre ellos a quienes les corresponda cumplir con las funciones de presidente, secretario y comisario de la respectiva mesa. Se dispondrá de información virtual y videos para todos quienes desempeñen el rol de vocal, siendo obligatoria su revisión.

 

  1. Instalación de Mesas Receptoras de Sufragios:

El domingo 11 de julio, a partir de las 7:30 horas, día en que se realizará la repetición de la elección, los vocales deberán reunirse en el mismo local designado, para instalar cada mesa receptora de sufragios, y así dar inicio al funcionamiento de éstas a partir de las 8:00 horas. Las mesas se instalarán a las 8:00 horas y podrán comenzar a funcionar con 3 vocales. A partir de las 9:00 horas, el Delegado de la Junta Electoral deberá designar a los vocales que falten hasta completar el mínimo de 3 necesario para poder funcionar, prefiriendo a electores se ofrezcan voluntariamente. En ese caso no podrán designar como vocales a personas que no sufraguen en el correspondiente local de votación, así como tampoco a personas extranjeras, analfabetas y no videntes. Las personas con discapacidad y quienes tengan 60 o más años podrán excusarse de este deber cívico. El delegado deberá instalar todas las Mesas, a más tardar, a las 10:00 horas. Instalada la mesa, los Delegados deberán incorporar los vocales a ella, hasta completar un máximo de cinco, siempre que ello ocurra con anterioridad a las 12:00 horas.

 

  1. Voto asistido:

El voto asistido es una de las facilidades que se otorga a personas con discapacidad o movilidad reducida en todas las elecciones en nuestro país.

Quienes requieran utilizar esta modalidad de voto asistido al interior de la cámara secreta, lo pueden hacer en compañía de una persona siempre y cuando esta sea mayor de 18 años y de su confianza. Para ello deben informar previamente al presidente de la mesa, quién consultando la opinión de los demás vocales determinarán si la discapacidad de la persona justifica que sea asistida.

En tanto, aquellos que concurran solos y necesiten apoyo al momento de sufragar, pueden ser ayudados por el presidente de la mesa, quien se quedará fuera de la cámara y solo podrá colaborar para doblar y cerrar el voto con el sello.

Cada vez que se utilice el voto asistido en una elección, el secretario de la mesa dejará constancia en acta de la existencia del sufragio asistido y de la identidad del sufragante y su asistente. No puede una misma persona asistir a más de un elector, a menos que sea un familiar directo.

Si algún elector presenta discapacidad visual, podrá usar las plantillas braille o ranuradas, que el presidente de mesa deberá solicitar al Delegado de Local.

 

  1. Apoderados:

Los partidos políticos que participen en la elección, así como los candidatos independientes, podrán designar apoderados para las actuaciones de la Junta Electoral, de las oficinas electorales de los locales de votación, de los locales de votación, de las mesas receptoras de sufragios y de los colegios escrutadores, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 169 de la ley 18.700.

Todos los apoderados podrán ser designados mediante poder simple. Un apoderado general de local, su suplente y los apoderados de mesa, podrán ser sustituidos durante el día de votación, mediante un poder suscrito por quien corresponde en cada caso.

Queda prohibido a los apoderados hacer uso de elementos de propaganda electoral, debiendo dar cumplimiento estricto a las normas emitidas por el Servicio Electoral sobre credenciales y carpetas.

Los apoderados de mesa podrán ejercer su función conforme a las facultades que les entrega la Ley Nº18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, en particular en lo relativo a solicitar al presidente de la Mesa Receptora de Sufragios examinar los votos, como también solicitar dejar consignado en el acta de la mesa los hechos o circunstancias que puedan ser relevantes para el proceso. La mesa no podrá negar la anotación de una constancia por parte de los apoderados.

 

  1. Obligación del uso de mascarillas y otros medios de protección sanitaria para electores, y quienes se encuentren al interior de los locales de votación:

Conforme a lo dispuesto en el Protocolo Sanitario de las Elecciones 2021, todos los electores, apoderados, medios de comunicación y quienes no cumplan roles o funciones electorales, sea que se encuentren dentro o fuera de un local de votación y colegios escrutadores, deberán mantener una distancia física de al menos un metro, llevar alcohol gel y sus propias mascarillas, las que deberán usar en forma permanente.

 

REVISA AQUÍ LAS NORMAS E INSTRUCCIONES ESPECIALES PARA EL DESARROLLO DE LA ELECCIÓN MUNICIPAL DE ALCALDE Y CONCEJALES COMUNA DE SAN RAMÓN

 

Publicación de vocales de mesa

El sábado 3 de julio el Secretario de la Junta Electoral publicó en diarios las nóminas de vocales designados para cada Mesa Receptora de Sufragios, los Locales de Votación, Delegados y recintos en que funcionarán los Colegios Escrutadores para la repetición de Elecciones Municipales en 65 mesas de la comuna de San Ramón. El viernes 9 de julio se publicaron las nóminas definitivas de vocales.

Electores y electoras pueden conocer si fueron designados ingresando su RUN en https://consulta-san-ramon.servel.cl/

El plazo de presentación de excusas fue del lunes 5 al miércoles 7 de julio. 

 

Las Normas e Instrucciones dictadas en acuerdo por el Consejo Directivo de Servel establecen que puedan excusarse de ser vocal de mesa:

 

También pueden excusarse quienes contempla la ley:

 

Las excusas pueden ser presentadas ante la Junta Electoral Tercera Presidente Aguirre Cerda vía correo electrónico a tercerajuntaelectoralpac@gmail.com, o bien de forma presencial en Santa Rosa N° 7976- A, comuna de La Granja.

El viernes 9 de julio el Secretario de la Junta Electoral publicará las nóminas de vocales reemplazantes para Mesas Receptoras de Sufragios.

IMPORTANTE: La designación de vocales para la repetición de las elecciones de Alcalde y Concejales de San Ramón no está vinculada con la designación de vocales para las Primarias Presidenciales. 

 

Bonos y multas:

A los vocales de mesa que participen ejerciendo su función el día de la elección recibirán un bono equivalente a 2/3 U.F.

Por su parte, las personas que no concurran a desempeñar sus funciones, estarán incurriendo en una infracción electoral, la que es sancionada con una multa a beneficio municipal que va de 2 a 8 U.T.M., (Artículo 138 de la Ley Nº 18.700).

 

Propaganda Electoral

Las actividades de campaña se someterán a las disposiciones contenidas en el párrafo 6° del Título I de la ley N°18.700 y el régimen de aportes y gastos electorales establecido en la ley N°19.884.

 

 

 

Sistema de Aportes Electorales

Sistema de Aportes Electorales (acceso solo candidatos)

Registro de aportes para campañas Municipales San Ramón

Hoy, jueves 1 de julio, vence plazo para que vocales de Primarias presenten excusas

Este jueves 1 de julio concluye el plazo para que quienes hayan sido designados por las Juntas Electorales como vocales de mesa para las Elecciones Primarias Presidenciales que se realizarán el próximo 18 de julio, y se vean impedidos de ejercer ese rol por alguna de las causales que contempla la ley o las Normas e Instrucciones dictadas por el Consejo Directivo del Servicio Electoral, presenten sus excusas ante la Junta Electoral que les corresponda.

Los datos de contacto de las Juntas Electorales, tanto de Chile como en el exterior, pueden ser consultados en servel.cl/juntas-electorales/ y las excusas pueden ser presentadas de manera presencial o virtual hasta el 1 de julio, acompañando documentos de respaldo, como certificados médicos, laborales, de nacimiento, etc.

En tanto, en consulta.servel.cl/, en servel.cl y presidenciales2021.servel.cl/ cada persona puede revisar sus datos electorales y confirmar si fue designado como vocal de mesa.

Los motivos que de acuerdo con las Normas e Instrucciones dictadas por el Consejo Directivo de Servel permiten excusarse son:

–              Tener 60 o más años de edad.

–              Desempeñarse como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales y quienes se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (ELEAM).

–              Mujeres embarazadas, durante todo el período de gestación.

–              Padre o madre de un hijo o hija de menos de dos años.

Asimismo, la Ley 18.700 considera:

–              Estar el vocal comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley N° 18.700 o haber sido designado miembro del Colegio Escrutador.

–              Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva.

–              Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700.

–              Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.

–              Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.

Las personas que presenten alguna causal de excusa dentro del plazo y acompañándola de toda la documentación de respaldo necesaria, sabrán si esta fue aceptada por la Junta Electoral el sábado 3 de julio, cuando sean publicadas en diarios las nóminas definitivas en Chile, y en el sitio servel.cl las nóminas definitivas de vocales en el exterior. A su vez, a partir de ese día deberá revisarse la Consulta de Datos electorales consulta.servel.cl para saber si se continúa como vocal, si se ha aceptado su excusa o si se ha sido designado como vocal reemplazante, en cuyo caso no podrá excusarse hasta el día de la elección, o bien guardando todos los antecedentes de respaldo para ser presentados al ser citado por el Juez de Policía Local, de forma posterior a las elecciones.

Cabe destacar que las personas que sin haberse excusado por algún motivo legal no concurran a desempeñar su función de vocal de mesa incurren en una infracción electoral, que es sancionada con una multa a beneficio municipal que va desde 2 a 8 U.T.M, según el artículo 151 de la Ley Nº 18.700.

Finalmente, el bono que recibirán los vocales por su labor ascenderá a dos tercios de UF.

Nueva jornada de atención virtual para chilenos en el extranjero

 

Este miércoles 30 de junio de 2021, los chilenos residentes en el extranjero podrán realizar el trámite de solicitud de cambio de domicilio electoral, por videollamada, utilizando un protocolo de atención especialmente dispuesto por Servel, para quienes no cuentan con Clave Única.

 

Durante este miércoles 30 de junio, se realiza una nueva jornada de atención virtual de chilenas y chilenos residentes en el extranjero, en la que funcionarios del Servicio Electoral colaboran en la realización del trámite de solicitud de cambio de domicilio electoral con miras a la Elección Presidencial del 21 de noviembre.

 

Esta corresponde a la segunda jornada de similares características que se realiza en lo que va del año, cuya organización se ha realizado en estrecha colaboración con la Dirección para la Comunidad de Chilenos en el Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores (Dicoex), como parte de la actividad Gobierno en Terreno Virtual.

 

La iniciativa se enmarca en lo dispuesto en el inciso final del artículo 26 de la Ley N°18.556, Orgánica Constitucional sobre Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral, según el cual, “El Servicio Electoral podrá disponer de otras formas para solicitar el cambio de domicilio electoral, ya sea a distancia o por medios electrónicos, siempre que se garanticen la confiabilidad en la identidad del elector y la seguridad de sus datos”.

 

Para la atención de los electores vía telemática, los funcionarios de la Unidad Internacional del Servel, en calidad de ministros de fe, estarán atendiendo hasta las 20:00 horas, según hora chilena.

 

Los electores que hoy están siendo atendidos para realizar el trámite agendaron previamente una hora Servel a través del sistema dispuesto por Minrel.

 

Además, de acudir a la cita agendada por vía telemática, con su cámara encendida (para verificar su identidad), los electores(as) deberán haber descargado, en forma previa, el formulario RE-22 (Solicitud Telemática de Cambio de Domicilio Electoral), completarlo con sus datos electorales, firmarlo e imprimirlo, para luego enviarlo, vía WhatsApp, al funcionario del Servel, junto a una fotografía, por ambos lados, de su cédula de identidad o pasaporte.

 

Para efectos exclusivamente electorales, la Ley N° 21.279, prorrogó la vigencia de las cédulas de identidad o pasaportes que hayan vencido a contar del 1 de octubre de 2019.

 

Este jueves vence plazo para que vocales de mesa se excusen ante las Juntas Electorales

 

 

Este jueves 1 de julio concluye el plazo para que quienes hayan sido designados por las Juntas Electorales como vocales de mesa para las Elecciones Primarias Presidenciales que se realizarán el próximo 18 de julio, y se vean impedidos de ejercer ese rol por alguna de las causales que contempla la ley o las Normas e Instrucciones dictadas por el Consejo Directivo del Servicio Electoral, presenten sus excusas ante la Junta Electoral que les corresponda.

Los datos de contacto de las Juntas Electorales, tanto de Chile como en el exterior, pueden ser consultados en servel.cl/juntas-electorales/ y las excusas pueden ser presentadas de manera presencial o virtual hasta el 1 de julio, acompañando documentos de respaldo, como certificados médicos, laborales, de nacimiento, etc.

En tanto, en consulta.servel.cl/, en servel.cl y presidenciales2021.servel.cl/ cada persona puede revisar sus datos electorales y confirmar si fue designado como vocal de mesa.

Los motivos que de acuerdo con las Normas e Instrucciones dictadas por el Consejo Directivo de Servel permiten excusarse son:

–              Tener 60 o más años de edad.

–              Desempeñarse como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales y quienes se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (ELEAM).

–              Mujeres embarazadas, durante todo el período de gestación.

–              Padre o madre de un hijo o hija de menos de dos años.

Asimismo, la Ley 18.700 considera:

–              Estar el vocal comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley N° 18.700 o haber sido designado miembro del Colegio Escrutador.

–              Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva.

–              Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700.

–              Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.

–              Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.

Las personas que presenten alguna causal de excusa dentro del plazo y acompañándola de toda la documentación de respaldo necesaria, sabrán si esta fue aceptada por la Junta Electoral el sábado 3 de julio, cuando sean publicadas en diarios las nóminas definitivas en Chile, y en el sitio servel.cl las nóminas definitivas de vocales en el exterior. A su vez, a partir de ese día deberá revisarse la Consulta de Datos electorales consulta.servel.cl para saber si se continúa como vocal, si se ha aceptado su excusa o si se ha sido designado como vocal reemplazante, en cuyo caso no podrá excusarse hasta el día de la elección, o bien guardando todos los antecedentes de respaldo para ser presentados al ser citado por el Juez de Policía Local, de forma posterior a las elecciones.

Cabe destacar que las personas que sin haberse excusado por algún motivo legal no concurran a desempeñar su función de vocal de mesa incurren en una infracción electoral, que es sancionada con una multa a beneficio municipal que va desde 2 a 8 U.T.M, según el artículo 151 de la Ley Nº 18.700.

Finalmente, el bono que recibirán los vocales por su labor ascenderá a dos tercios de UF.

Juntas Electorales nombran vocales para Elecciones Primarias Presidenciales

 

 

Desde este 26 de junio todos los electores pueden revisar en la Consulta de Datos Electorales si fueron designados como vocal de mesa, además de su local de votación para los comicios del 18 de julio.

Tal como lo determina la Ley, este 26 de junio fueron publicadas las nóminas de vocales de mesa designados por las Juntas Electorales. Se trata de 82.607 electores que deberán cumplir este importante rol democrático el próximo 18 de julio, día de las Elecciones Primarias Presidenciales.

Los vocales hacen posible el proceso electoral en el sufragio, el escrutinio y transparentan toda la jornada de elecciones. En la cita se hizo un encarecido llamado a quienes fueron designados como vocales de mesa, primero revisando sus datos electorales en consulta.servel.cl para conocer si fueron designado en esta labor, y luego para que acudan a la constitución de sus mesas el sábado 17 de julio a las 15:00 horas en sus respectivos locales de votación.

Las Normas e Instrucciones dictadas en acuerdo por el Consejo Directivo de Servel establecen que:

Pueden excusarse como vocal ante las Juntas Electorales de su circunscripción electoral, de forma presencial o vía correo electrónico. El listado de Juntas lo puede conocer aquí.

Asimismo, pueden excusarse hasta el jueves 1 de julio quienes tengan alguna de las causales consideradas en la ley:

 

Respecto a la participación, el Presidente del Consejo Directivo de Servel, Andrés Tagle comentó: “En una Primaria los que convocan son los partidos que están participando de ella y obviamente no están todos los sectores políticos en esta ocasión. El año 2013 participó un 22.6% de los ciudadanos habilitados en esa primaria y en el año 2017 un 13,8%, es por eso que hoy hemos procedido a la fusión de las mesas. La participación en las primarias es bastante menor y la fusión de las mesas es para atender mejor a los electores, pero tomando las precauciones para no tener aglomeraciones. Ya están publicadas las normas y el protocolo sanitario, que es el mismo de elecciones anteriores y que ha funcionado”.

Asimismo, Máximo Pavez, Secretario general de la Presidencia señaló: “Las elecciones las hacen en gran parte los vocales de mesa, ciudadanas y ciudadanos que concurren de manera responsable, con mucho esfuerzo familiar a poder a contribuir a que la jornada cívica sea como la conocemos en Chile y en el mundo, es decir, un ejemplo”.

Si tienes dudas o quieres conocer más información respecto a los vocales de mesa, puedes acceder a más antecedentes en el nuevo sitio web dispuesto por Servel para estas elecciones: presidenciales2021.servel.cl, y a través de los enlaces directos presidenciales2021.servel.cl/vocales-de-mesa-2 y presidenciales2021.servel.cl/preguntas-frecuentes. En el sitio también se considera la información necesaria para los chilenos con domicilio electoral en el extranjero, quienes podrán votar para estas primarias, a través del voto de chilenos en el exterior.

Es importante recordar que las personas que no concurran a desempeñar sus funciones incurren en una infracción electoral, que puede ser sancionada con una multa a beneficio municipal que va desde 2 a 8 U.T.M, según el artículo 151 de la Ley Nº 18.700.

 

 

Servel dispone de nuevo sitio web para Elecciones

La plataforma contiene toda la información para las elecciones a desarrollarse el próximo domingo 18 de julio y los futuros comicios de este año.

El nuevo sitio web abarcará la totalidad del proceso que se inicia con las Elecciones Primarias Presidenciales 2021, para luego continuar con las Elecciones Presidenciales, Parlamentarias y de Consejeros Regionales de noviembre y la eventual segunda votación Presidencial en diciembre.

En la plataforma está disponible, en esta etapa, la información sobre qué se vota, el voto de chilenos en el exterior, quiénes pueden votar, las medidas sanitarias, así como las principales fechas del cronograma para estas Elecciones Primarias Presidenciales y candidatos.

Además, mantiene contenido de Formación Cívica Electoral, gasto y propaganda y voto inclusivo. También, recursos informativos utilizados en nuestras campañas de comunicación.

Si estas interesado puedes acceder a la página web presidenciales2021.servel.cl/