En un esfuerzo conjunto por fortalecer la eficiencia y colaboración entre ambas instituciones, el Servicio Electoral (Servel) y Carabineros de Chile firmaron este 15 de abril un convenio para facilitar la gestión de las constancias de aquellas personas que no votaron en las Elecciones del Consejo Constitucional y el Plebiscito Constitucional de 2023 (ambas con voto obligatorio) por estar situados a más de doscientos kilómetros de su domicilio electoral.
El convenio firmado por ambas instituciones establece que Carabineros de Chile se compromete a crear un sistema electrónico que permita digitalizar, sistematizar y almacenar dichas constancias que fueron acogidas a lo largo de todo el país por parte de Carabineros en los formularios de Servel, tanto a través de Comisaria Virtual como de manera presencial. Esta información se entregará a Servel en forma digital, directa y refundida, para que pueda contrastarla con las bases de datos de los electores que no sufragaron y sea consignada al presentar las denuncias correspondientes ante los Juzgados de Policía Local.
Beneficios del convenio:
Este convenio refleja el compromiso conjunto del Servel y Carabineros de Chile con el fortalecimiento de la democracia chilena, facilitando el proceso de excusas para aquellos electores que se vieron imposibilitados de sufragar por encontrarse distantes a sus domicilios electorales y haber dejado constancia de ello, así como también las labores de los Juzgados de Policía Local de todo el país.
Resoluciones de aceptación y rechazo de candidaturas a Primarias 2024Este martes 16 de abril el Servicio Electoral publicó las resoluciones que consignan la aceptación y rechazo de las candidaturas declaradas hasta las 24:00 horas del miércoles 10 de abril de 2024, momento en que se dio por finalizado el plazo de formalización de pactos y declaración de candidaturas para las Elecciones Primarias de Gobernadores y Gobernadoras Regionales, Alcaldes y Alcaldesas, de conformidad a la ley.
En las resoluciones se indica que sólo se declararon candidaturas para las primarias de Gobernadores en las regiones de Coquimbo y Aysén, las que fueron todas aceptadas por Servel. En el caso de las primarias de Alcaldes y Alcaldesas, existieron rechazos de declaraciones.
Las candidaturas aceptadas serán inscritas en el Registro Especial de Candidaturas de Primarias en la oportunidad legal correspondiente.
Revise las resoluciones:
A las 9:00 horas del sábado 13 de abril de 2024, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley N°18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades; en el artículo 24 de la Ley Nº18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios; en el artículo 91 de la Ley N°19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional y en el artículo 6 de la Ley N°20.640 sobre Elecciones Primarias, se sorteó, en audiencia pública el orden de las listas declaradas, para determinar la precedencia de los candidatos en las respectivas cédulas electorales de las Elecciones Primarias para la nominación a los cargos de Gobernadores Regionales y Alcaldes, que se realizarán el próximo domingo 9 de junio.
Dentro del plazo legal, fueron legalmente declaradas tres listas correspondientes a tres pactos electorales, en las Elecciones Primarias de Gobernadores Regionales y Alcaldes, en el orden y horario que se indica:
El sorteo se efectuó con letras del abecedario en número igual al de listas declaradas, asignándose la primera letra que arrojó el sorteo a la lista primeramente declarada y la otra a la siguiente lista, obteniéndose el siguiente resultado:
Partido Social Cristiano e Independientes (Gore y Alcalde) letra C
Chile Vamos (Gore y Alcalde) letra A
Contigo Chile Mejor (Alcalde) letra B
La letra asignada distinguirá a las listas en las cédulas oficiales de todos los territorios electorales, tanto para la nominación al cargo de Gobernadores Regionales como para las nominaciones a los cargos de Alcaldes, solo para las Elecciones Primarias 2024.
Revisa el acta digitalizada acá
Revisa el video del sorteo acá
Aspectos principales del proyecto de ley para elecciones municipales y regionales en dos díasEl proyecto que modifica la legislación electoral fue ingresado por el Ejecutivo este 9 de abril al Senado, incluyendo los aspectos técnicos que el Servicio Electoral de Chile había propuesto en enero pasado a la Secretaría General de la Presidencia.
El proyecto recoge las dificultades de las elecciones en un solo día debido al carácter obligatorio de las próximas elecciones municipales y regionales de octubre, previendo que se duplique el número de electores que sufrague.
Igualmente, se tomó en consideración la eventualidad de contar con más de 20 mil candidatos, lo que supondría enormes cédulas electorales y un tiempo estimado de 5 minutos por elector para ejercer su derecho a voto en la cámara secreta, necesitando para ello 14 horas continuas y sin pausa de trabajo de las mesas receptoras de sufragio. Todo ello se traduciría en largas filas de espera y aglomeraciones en los locales de votación.
Ante esto, el proyecto propone una solución similar a la realizada en mayo de 2021, ocasión en que se realizaron elecciones municipales, regionales y de la convención constitucional en dos días, en contexto de pandemia:
Entre la noche del sábado y la mañana del domingo las urnas permanecerán selladas por los vocales, custodiadas en salas especiales en los locales de votación y bajo protección de las Fuerzas Armadas y de Orden.
Además, se establece como feriado legal únicamente el día domingo. Igualmente, con el fin de afectar en menor medida la vida cotidiana del elector se suprime la normativa de prohibición de expendio de bebidas alcohólicas.
En cuanto al voto obligatorio, a la espera de disposiciones legales permanentes, el proyecto se remite a las sanciones, exenciones y procedimientos señalados en el art. 160 de la Constitución Política de Chile. Estableciendo, eso sí, que, en el procedimiento de cobro de multas, las notificaciones realizadas por los Juzgados de Policía Local se realicen al correo electrónico del elector y solo en casos excepcionales por carta certificada.
Se introduce como parte de la normativa el uso de sistemas computacionales para la designación de vocales.
Además, el periodo en que un elector debe ejercer su función pasa de cuatro años a dos procesos electorales generales (incluyendo sus correspondientes segundas vueltas), y se establece que quienes hayan cumplido con aquello no podrán ser nuevamente designados por un periodo de ocho años.
“Nosotros creemos que para los 15 millones de electores esta modificación es la mejor solución ante una elección compleja con cuatro votos y con el doble de votantes que teníamos antes. El elector va a poder elegir uno de los dos días para acudir a las urnas, no debe ir los dos días. Además, la ley viene a solucionar algunas restricciones al comercio y las circunscribe solo para el domingo y también se elimina la ley seca que era muy antigua y con poco sentido en estos tiempos. Por otra parte, contempla para los vocales y personal electoral una remuneración más alta por el día adicional que deben trabajar”, manifestó el Presidente del Consejo Directivo de Servel, Andrés Tagle.
Además, el proyecto contempla:
Se incorpora dentro de la regulación de propaganda electoral a las redes sociales y plataformas digitales extendiéndoles el deber de no discriminar en el cobro de tarifas de distintas candidaturas, informales y de remitir a Servel los contratos que se hayan suscrito con ellas.
Se establece que la votación solo se realizará con lápiz pasta azul.
Para reducir costos, los avisos por publicaciones de los vocales en diarios se reemplazan con publicaciones la página web. Lo mismo respecto de los facsímiles de cédulas electorales.
Se simplifica la declaración de candidaturas otorgando un plazo adicional de 72 horas desde el vencimiento del plazo para declarar candidaturas, para ingresar de la documentación exigida por la ley.
El plazo para que los pactos se formalicen ante el Servel será dentro de las 48 horas anteriores al vencimiento del plazo para declarar candidaturas.
Se faculta a Servel a determinar como locales de votación tanto a establecimientos públicos como privados siempre estos últimos correspondan a educacionales o deportivos.
Por el aumento de sufragio a raíz del voto obligatorio se rebajan los montos de financiamiento público, de reembolso, anticipo o aportes a candidatos y partidos políticos.
Se incorpora el deber de los administradores electorales de presentar antes de la elección un informe detallado de todos los gastos incurrimos en la campaña. Asimismo, la cuenta general de ingresos y gastos posterior a las elecciones presidenciales, parlamentarias, de Gobernador Regional o municipales, solo podrán contener lo previamente informado a Servel.
Cerró el plazo para formalizaciones de pactos y declaración de candidaturas para primariasA la medianoche de este 10 de abril concluyó el plazo para la formalización de pactos y declaraciones de candidaturas para las elecciones primarias de Gobernadores y alcaldes. Los partidos políticos concurrieron al Servicio Electoral a formalizar los pactos para posteriormente declarar las candidaturas para participar en el proceso, las que se realizaron a través de la plataforma dispuesta al efecto.
Ante el Servicio Electoral se formalizaron, en plazo legal, los siguientes pactos:
Denominación pacto | Integración | Tipo de elección | Subpacto |
Partido Social Cristiano e Independientes | Partido Social Cristiano e Independientes | Gore, Alcaldes, Core y Concejales | No Designa |
Chile Vamos | RN-UDI-Evópoli e Independientes | Gore y Alcaldes | |
Chile Vamos Renovación Nacional – Independientes | RN e Independientes | Core y Concejales | No Designa |
Chile Vamos UDI – Independientes | UDI e Independientes | Core | No Designa |
Chile Vamos Evópoli – Independientes | Evópoli e Independientes | Core | No Designa |
Chile Vamos UDI-Evópoli e Independientes | UDI-Evópoli e Independientes | Concejales | – UDI – Independientes – Evópoli – Independientes |
Contigo Chile Mejor | PDC-PPD-PS-PCCH-PR-RD-Frevs-Comunes-PL-CS-AH e Independientes | Alcaldes | |
Chile Mucho Mejor | PS-PPD-DC e Independientes | Concejales | -PS e Independientes -PPD e Independientes -PDC e Independientes |
Por Chile, Seguimos | CS-RD-PCCH-AH-Comunes e Independientes | Concejales | -Partido Comunista De Chile e Independientes -Acción Humanista e Independientes |
Tu Comuna Radical | PR e Independientes | Concejales | No Designa |
Verdes Liberales Por Una Comuna Segura | Frevs -PL e Independientes | Concejales | -Partido Federación Regionalista Verde Social e Independientes -Partido Liberal De Chile e Independientes |
Estadística de la Declaración de Candidatura elecciones Primarias 2024:
Gobernadores Regionales
Total Candidatos: 6
Total Regiones: 2
Alcaldes
Total Candidatos: 56
Total Comunas: 20
Total Candidatos: 2
Total Comunas: 1
Total Candidatos: 162
Total Comunas: 48
El sábado 13 de abril a las 9:00 horas, y tal como indica la ley, el Director del Servicio Electoral, en audiencia pública, realizará un sorteo para determinar el orden de precedencia de los/as candidatos/as en las respectivas cédulas electorales.
Para conocer más sobre la Ley 20.640, que establece el sistema de elecciones primarias para la nominación de candidatos a presidente de la república, parlamentarios, gobernadores regionales y alcaldes, ingresa aquí.
Servel emite instrucciones para campañas electorales de Primarias 2024En virtud de lo señalado en artículo 94 bis de la Constitución Política de la República de Chile que establece que el Consejo Directivo del Servicio Electoral deberá dictar las normas e instrucciones necesarias para la correcta aplicación de las normas sobre financiamiento público y privado, transparencia, límite y control del gasto electoral aplicables a la elección primaria, reguladas en la ley N° 20.640, en sesión celebrada el pasado 3 de abril de 2024 el Consejo Directivo del Servicio Electoral determinó instrucciones para la aplicación de las disposiciones legales sobre transparencia, financiamiento, límite y control del gasto electoral contenidas en la Ley N° 19.884 y sobre propaganda electoral contenidas en el párrafo 6° del título I de la Ley N° 18.700.
Las instrucciones generales acerca de la aplicación de las disposiciones sobre financiamiento, propaganda y gasto electoral, tiene por objetivo que las candidaturas, partidos políticos, administradores electorales y administradores generales electorales, den cumplimiento a las disposiciones contenidas en la Ley N°18.700 en materias de propaganda electoral y en la Ley N°19.884 en materias de financiamiento y gasto electoral.
Dentro de los temas más relevantes se describen: tipos de financiamiento de las campañas electorales, apertura de la cuenta bancaria única electoral, mecanismo de recaudación y devolución de aportes, disposiciones a la instalación, plazos y retiro de la propaganda electoral, límites de gasto electoral, administración de la contabilidad de ingresos y gastos electorales de campaña electoral, procedimiento de verificación y comprobación de la contabilidad de campaña electoral, la fiscalización y denuncias ciudadanas, entre otros.
Conozca la Resolución N° 0180 Ejecuta acuerdo del consejo directivo que establece instrucciones generales acerca de la aplicación de las disposiciones sobre financiamiento, propaganda y gasto electoral acá
Conozca los máximos de aportes privados para Primarias 2024La Ley N.º 19.884 establece que el Servicio Electoral debe publicar, en la misma fecha designada para la declaración de candidaturas, el límite máximo de aportes de origen privado permitidos. De acuerdo con el artículo 10 de la misma ley, ninguna persona podrá aportar a candidatos a Alcalde una suma que supere el diez por ciento del límite de gasto electoral establecido para la comuna correspondiente. Así, el aporte no podrá superar las doscientas cincuenta unidades de fomento. Para los candidatos a Gobernador Regional, el límite se fija en trescientas quince unidades de fomento.
Asimismo, en relación con los aportes personales que los propios candidatos hacen a sus campañas, el inciso séptimo de la mencionada ley establece que estos no podrán exceder el veinticinco por ciento del gasto electoral permitido.
Por otro lado, conforme al artículo 20 de la Ley N.º 19.884, los aportantes pueden solicitar al Servicio Electoral mantener sin publicidad su identidad en casos de aportes menores que no superen las veinte unidades de fomento para candidaturas a Gobernador Regional y quince unidades de fomento para aquellas de Alcalde. El total de este tipo de aportes no podrá exceder las ciento veinte unidades de fomento para un mismo tipo de elección.
Con todo, el total de los aportes de una misma persona en una elección no puede superar las dos mil unidades de fomento para la elección de Gobernador Regional y las mil unidades para la elección de Alcalde.
Según la Resolución G. N.º 1, del 8 de enero de 2024, se fijó el valor de la unidad de fomento en $36.855,65.
Dando cumplimiento a lo anterior acá encontrará la resolución que fija estos máximos.
Servel colaboró en elección de Centro de Alumnos en Los Muermos y FrutillarEn el Liceo Punta de Rieles y el Liceo Chileno Alemán, en Los Muermos y Frutillar de la Región de Los Lagos, se realizaron elecciones de Centros de Estudiantes apoyados por el Servicio Electoral de Chile.
La participación de los estudiantes en la elección de su centro de estudiantes fomenta un ambiente escolar inclusivo y representativo, teniendo la oportunidad de expresar sus necesidades, intereses y preocupaciones, así como elegir a aquellos que los representarán de manera efectiva.
En las elecciones de ambos establecimientos se destacó el orden y organización del alumnado, contando con facilitadores y el apoyo constante de Servel para que los estudiantes pudieran realizar su votación de la mejor manera.
En Valparaíso, el equipo de Formación Ciudadana de la Dirección Regional realizó una actividad centrada en la participación ciudadana, política, democracia y proceso electoral, en el colegio Compañía de María, de Viña del Mar.
La charla a alumnos de 3ro y 4to. medio tuvo como objetivo principal contribuir a la educación cívica de los jóvenes de la región, brindándoles herramientas y conocimientos fundamentales para su participación en la vida democrática de la sociedad.
Se abordaron temas como la relevancia de la participación ciudadana, los principios fundamentales de la democracia, el funcionamiento del sistema electoral y las características del voto. Además, se proporcionaron detalles sobre las elecciones que se llevarán a cabo en los años 2024 y 2025, así como se discutió el fenómeno de la desinformación electoral y cómo combatirla de manera efectiva.
Como parte de estas actividades planificadas, se realizará la elección de representantes estudiantiles de dicho establecimiento en junio del presente año, fomentando así la práctica activa de la participación democrática desde una edad temprana.
Mientras, en Los Lagos, la Dirección Regional concretó un taller para la elección del Centro de Estudiantes del Liceo Andrés Bello de Puerto Montt. El establecimiento que cuenta con más de 690 alumnos organizó ayudados por el Servicio Electoral, su elección para elegir a quienes representarán al alumnado para el próximo año y que contó con la participación de alumnos de primeros a cuartos año medio.
Previo a esto, los funcionarios de Servel habían desarrollado un taller instructivo y motivacional para la elección de su centro de estudiantes.
El pasado 21 de marzo, la Unidad de Formación Ciudadana y Educación Cívica Electoral del Servicio Electoral, sostuvo un encuentro con una comunidad de migrantes, principalmente venezolanos, con la finalidad de analizar el tratamiento de nuestro país a las y los extranjeros en relación con sus derechos políticos; la ampliación de la democracia; los requisitos para incorporar al electorado y diversas cifras demostrativas del aumento de migrantes en el Padrón Electoral y en la participación.
Más de una treintena de migrantes con derecho a sufragio, convocados por la Fundación Nuevo Ciudadano, se reunieron en la Konrad Adenauer Stiftung, en una actividad en la que también participó el profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma, Alexander Linford Child, en un panel que fue moderado por el Director de la Fundación Nuevo Ciudadano, Roberto Matos. Además, participaron las profesionales de la Unidad de Formación Ciudadana y Educación Cívica Electoral de Servel, Ángela Vergara y Patricia Clemente.
En esta instancia se presentaron las cifras de venezolanas y venezolanos con derecho a sufragio y el número de votantes en los últimos actos electorales. Por ejemplo, en el Plebiscito Nacional de octubre de 2020, con voto voluntario, había 7.148 electores de esa nacionalidad y votaron 3.295. Tres años después en el Plebiscito Constitucional de diciembre de 2023, con voto obligatorio, el electorado venezolano ascendió a 107.479 y se está en proceso de determinar cuántas personas emitieron su sufragio.
También, en el marco de la Educación Cívica Electoral se informó un aspecto importante de la Ley Nº 21.325, que precisó que los 5 años de avecindamiento que se exige a las y los migrantes para adquirir el derecho a voto, se cuenta una vez obtenida su residencia temporal.
Patricio Santamaría, Jefe de la Unidad de Formación Ciudadana, comentó a los presentes que: “tomamos la decisión de incorporar estos encuentros de Formación Ciudadana y Educación Cívica Electoral con grupos de migrantes, dado el aumento sostenido de las y los extranjeros, que están adquiriendo su derecho a voto, quienes en el Padrón Electoral del Plebiscito de octubre de 2020 alcanzaban a 378.829 y en el de septiembre de 2022, es decir en poco menos de dos años, aumentaron a 514.623”.
Este encuentro fue el primero de otros que se realizarán con grupos específicos como parte del Plan Nacional 2024.