Hasta este martes los candidatos y partidos políticos que participaron en la elección del 17 de diciembre podían entregar sus rendiciones de cuentas.
Los dos candidatos y cuatro colectividades que participaron en la Segunda Votación Presidencial 2017, a contar del día de la votación disponían de 30 días hábiles para presentar sus cuentas de ingresos y gastos, plazo que se cumplió ayer, 30 de enero.
De acuerdo a la información recibida por el Servicio Electoral (Servel), a través de la Subdirección de Control del Gasto y Financiamiento Electoral, solo un partido aún no ha presentado dichos antecedentes.
Tal como ocurrió en la presentación de las cuentas de los candidatos de las elecciones del 19 de noviembre, la Institución, además del formato tradicional en papel, habilitó una plataforma electrónica.
Según la Ley 19.884 sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral, son los administradores electorales los encargados de realizar el trámite.
Las declaraciones de ingresos y gastos deben consignar el origen de la totalidad de los ingresos y el destino de todos los gastos de los partidos políticos, y de sus candidatos, cualquiera sea la fecha de contratación o pago efectivo, y aun cuando se encuentren pendientes de pago.
Tras revisar la documentación recepcionada, el Servicio publicará las planillas en su sitio web y comunicará los administradores electorales las situaciones que resulten con observaciones, quienes deberán aportar las aclaraciones, antecedentes o correcciones necesarias, dentro de un plazo de diez días hábiles luego de la notificación.
En tanto, los administradores electorales de los candidatos o partidos que, a sabiendas, en sus rendiciones de cuentas al Servel informen o certifiquen antecedentes u hechos falsos, serán sancionados con la pena de presidio menor en su grado máximo.
Con independencia del rechazo o aprobación de la cuenta, si los ingresos o gastos electorales inicialmente declarados difieren en más de un 20% de los estimados por el Servicio, y siempre que dicha diferencia sea superior a 100 UF, se aplicará una multa equivalente al quíntuple del monto que constituya dicha diferencia, sanción que será reclamable ante el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel).
Por su parte, el Director del Servicio Electoral se pronunciará respecto de las cuentas de ingresos y gastos electorales dentro de los cuarenta y cinco días hábiles siguientes de expirado el plazo de rendición, es decir, el 4 de abril.
Finalizado el proceso de rendición y aprobación de las cuentas, el Fisco reembolsará a los candidatos y partidos los gastos electorales en que hubieran incurrido durante sus campañas.
Estado de rendición de cuentas electorales de la Segunda Votación Presidencial 2017
(al 30 de enero de 2018)
Tipo de cuenta | Nombre | Estado |
Candidato | Sebastián Piñera Echenique | Recibida |
Candidato | Alejandro Guillier Álvarez | Recibida |
Partido | Evolución Política (Evopoli) | Recibida |
Partido | Regionalista Independiente (PRI) | Pendiente |
Partido | Renovación Nacional (RN) | Recibida |
Partido | Unión Demócrata Independiente (UDI) | Recibida |
Todos los electores que votaron el pasado 17 de diciembre pueden expresar su opinión, la cual contribuirá a identificar las mejoras necesarias, con el objetivo de contar con elecciones más confiables, eficientes y cercanas a la ciudadanía.
Más 20 mil electores han contestado la encuesta que el Servicio Electoral (Servel) está realizando para diagnosticar oportunidades de mejoras en futuros procesos electorales. Tras un mes en que ha estado disponible en el sitio web institucional (servel.cl), quienes deseen expresar su opinión lo pueden hacer hasta la media noche de este miércoles 31 de enero, cuando termina el periodo de aplicación.
Dicha evaluación cuenta con 26 preguntas que se responden en aproximadamente 10 minutos. A través de ellas, todos los ciudadanos habilitados para sufragar que ejercieron su derecho en la Segunda Votación Presidencial 2017, que se llevó a cabo el 17 de diciembre pasado, pueden plasmar su experiencia.
Esta encuesta se realiza en el contexto del cierre del ciclo electoral 2016-2017, que abarcó diez votaciones. Si bien han sido procesos donde sus resultados han sido conocidos oportunamente y de manera trasparente, lo cual ha propiciado la confiabilidad de la ciudadanía en el actual sistema electoral, siempre es posible implementar mejoras que contribuyan a elevar los estándares en la realización de estas instancias cruciales para el ejercicio de la democracia. Por ello, todas las opiniones son importantes, ya que permitirán contar con un muestreo más amplio.
Servel publica cuentas de partidos que participaron en las Elecciones 2017Esta tarde el Servicio difundió en su sitio web las planillas de ingresos y gastos electorales de las cuentas que se han recibido hasta ahora, las que llegan al 89%.
Tal como en el caso de los candidatos, las cuentas electorales de los partidos políticos que participaron en las elecciones presidencial y parlamentarias del 19 de noviembre pasado se deben difundir en el sitio web del Servicio Electoral (Servel), de acuerdo al artículo 54 de la Ley 19.884. Dicha publicación tiene como propósito contribuir a la transparencia de los ingresos y gastos que realizó cada colectividad en el marco del reciente proceso electoral.
De las 62 cuentas que los partidos abrieron para cada una de las elecciones y territorios en que presentaron candidatos, hasta el momento se han recepcionado 55, las que en su mayoría se declararon a través de la plataforma que dispuso el Servicio para ello.
El proceso de auditoría de estas cuentas, que está cargo de la Subdirección de Control del Gasto y Financiamiento Electoral, se está desarrollando rigurosamente, según el protocolo establecido para ello. Conforme progrese dicha revisión, se actualizará la información en el sitio web institucional, indicando si dichas cuentas son aceptadas, rechazadas u observadas. Cabe destacar que, en este último caso, son los administradores electorales los que deberán proveer las aclaraciones pertinentes.
Estado de las rendiciones de cuentas de partidos por elección al 26 de enero
Tipo Elección | Total de cuentas | Presentadas sistema on line | Presentadas en papel | Cuentas no presentadas |
Presidencial | 14 | 8 | 3 | 3 |
Senadores | 22 | 13 | 7 | 2 |
Diputados | 26 | 17 | 7 | 2 |
TOTAL | 62 | 38 | 17 | 7 |
Servel publica planillas de ingresos y gastos de candidatos a las Elecciones 2017
Al cumplirse este jueves el plazo legal para hacer públicas las cuentas electorales de los candidatos presidenciales y parlamentarios, el Servicio difundió en su sitio web las declaraciones que se han recepcionado a la fecha, las que llegan al 96%.
En el marco de la publicidad y transparencia de las cuentas electorales de los candidatos, consignadas en el artículo 54 de la Ley 19.884, el Servicio Electoral (Servel) publicó este jueves en su sitio web las planillas de ingresos y gastos efectuados con motivo de las elecciones presidencial y parlamentarias celebradas el 19 de noviembre pasado.
De acuerdo con esta normativa, esta información se debe hacer pública a los 15 días hábiles desde que vence el plazo para declarar las cuentas, lo cual ocurrió el 3 de enero. De este modo, a la fecha se han recepcionado 1.061 declaraciones realizadas por los candidatos que participaron en dichas elecciones.
Cabe recordar que la ley contempla la difusión de las cuentas de las ocho candidaturas a Presidente de la República, las 132 a senador y las 960 a diputado.
De ellas, el 66% se presentó a través de la plataforma que dispuso el Servicio y el porcentaje restante, por medio de papel.
En tanto, el proceso de revisión de cuentas está a cargo de la Subdirección de Control del Gasto y Financiamiento Electoral, la cual, con un equipo de 28 profesionales y según el protocolo establecido para ello, está desarrollando una acuciosa auditoría.
En la medida que avance este proceso, el Servel irá actualizando la información en el sitio web institucional, indicando si tales cuentas son aceptadas, rechazadas u observadas. En este último caso, son los administradores electorales quienes deberán proveer las aclaraciones pertinentes.
Finalmente, el Servicio tiene hasta el 7 de marzo para pronunciarse sobre las cuentas generales de ingresos y gastos de los candidatos presidenciales y parlamentarios, y hasta el 19 de abril en el caso de los candidatos a consejeros regionales.
Más de 2 mil denuncias por propaganda electoral recibió el Servel en 2017
De ellas, ya se abrieron 38 procedimientos administrativos sancionatorios, mientras que de las casi 2 mil denuncias que se recibieron por este concepto en el proceso electoral 2016 se abrieron 745 investigaciones, de las cuales un 62% ya se finalizó, aplicándose las sanciones y multas respectivas.
En el marco de las facultades del Servicio Electoral (Servel) para supervigilar y fiscalizar el cumplimiento de las normas sobre campañas y financiamiento electoral, en los últimos dos procesos la ciudadanía ha contribuido activamente para llevar a cabo esta importante labor, presentando sus denuncias por acciones de propaganda que podrían infringir la ley. En este sentido, el Servicio recibió 1.964 reclamos en 2016 y 2.144 en 2017, ya sea a través de sus direcciones regionales o de la plataforma que habilitó para ello.
Tras el análisis que realiza la Subdirección de Financiamiento y Control del Gasto Electoral de la Institución, en que evalúa su admisibilidad de acuerdo a los antecedentes de la denuncia y si éstos se ajustan a las causales de infracción contempladas en la normativa vigente, se abre un Procedimiento Administrativo Sancionatorio (PAS) para determinar la eventual contravención a la legislación y dictar las sanciones que correspondan.
En el caso del proceso electoral de las Municipales 2016 se acogieron 485 denuncias, las que derivaron en 745 PAS, habiéndose finalizado al 10 de enero el 62,1%. De ellos, 375 recibieron multas, 87 fueron absueltos y uno se remitió al Juzgado de Policía Local correspondiente. Respecto de los procedimientos finalizados con multa, se determinaron 416 infracciones, siendo la causal de mayor incidencia, con un 34,1%, la instalación de propaganda electoral en espacio público no autorizado; seguida, con un 33,2%, de la instalación de propaganda fuera del plazo legal; y, con un 20,4%, de la propaganda electoral en bienes de propiedad privada destinados a servicios públicos o localizados en bienes de uso público. Este proceso está proyectado que concluya el próximo 31 de enero.
En relación al proceso electoral 2017, que considera las primarias, las elecciones generales y la segunda votación presidencial, del total de denuncias recibidas, hasta el miércoles pasado 271 habían sido admitidas, 1.115 estaban en análisis y 758 se habían declarado inadmisibles. Las principales causas de estas denuncias son, con un 40,1%, la propaganda en espacio público no autorizado; y, con un 14,6% el realizar propaganda fuera del plazo legal. De ellas, se han abierto 38 procedimientos administrativos sancionatorios.
Por otra parte, el Servel realizó una activa labor de fiscalización, concretándose en 2017 más de 60 mil inspecciones en terreno por parte de los equipos de las direcciones regionales del Servicio, para las cuales también se abrirá un PAS.
Una vez que el Director de Servel dicte la resolución que establece la multa por la infracción cometida, los sancionados pueden apelar al Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel).
Clasificación de procedimientos finalizados con multa por tipo de infracción
en las Elecciones Municipales 2016
Clasificación / Tipo de infracción | Cantidad |
Instalación de propaganda Electoral en espacio público no autorizado | 142 |
Instalación de propaganda electoral fuera del plazo legal | 138 |
Propaganda electoral en bienes de propiedad privada destinados a servicios públicos o localizados en bienes de uso público | 85 |
Instalación de propaganda en espacios privados sin mediar autorización escrita, del propietario, poseedor o mero tenedor del inmueble | 19 |
Propaganda electoral fuera de tramo autorizado | 13 |
Erogaciones o donaciones en dinero, o en especies en favor de organizaciones o de personas jurídicas o de personas naturales distinta de su cónyuge o pariente | 11 |
Realización de propaganda mediante carteles de gran tamaño, cuyas dimensiones superen los 2 metros cuadrados | 4 |
Recepción de aportes fuera del sistema de recepción de aportes del Servicio Electoral | 1 |
Incumplimiento a la obligación de precisar el origen y destino de ingreso y gasto electoral | 1 |
Divulgar resultados de encuestas de opinión publica referida a preferencias electorales | 1 |
Incumplimiento al periodo dispuesto para desplegar propaganda por medios de prensa y radioemisora | 1 |
TOTAL | 416 |
Clasificación de las denuncias por tipo de infracción
en las Elecciones 2017
Subtipo infracción | Cantidad |
Propaganda en espacio público no autorizado | 860 |
Realizar propaganda fuera del plazo legal | 312 |
Otra materia de propaganda electoral | 308 |
Propaganda en redes sociales | 95 |
Entrega de propaganda electoral mediante brigadista | 93 |
Propaganda en postes de luz | 82 |
Propaganda en medios digitales | 67 |
Efectuar propaganda en lugares privados sin la autorización del propietario o arrendatario | 55 |
Propaganda no respeta orden designado por candidato en espacio público autorizado | 53 |
Propaganda en espacios públicos que supere los dos metros cuadrados | 49 |
Efectuar donaciones por candidatos a personas jurídicas, organizaciones o a personas naturales distintas del cónyuge o parientes | 36 |
Propaganda en espacios privados que supere los seis metros cuadrados | 35 |
Propaganda mediante perifoneo | 18 |
Otra materia de gasto o financiamiento electoral | 14 |
Propaganda en paraderos de transporte público | 13 |
Propaganda mediante el rayado de muros | 8 |
Retiro ilegal de propaganda | 8 |
Divulgar resultados de encuestas publicas fuera de plazo | 7 |
Incurrir en gastos no permitidos por la ley | 6 |
Propaganda en radioemisoras no informadas ante el Servicio Electoral | 6 |
Recibir o efectuar aportes de personas jurídicas | 5 |
Propaganda a través de televisión | 4 |
Exceder el máximo de cinco sedes oficiales de los partidos políticos o candidatos por comuna | 3 |
No declarar gastos efectuados o ingresos recibidos en la cuenta general de ingresos y gastos electorales | 2 |
Exceder los límites permitidos por aportante | 1 |
Propaganda en estaciones de trenes o metro | 1 |
Recibir o efectuar aportes de menores de 18 años | 1 |
Recibir o efectuar aportes sin utilizar el Sistema de Recepción de Aportes del Servicio Electoral | 1 |
Uso de recursos fiscales | 1 |
TOTAL | 2.144 |
Con 549 mil afiliados concluyen 2017 los partidos políticos vigentes
Tras un año de elecciones y de la actualización de los registros de afiliados la configuración de las colectividades cambió, pasando las mujeres a representar el 52% del total de militantes y los jóvenes, entre 20 y 39 años, el 48%.
El mapa de la conformación de los partidos políticos se actualizó durante 2017. Una de las modificaciones legales que mayor impacto tuvo durante el año en las colectividades fue la renovación de sus registros de afiliados, producto de la aplicación de las leyes 20.900 y 20.915, las cuales establecieron que hasta el 14 y 15 de abril debían reinscribir a sus afiliados antiguos y agregar nuevos militantes, respectivamente.
En los meses posteriores a la aplicación de dicha norma hubo diversos movimientos, donde 40.396 personas se desafiliaron. De este modo, los registros de afiliados de los 28 partidos que conservaron su vigencia al 31 de diciembre quedaron integrados por 549.197 militantes activos, entre los ratificados y los nuevos inscritos.
De ellos, es importante destacar la presencia de mujeres, que llegan al 52% del total de afiliados, y de jóvenes, entre 20 y 39 años, que representan el 48%.
Por otra parte, los 720.629 antiguos militantes, que no realizaron el trámite de reinscripción en su partido dentro del plazo legal para ello, quedaron en condición de suspendidos de sus derechos de afiliados.
Dichas cifras contrastan con los datos disponibles al 31 de marzo de 2016, que son los últimos antes de que se iniciara el proceso de ratificaciones y nuevas afiliaciones a los partidos, cuando las 22 colectividades vigentes en ese momento sumaban en conjunto 884.561 afiliados.
“Este ha sido un proceso inédito en el país, que sin duda ha generado un positivo ajuste en los registros de afiliados de los partidos políticos, que viene a transparentar su composición”, valoró el director del Servicio Electoral (Servel), Raúl García Aspillaga.
Al tiempo que señaló que fue una labor exigente, tanto para el Servicio como para los mismos partidos, y que no estuvo exento de las complejidades propias de un proceso de la envergadura del que se llevó a cabo. Asimismo, dijo que aún hay camino por recorrer, ya que actualmente hay una importante cantidad de ciudadanos que se encuentran en una situación de militancia no resuelta. La cual recordó que se puede solucionar renunciando al partido en están registrados para adquirir la condición de independiente y, luego, afiliarse nuevamente a la misma colectividad o a la que lo represente.
Como una forma de hacer más expeditos los trámites relacionados con los partidos políticos, en julio pasado el Servel habilitó una plataforma web que agrupa diversas gestiones, que hasta ese momento solo se podían realizar de forma presencial en las direcciones regionales del Servicio. Entre ellos, se puede consultar la militancia política, pedir el certificado de afiliación política, renunciar a un partido e incorporarse a aquellos que están en formación o extensión a otras regiones.
En este contexto, el Director del Servel destacó el compromiso de la Institución con la implementación de instancias de mejora y modernización de sus procesos, a fin de propiciar una mayor cercanía con los ciudadanos, haciendo más accesibles los distintos trámites.
Descarga aquí las estadísticas de afiliados al 31 de diciembre de 2017.
Descarga las estadísticas por partido, sexo y región del año 2017.
Servel recibió más del 90% de cuentas de ingresos y gastos electorales dentro del plazoIngresa aquí a las estadísticas por partido, sexo y región del año 2017, por mes.
Hasta este miércoles los 2.750 candidatos que participaron en las Elecciones 2017 podían presentar sus cuentas, las que en su mayoría se declararon a través de la plataforma que el Servicio habilitó para ello.
Hasta el 3 de enero, cuando venció el plazo para presentar las cuentas de ingresos y gastos electorales realizados por los candidatos y partidos que participaron en las elecciones generales de noviembre pasado, de los 2.750 postulantes un 90,6% cumplió con este requisito, de acuerdo a la Ley 19.884, sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral.
En este contexto, la Subdirección de Control del Gasto y Financiamiento Electoral del Servicio Electoral (Servel) recibió dentro del plazo siete cuentas de los candidatos a la elección presidencial, 124 de los postulantes al Senado, 904 de quienes compitieron por un cargo en la Cámara de Diputados, y 1.455 de aquellos que lo hicieron a uno de los consejos regionales.
En tanto, solo 260 candidatos no cumplieron con el plazo. En dichos casos, el Servel procederá con la apertura de procedimientos administrativos sancionatorios por cuenta no presentada.
Una de las novedades del actual proceso fue el uso de la plataforma que dispuso el Servel para la declaración on line de las cuentas, la que concentró el 65,5% de las rendiciones, mientras que las restantes se recibieron en papel, para lo cual todas las direcciones regionales del Servicio estuvieron abiertas hasta la medianoche del día en que caducó el plazo.
“El Servel ha generado todas las instancias que le instruye la legislación para hacer más expedito y eficiente el proceso de rendición de cuentas, informando oportunamente a los candidatos y administradores electorales los mecanismos disponibles”, destacó el director del Servel, Raúl García Aspillaga.
Asimismo, valoró la aplicación de esta norma: “Es particularmente relevante, pues busca una mayor transparencia y fiscalización del gasto electoral, ya que están involucrados recursos públicos y es necesario resguardar su utilización, destinándose exclusivamente a los fines para los que fueron creados”.
Cabe destacar que las declaraciones de cuentas deben ser presentadas por los administradores generales electorales, informando el origen de la totalidad de los ingresos y el destino de todos los gastos de los partidos políticos, y de sus candidatos, cualquiera que sea la fecha de contratación o pago efectivo, y aun cuando se encuentren pendientes de pago. En el caso de los candidatos independientes, corresponde a sus administradores electorales presentar sus cuentas de ingresos y gastos electorales. Ambos deben adjuntar toda la documentación de respaldo.
Por su parte, la Subdirección estableció un estricto protocolo para la revisión de las cuentas, las cuales durante el proceso podrían recibir observaciones que los administradores electorales deberán aclarar.
El Servel tiene hasta el 7 de marzo para pronunciarse sobre las cuentas generales de ingresos y gastos de los candidatos presidenciales y parlamentarios, y hasta el 19 de abril en el caso de los candidatos a consejeros regionales.
Comenzó periodo para solicitar cambio de domicilio electoral
Desde el 2 de enero, los electores que deseen modificar sus datos electorales pueden hacerlo en los lugares habilitados para este trámite, ya sea on line o presencial.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 29 de la Ley 18.556 sobre Inscripciones Electorales y Servicio Electoral, el 2 de enero se reanudaron las actualizaciones al Registro Electoral, las cuales fueron suspendidas el 2 de julio de 2017, con motivo de la determinación de los padrones electorales de las Elecciones Presidencial, Parlamentarias y de Consejeros Regionales 2017.
Quienes deseen actualizar sus datos electorales en cuanto a cambio de domicilio electoral o incorporación al Registro Electoral, podrán hacerlo on line en el sitio que el Servicio Electoral dispuso para ello: https://cambiodomicilio.servel.cl, o en forma presencial en las direcciones regionales del Servicio Electoral, en las oficinas de ChileAtiende, en los consulados de Chile en el mundo, y en Policía Internacional al entrar o salir del país.
Por otra parte las solicitudes de actualización de datos electorales, relacionadas a incorporaciones dado el cumplimiento de avecindamiento en territorio nacional, cambios de nombre, sexo y habilitación del derecho a sufragio podrán realizarse directamente en las direcciones regionales del Servicio Electoral.
Las solicitudes antes mencionadas, tomarán en promedio 20 días hábiles de tramitación para su actualización en el Registro Electoral, lo que podrá ser consultado en https://consulta.servel.cl/ .
¿QUÉ ES EL DOMICILIO ELECTORAL?
Es aquel situado dentro de Chile, con el cual la persona tiene un vínculo objetivo, sea porque reside habitual o temporalmente, ejerce su profesión u oficio o desarrolla sus estudios en él. En el caso de los ciudadanos con derecho a sufragio que se encuentren en el extranjero, el domicilio electoral es aquel situado fuera de Chile, declarado como tal por el elector.
No se puede declarar como domicilio electoral la oficina o sede de un candidato o partido político, salvo que quienes lo declaren tengan una relación de trabajador dependiente con dicho partido o candidato.
Por otra parte, en los casos en que se trate de una residencia temporal, el vínculo objetivo deberá corresponder a la condición de propiedad o arriendo superior a un año del bien raíz por parte del elector, o de su cónyuge, sus padres o sus hijos.
Hoy vence el plazo para presentar cuentas de ingresos y gastos electorales de las Elecciones 2017Estas declaraciones deben ser efectuadas por los administradores generales electorales de los partidos o administradores electorales en el caso de los independientes, ante la Subdirección de Control del Gasto y Financiamiento Electoral del Servicio Electoral.
Hasta las 24 horas de hoy los 2.750 candidatos y los partidos políticos que participaron en las Elecciones Presidencial, Parlamentarias y de Consejeros Regionales 2017, deben rendir sus ingresos y gastos de campaña ante el Servicio Electoral (Servel), de acuerdo a lo indicado en la Ley 19.884 sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral.
Para efectuar este proceso, la Institución habilitó dos canales a través de los cuales se pueden realizar las declaraciones: una plataforma electrónica, la cual fue dada a conocer a los administradores electorales; o en papel, para lo cual todas las direcciones regionales estarán abiertas hoy hasta la medianoche.
Las declaraciones de ingresos y gastos deben ser documentadas por los administradores generales electorales de los partidos políticos o por los administradores electorales, tratándose de candidatos independientes. En ellas se debe consignar el origen de la totalidad de los ingresos y el destino de todos los gastos de los partidos políticos, y de sus candidatos, cualquiera sea la fecha de contratación o pago efectivo, y aun cuando se encuentren pendientes de pago.
El Director del Servicio Electoral se pronunciará respecto de la cuenta de ingresos y gastos electorales dentro de los cuarenta y cinco días hábiles siguientes de expirado el plazo de rendición, es decir, el 7 de marzo. Sin embargo, a partir del 24 de enero comenzará la publicación de las cuentas revisadas en el sitio web servel.cl, indicando si fueron aceptadas, rechazadas u observadas.
En aquellos casos en que las cuentas resulten observadas, los administradores electorales deberán efectuar las aclaraciones, antecedentes o correcciones pertinentes, dentro de un plazo de diez días de ser requerido.
Finalizado el proceso de rendición y aprobación de las cuentas, el Fisco reembolsará a los candidatos, a los candidatos independientes que no estuvieren incluidos en un pacto o subpacto y a los partidos, los gastos electorales en que hubieran incurrido durante sus campañas.
Cabe señalar que para la Segunda Votación de la Elección Presidencial 2017, el plazo para declarar cuentas de ingresos y gastos vence el 30 de enero.
SANCIONES
El artículo 44 de la Ley 19.884 establece que todo candidato, a través de su administrador electoral, estará obligado a presentar una cuenta general de ingresos y gastos de campaña electoral, aun cuando no haya tenido ingresos o incurrido en gastos. En los casos en los que no se cumpla con esta obligación legal, el Servicio Electoral iniciará un procedimiento administrativo sancionatorio en contra del administrador electoral.
Asimismo, el artículo 37 de dicha normativa indica que el administrador electoral debe conservar la documentación relativa a los gastos electorales de la candidatura a su cargo y los comprobantes de los aportes privados, cuando corresponda, e informar al Servel o al administrador general electoral del partido político el hecho de no contar con antecedentes suficientes por parte del candidato, para presentar la rendición de la cuenta de ingresos y gastos electorales. Dicha información debe ser entregada en el mismo plazo contemplado para la presentación de las cuentas. El incumplimiento de estas obligaciones será sancionado con multa a beneficio fiscal de 10 a 30 unidades tributarias mensuales (UTM). Dicha multa será aplicada por el Servicio Electoral.
Por su parte, el administrador electoral, el administrador general electoral o el administrador general de fondos de un partido político que, a sabiendas, en sus rendiciones de cuentas al Servicio Electoral proporcione antecedentes falsos o certifique hechos falsos, será sancionado con la pena de presidio menor en su grado máximo.
El rechazo de las cuentas será sancionado con multa a beneficio fiscal, equivalente al doble de la parte de los gastos electorales que hayan sido rechazados o que no hayan sido justificados. El Director del Servicio Electoral aplicará esta multa al candidato que corresponda y su administrador electoral, quienes serán solidariamente responsables, y al administrador general electoral, según el caso.
Con independencia del rechazo o aprobación de la cuenta, si los ingresos o gastos electorales inicialmente declarados difieren en más de un 20% de los estimados por el Servicio Electoral, y siempre que dicha diferencia sea superior a cien unidades de fomento, se aplicará una multa equivalente al quíntuple del monto que constituya dicha diferencia, sanción que será reclamable ante el Tribunal Calificador de Elecciones.
Servel invita a participar en encuesta para mejorar procesos electoralesTodos los electores que votaron el pasado 17 de diciembre pueden expresar su opinión, la cual contribuirá a identificar las mejoras necesarias, con el objetivo de contar con futuros procesos electorales más eficientes y cercanos a la ciudadanía.
El año que concluye viene a cerrar un ciclo electoral que, entre 2016 y 2017, suma diez votaciones. Si bien han sido procesos impecables, donde sus resultados han sido conocidos oportunamente y de manera transparente, lo cual ha propiciado la confiabilidad de la ciudadanía en el sistema electoral vigente, siempre es posible implementar mejoras que contribuyan a elevar los estándares en la realización de estas instancias cruciales para el ejercicio de la democracia.
En este contexto, el Servicio Electoral (Servel) invita a todos los ciudadanos habilitados para sufragar que ejercieron su derecho en la Segunda Votación de la Elección Presidencial 2017, que se llevó a cabo el 17 de diciembre pasado, a participar en una encuesta, que busca recabar información relevante para realizar los ajustes necesarios y entregar un mejor servicio en los futuros procesos electorales.
Quienes deseen expresar su opinión, pueden hacerlo hasta el miércoles 31 de enero. Para ello, deben acceder desde el sitio web del Servel (servel.cl), donde, respondiendo a las 26 preguntas de la evaluación, pueden plasmar su experiencia en el último proceso de votación que se desarrolló en el país.