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Servicio Electoral
de Chile

El cálculo del monto global, que se realiza en función de la calificación de las elecciones parlamentarias, tomó como referencia el escrutinio 2013, al no haber estado disponible en su momento la calificación de la última elección de diputados, realizada el 19 de noviembre de 2017.

Los 28 partidos políticos vigentes al 31 de diciembre pasado, de acuerdo a la normativa sobre el financiamiento de la actividad política incorporada en la Ley 20.915, podrán optar al aporte fiscal establecido para este año, cumpliendo todas las exigencias legales que correspondan.

En este contexto, el Servicio Electoral (Servel) determinó el 5 de enero el monto anual a repartir, el cual alcanza los $ 6.447.158.173.

Conforme al artículo 40 de la Ley 18.603 de Partidos Políticos, dicha cifra se calcula en base a la votación obtenida por los partidos en la última elección parlamentaria, según el escrutinio general y la calificación de la elección realizada por el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel).

Sin embargo, dado que al momento de determinar estos fondos globales para 2018 el Servel no había recibido la calificación de los resultados por parte del Tricel correspondiente a la elección realizada el 19 de noviembre de 2017, se remitió a la votación de 2013, donde de un padrón de 13.573.143 electores se registraron 6.013.588 votos válidamente emitidos, sin considerar independientes fuera de pacto. Cabe recordar que para estos efectos cada voto equivale a 0,04 UF, según la UF que se determinó para este proceso electoral en $26.319,91.

A partir de este monto, se calculan las cuotas trimestrales que se distribuirán entre las colectividades. Para ello, el Servel el 12 de enero emitió la resolución que determina los aportes que se entregan este mes, los que ascienden a $ 1.571.839.115.

Según lo establece el artículo 40 de la Ley 18.603, el 20% del monto trimestral a repartir se distribuirá entre todos los partidos políticos, de manera proporcional al número de regiones en las que estén constituidos. En el caso de los partidos que se encuentren constituidos en la totalidad de las regiones del país, recibirán un aporte por una región adicional, es decir, lo correspondiente a 16 regiones. En tanto, el 80% restante del aporte se distribuirá en favor de cada partido con representación parlamentaria, a prorrata de los votos válidamente emitidos a su favor en la mencionada elección, incluyendo a los independientes que hayan participado en el mismo pacto electoral.

Para acceder a estos aportes los partidos deben cumplir las normas legales que regulan su funcionamiento y organización interna, establecidas en la Ley 18.603; no encontrarse en mora de pagar multas al Fisco determinadas en Procedimientos Administrativos Sancionatorios (PAS) y que sus cuentas y balances anuales hayan sido aprobados por el Servicio Electoral.

 

Aportes trimestrales de enero 2018. Determinados en la Resolución O-N°0018

Nombre partido Monto en pesos
Renovación Nacional* 235.314.552
Partido Demócrata Cristiano* 261.762.241
Partido Por La Democracia* 184.615.856
Unión Demócrata Independiente* 314.437.806
Partido Socialista de Chile* 199.989.891
Partido Radical Socialdemócrata* 77.230.470
Partido Comunista de Chile* 84.909.078
Partido Humanista* 15.695.329
Partido Ecologista Verde* 9.658.664
Partido Progresista* 19.317.328
Partido Igualdad 8.451.331
Mas-Región 4.829.332
Partido Regionalista Independiente 19.317.328
Democracia Regional Patagónica 6.036.665
Andha Chile 4.829.332
Partido Liberal de Chile* 8.445.555
Amplitud* 9.658.664
Partido Izquierda Ciudadana de Chile 8.451.331
Partido Evolución Política* 19.317.328
Unión Patriótica 3.621.999
Poder Ciudadano* 8.451.331
Todos 4.829.332
Revolución Democrática* 24.839.068
Ciudadanos 9.658.664
Por La Integración Regional 3.621.999
Federación Regionalista Verde Social* 14.889.977
Partido de Trabajadores Revolucionarios 3.621.999
País 6.036.665
TOTALES 1.571.839.115

* Partidos que a la fecha se les han autorizado los pagos, por haber cumplido con los requisitos exigidos.

 

Ingresa aquí a las estadísticas de datos abiertos de partidos políticos.

Servel concluye revisión de cuentas de ingresos y gastos de las Elecciones 2017

Un 97% de los 1.100 candidatos que participaron en las votaciones del 19 de noviembre presentó su rendición de cuentas, las cuales fueron aprobadas. Además, en los casos en que podría existir una infracción se están abriendo procedimientos administrativos sancionatorios.

Este miércoles 7 de marzo, el Servicio Electoral (Servel) concluyó la revisión de las cuentas de ingresos y gastos de los candidatos a Presidente de la República, senadores y diputados que participaron en las Elecciones 2017. De las 1.100 cuentas se presentó un 97%, las cuales cumplieron con los estándares requeridos para su aprobación, de acuerdo con la Ley 19.884, sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral.

Por tratarse de una normativa relativamente nueva, la Subdirección de Control del Gasto y Financiamiento Electoral, que está a cargo de la auditoría de las cuentas, llevó a cabo una serie de acciones de capacitación y acompañamiento a los administradores electorales de los candidatos y los administradores generales de los partidos para informar respecto a la aplicación de la legislación, en cuanto a plazos, presentación de la documentación y los criterios para su revisión. Asimismo, se avanzó en innovaciones tecnológicas a fin de facilitar la gestión de las cuentas, recepcionándose el 63% de éstas a través de la plataforma online que dispuso el Servel. Otro de los aspectos positivos fue que dichos administradores estaban más preparados e informados respecto a las funciones que les correspondía desempeñar.

Todos los elementos mencionados contribuyeron a realizar una auditoría ágil y acuciosa de las rendiciones presentadas. De este modo, se realizaron observaciones en un 81% de las cuentas recibidas, muchas de las cuales los administradores electorales y generales aclararon oportunamente.

En este contexto, hay 15 cuentas pendientes, a la espera de que sus administradores electorales aclaren las observaciones realizadas, ya que aún están dentro del plazo de 10 días que tienen para enviar sus respuestas.

Sin embargo, en aquellos casos en que las respuestas a las observaciones formuladas por el Servel no hayan sido satisfactorias, se podrían abrir Procedimientos Administrativos Sancionatorios (PAS) a fin de determinar eventuales infracciones a la legislación electoral y aplicar las multas correspondientes.

Asimismo, las 28 cuentas que no se presentaron y las 32 que lo hicieron fuera de plazo también dan origen a la apertura de un PAS, al término del cual, las primeras pueden cerrarse con la calidad de cuenta no presentada, de acreditarse dicha condición, y las segundas siguen el proceso de auditoría.

Cabe destacar que, de conformidad al artículo 50 de la citada ley, las cuentas debían ser rechazadas por no adjuntar los documentos y comprobantes de respaldo o por contener errores u omisiones graves. El hecho de que una cuenta sea aprobada, no obsta a que se determine la existencia de infracciones a la normativa electoral, con la consiguiente aplicación de multas, en el marco de los respectivos PAS que eventualmente se inicien.

Por otra parte, en función del artículo 52 de la ley de gasto electoral, se detectó una situación en que amerita ser investigada por los tribunales de justicia, por lo cual se procedió a realizar la denuncia correspondiente ante el Ministerio Público.

Luego de la emisión de las resoluciones de aprobación de las cuentas, y dentro de los 20 días siguientes, el Servicio Electoral enviará a la Tesorería General de la Republica la autorización para efectuar la devolución de los gastos en que hubieren incurrido los candidatos por una suma que no podrá exceder del equivalente, en pesos, a 0,04 UF, en el caso de los hombres, y a 0,05UF, en el de las mujeres, multiplicado por el número de sufragios obtenidos por cada uno. Esta devolución se hará directamente a los candidatos o partidos políticos, mediante el reembolso de los gastos que no hayan sido financiados por otro tipo de aportes, ajustándose a los gastos efectivamente realizados, sin exceder el cálculo que corresponda a su votación.

Según la legislación vigente, no se procederá a dichos reembolsos respecto de los montos que estén en disputa, mientras existan procedimientos sancionatorios administrativos o penales pendientes en contra del candidato o del partido, o se hagan efectivos los cargos por el retiro de propaganda en que incurran los alcaldes, según el artículo 35 de la Ley 18.700. Asimismo, una vez determinadas las multas mediante resolución o sentencia firme, la Tesorería General de la República las hará efectivas en los montos adeudados.

 

Estado del proceso de auditoría de las cuentas electorales 2017

Elección Candidatos Cuentas PAS abiertos
Presentadas Fuera de plazo No presentadas Observadas Resueltas
Presidencial 8 7 1 0 8 8 1
Senadores 132 126 4 2 109 128 4
Diputados 960 907 27 26 762 921 24
Total 1.100 1.040 32 28 879 1.057 29

 

Revisa aquí las planillas de ingresos y gastos de candidatos.

Consejo Directivo del Servel informa acuerdo por denuncia en contra del Director

El Consejo Directivo del Servicio Electoral de Chile en su sesión del 07 de marzo, en forma unánime, acordó rechazar la denuncia por acoso sexual interpuesta por la exfuncionaria de la Institución, de iniciales L.E.N.S., en contra del Director del Servicio, Raúl García Aspillaga, y dispuso que se dicte la correspondiente resolución de sobreseimiento definitivo.

Esta decisión se adoptó una vez conocidos todos los antecedentes que arrojó la investigación sumaria instruida el 21 de febrero pasado, en especial las declaraciones de la denunciante, el denunciado, de los testigos mencionados por ellos y de otras personas que fueron consultadas por el investigador designado, cuyos testimonios constan en la carpeta del caso. El Consejo Directivo, deliberando sobre cada uno de ellos, se formó la convicción de que los hechos denunciados no constituyen acoso sexual ni que tampoco se ha acreditado ninguna situación que pueda catalogarse de acoso sexual.

 

Patricio Santamaría: Reconocemos las tareas en el desarrollo del voto en el exterior
Fotografía: Viviana Urra

 

Como una de las actividades de su agenda, el presidente del Consejo Directivo del Servel, Patricio Santamaría, participó en el lanzamiento del libro “Voto de los Chilenos en el Exterior: un avance en la democracia chilena”, elaborado por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

 

Hasta las dependencias del Ministerio de Relaciones Exteriores llegó este 6 de marzo el presidente del Consejo Directivo del Servel, Patricio Santamaría, para participar del lanzamiento del libro “Voto de los Chilenos en el Exterior: un avance en la democracia chilena”, elaborado por el Minrel. “Vine a reconocer la tarea de colaboración de parte de la Cancillería”, comentó Santamaría en la actividad.

En la ocasión, el Presidente del Servel dio a conocer  algunas implicancias que tuvo para el organismo la implementación de las elecciones en el extranjero, celebradas por primera vez en 2017, en las cuales participaron 23.306 personas en la primera votación presidencial y 21.320 personas en la segunda votación presidencial. En tanto, las elecciones primarias registraron la votación de 6.593 connacionales en el exterior.

En las distintas épocas de la historia en las que se ha tenido la voluntad de incluir la expresión de personas que, fruto de anexiones territoriales, de la migración o de una estadía temporal residen en otros territorios, el mayor desafío ha sido la organización electoral para llevarla a cabo. Por ello cuando se discutía la regulación del voto en el exterior, para el Servicio Electoral -máximo órgano de la administración electoral de Chile y sobre quien iba a recaer la responsabilidad- uno de los aspectos fundamentales, sino el principal, era el mecanismo de votación y la forma de implementarlo”, señaló.

Además de lo anterior, Santamaría indicó que al optarse por un mecanismo presencial, surgió la opción de ampliar la estructura y dotación del Servicio Electoral, con el objetivo de que la institución se hiciera cargo de esta tarea o, como alternativa, establecer que fuese el Ministerio de Relaciones Exteriores, con su estructura, quien colaborara en ella. “Conscientes del buen trabajo desarrollado en general por la Cancillería; del compromiso cívico de sus autoridades, funcionarias y funcionarios, y del respeto a la prescindencia política, y motivados por la cooperación interinstitucional y la experiencia comparada, desarrollamos un trabajo conjunto, que estuvo marcado por la excelencia, lo que permitió mantener el prestigio de la institucionalidad electoral de nuestro país” agregó el Presidente del Servel.

Finalmente, Patricio Santamaría indicó: “cuando hoy se entrega una memoria de las tareas desarrolladas, la que nos permitirá acoger la buenas prácticas, mejorar y profundizar el ejercicio del derecho a sufragio de nuestros connacionales en el exterior, aumentar su participación y, con ello, seguir ampliando nuestra democracia, reconocemos, felicitamos y destacamos las tareas cumplidas por el Ministerio de Relaciones Exteriores, y en especial por la Dirección General de Asuntos Consulares e Inmigración y la Dirección para la Comunidad de Chilenos en el Exterior, en las personas de ministro Heraldo Muñoz, del embajador Carlos Appelgren y del director Antonio Kayser, respectivamente”.

 

Diario Oficial publicó Ley 21.073 que regula la elección de gobernadores regionales

Las primeras elecciones de gobernadores regionales se verificarán el año 2020, junto con las elecciones municipales.   

 

El jueves 22 de febrero el Diario Oficial publicó la Ley 21.073 que Regula la Elección de Gobernadores Regionales y Realiza Adecuaciones a Diversos Cuerpos Legales. Esta normativa indica, entre otras cosas, que los jefes del gobierno regional se elegirán democráticamente, a partir del año 2020.

La iniciativa se aprobó luego de que una comisión mixta zanjara que los actuales consejeros regionales electos en 2017 cumplirán su periodo hasta el 2022. Sin embargo, quienes resulten electos en las elecciones de 2021 estarán 3 años en sus cargos, para así coincidir con las elecciones territoriales y retomar los cuatro años habituales, en conjunto con los gobernadores regionales.

De este modo, se daría cumplimiento a la legislación, la cual indica que la elección de gobernadores regionales se realizará conjuntamente con la de Consejeros Regionales y en la misma fecha que las elecciones municipales. Es decir, en 2024 se elegirán gobernadores regionales, cores, alcaldes y concejales.

Otra de las indicaciones aprobadas indica que será electo quien obtenga la mayoría de los votos, con un mínimo del 40% de los sufragios válidamente emitidos. Si ningún candidato alcanza dicha votación, se realizará una segunda votación entre las dos más altas mayorías relativas, el cuarto domingo siguiente a la fecha de efectuada la primera votación.

 

Requisitos

La Ley 21.073 establece además los siguientes requisitos para ser elegido gobernador regional:

– Ser ciudadano con derecho a sufragio.

– No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos.

– No tener la calidad de persona deudora sujeta a un procedimiento concursal de liquidación en virtud de lo dispuesto en la ley N° 20.720, de reorganización y liquidación de empresas y personas, ni de condenada por crimen o simple delito.

– Haber cursado la enseñanza media o su equivalente.

– Residir en la región respectiva, a lo menos dos años antes de la elección.

– No estar afecto a alguna de las inhabilidades que establece esta ley.

No podrá ser gobernador regional el que tuviere dependencia de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas ilegales, a menos que justifique su consumo por un tratamiento médico. Para asumir este cargo, el interesado deberá prestar una declaración jurada que acredite que no se encuentra afecto a esta causal de inhabilidad.

 

Inhabilidades

De acuerdo a lo establecido en la normativa legal, no pueden ser candidatos a gobernador regional quienes posean los siguientes cargos:

– Los ministros de Estado, los subsecretarios, los delegados presidenciales regionales, los delegados presidenciales provinciales, los secretarios regionales ministeriales, los miembros del consejo del Banco Central y el Contralor General de la República.

– Los diputados y senadores.

– Los alcaldes y concejales.

– Los miembros y funcionarios de los diferentes escalafones del Poder Judicial, del Ministerio Público, de la Contraloría General de la República, del Tribunal Constitucional, del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, del Tribunal de Contratación Pública, del Tribunal Calificador de Elecciones y de los tribunales electorales regionales, los consejeros del Consejo para la Transparencia, los consejeros y funcionarios del Servicio Electoral, y los miembros activos de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública.

– Las personas que a la fecha de inscripción de sus candidaturas tengan vigente o suscriban, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendentes a doscientas unidades tributarias mensuales o más con el respectivo gobierno regional. Tampoco podrán serlo quienes tengan litigios pendientes con el gobierno regional, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, conviviente civil, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive. Igual prohibición regirá respecto de los directores, administradores, representantes y socios titulares del diez por ciento o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendentes a doscientas unidades tributarias mensuales o más, o litigios pendientes, con el gobierno regional.

– Las personas que se hallen condenadas por crimen o simple delito que merezca pena aflictiva.

– Las personas que hayan infringido gravemente las normas sobre transparencia, límites y control del gasto electoral, desde la fecha que lo declare por sentencia firme el Tribunal Calificador de Elecciones, conforme lo dispone el artículo 125 de la Constitución Política de la República.

Las inhabilidades establecidas en los cuatro primeros puntos serán aplicables a quienes hubiesen tenido las calidades o cargos antes mencionados dentro del año inmediatamente anterior a la elección de gobernador regional.

 

Ingresa aquí para leer la ley completa.

Servel informa observaciones a cuentas electorales 2017

El Servicio publicó el 13 de febrero una actualización de las planillas de ingresos y gastos correspondientes a las cuentas de los candidatos y partidos políticos que participaron en este proceso.

En el marco de las actualizaciones semanales de las planillas de ingresos y gastos de las cuentas de los candidatos y partidos políticos en las recientes elecciones generales del 19 de noviembre, el Servicio Electoral (Servel) informó el martes 13 de febrero las cuentas que han tenido observaciones, de acuerdo al artículo 54 de la Ley 19.884.

De un total de 1.100 candidatos a Presidente de la República, senadores y diputados que participaron en las elecciones generales, 1.071 de ellos presentaron sus cuentas de ingresos y gastos electorales. De esa cifra, 869 han recibido observaciones.

Dichas observaciones deben ser aclaradas por los administradores electorales, quienes aportarán los antecedentes o correcciones pertinentes, dentro del plazo de diez días luego de su notificación, según el artículo 49 de la citada normativa.

El proceso de auditoría, que está a cargo de la Subdirección de Control del Gasto y Financiamiento Electoral, a la fecha ha completado la revisión del 100% de las cuentas electorales presidenciales y parlamentarias, procediendo en la actualidad a la confección del informe de auditoría y resolución final de pronunciamiento sobre la aprobación o eventual rechazo de la cuenta electoral.

Aporte de 500 UF por parlamentaria electa beneficiará a 13 partidos políticos

Los fondos, que llegan casi a los 500 millones en total, se podrán destinar a implementar programas y desarrollar actividades de fomento a la inclusión y participación de las mujeres en política.

En las recientes elecciones parlamentarias del 19 de noviembre, el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) proclamó electas a 41 mujeres, de las cuales 37 se encuentran afiliadas a un partido político, el que recibirá un aporte de 500 UF por cada una de ellas, en conformidad al artículo primero de las disposiciones transitorias de la Ley 19.884 sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral.

Estos fondos beneficiarán a las 13 colectividades que tienen entre sus filas a dichas candidatas. De modo que las cinco senadoras y 32 diputadas electas suman en conjunto aportes por $486.918.335, con los que, según la norma mencionada, los partidos políticos podrán implementar programas y desarrollar actividades de fomento a la inclusión y participación de las mujeres en política. El pago de estos recursos a los partidos lo realiza la Tesorería General de la República (TGR), de acuerdo con la resolución emitida por el Servicio Electoral (Servel).

“Este es un impulso importante a la participación de las mujeres en política, que va en línea con otras medidas que han tenido un positivo impacto en el último proceso electoral, como fue la llamada ley de cuotas que permitió que las candidatas al Congreso Nacional representaran el 41,3%, y que desde el próximo 11 de marzo el 23% del total de sus miembros sean mujeres”, valoró el director del Servel, Raúl García Aspillaga.

Además, destacó que los reembolsos que correspondan a las candidatas que participaron en las elecciones pasadas se verán incrementados en 0,01 UF, respecto de los hombres, recibiendo por cada voto un total de 0,05 UF.

Estas medidas, que se aplican en las elecciones parlamentarias de 2017, 2021, 2025 y 2029, tienen como propósito incentivar la presencia de mujeres en el ámbito legislativo.

Asimismo, hay otras normas que buscan este mismo objetivo, pero que tienen un carácter permanente, como la utilización de al menos un 10% de los recursos que les aporta de manera trimestral el Estado a los partidos para fomentar la participación política de las mujeres, como se consigna en el artículo 40 de la Ley 18.603 de Partidos Políticos.

Cabe señalar que el uso efectivo de los recursos que entrega el Estado en función de las normativas que tienen como fin promover la participación política inclusiva y equitativa de las mujeres son fiscalizados por la Subdirección de Partidos Políticos.

 

Aportes que recibirá cada partido

Partido UF Pesos
Evolución Política 500 UF $ 13.159.955.-
Federación Regionalista Verde Social 500 UF $ 13.159.955.-
Partido Comunista de Chile 1.500 UF $ 39.479.865.-
Partido Demócrata Cristiano 1.500 UF $ 39.479.865.-
Partido Humanista 500 UF $ 13.159.955.-
Partido Por La Democracia 2.000 UF $ 52.639.820.-
Partido Progresista 500 UF $ 13.159.955.-
Partido Radical Socialdemócrata 500 UF $ 13.159.955.-
Partido Socialista de Chile 2.500 UF $ 65.799.775.-
Partido Poder Ciudadano 500 UF $ 13.159.955.-
Partido Renovación Nacional 4.500 UF $118.439.595.-
Partido Revolución Democrática 2.000 UF $ 52.639.820.-
Partido Unión Demócrata Independiente 1.500 UF $ 39.479.865.-
TOTAL 18.500 UF $ 486.918.335

 

Parlamentarias que dan origen al aporte de 500 UF a sus partidos

Territorio Electoral Candidata electa Partido
SENADORAS ELECTAS
11° Circunscripción Carmen Gloria Aravena Acuña Evolución Política
6° Circunscripción Isabel Allende Bussi Partido Socialista de Chile
9° Circunscripción Ximena Rincón Gonzalez Partido Demócrata Cristiano
4° Circunscripción Yasna Provoste Campillay Partido Demócrata Cristiano
2° Circunscripción Luz Ebensperger Orrego Unión Demócrata Independiente
DIPUTADAS ELECTAS
Distrito 27 Aracely Leuquén Uribe Renovación Nacional
Distrito 26 Jenny Álvarez Vera Partido Socialista de Chile
Distrito 25 Emilia Nuyado Ancapichún Partido Socialista de Chile
Distrito 22 Andrea Parra Sauterel Partido Por La Democracia
Distrito 21 Joanna Pérez Olea Partido Demócrata Cristiano
Distrito 20 Francesca Muñoz González Renovación Nacional
Distrito 19 María Loreto Carvajal Ambiado Partido Por La Democracia
Distrito 16 Alejandra Sepúlveda Orbenes Federación Regionalista
Verde Social
Distrito 16 Virginia Troncoso Hellman Unión Demócrata Independiente
Distrito 14 Marisela Santibáñez Novoa Partido Progresista
Distrito 13 Gael Fernanda Yeomans Araya Revolución Democrática
Distrito 12 Camila Vallejo Dowling Partido Comunista de Chile
Distrito 12 Pamela Jiles Moreno Partido Humanista
Distrito 12 Ximena Ossandón Irarrazabal Renovación Nacional
Distrito 11 Catalina Del Real Mihovilovic Renovación Nacional
Distrito 11 Karin Luck Urban Renovación Nacional
Distrito 10 Maya Fernández Allende Partido Socialista de Chile
Distrito 10 Marcela Sabat Fernández Renovación Nacional
Distrito 10 Natalia Castillo Muñoz Revolución Democrática
Distrito 9 Karol Cariola Oliva Partido Comunista de Chile
Distrito 9 Cristina Girardi Lavín Partido Por La Democracia
Distrito 9 Maite Orsini Pascal Revolución Democrática
Distrito 8 Carmen Hertz Cádiz Partido Comunista de Chile
Distrito 8 Claudia Mix Jiménez Poder Ciudadano
Distrito 7 María José Hoffmann Opazo Unión Demócrata Independiente
Distrito 6 Carolina Marzán Pinto Partido Por La Democracia
Distrito 6 Camila Flores Oporto Renovación Nacional
Distrito 4 Daniella Cicardini Milla Partido Socialista de Chile
Distrito 4 Sofia Cid Versalovic Renovación Nacional
Distrito 3 Marcela Hernando Pérez Partido Radical Social Demócrata
Distrito 3 Paulina Núñez Urrutia Renovación Nacional
Distrito 3 Catalina Pérez Salinas Revolución Democrática

 

 

Servel dicta nueva normativa para la afiliación a partidos en formación o extensión

Para efectuar el trámite, que se puede realizar tanto en papel como online, se debe cumplir con una serie de requisitos legales, como estar habilitado para sufragar en la región respectiva y no encontrarse afiliado a otro partido político.

Como una manera de unificar y simplificar la regulación de los procedimientos de afiliación a los partidos políticos en formación o en trámite de extensión a regiones distintas a las que se encuentran inscritos legalmente, el Servicio Electoral (Servel) dictó una nueva normativa, la cual se encuentra vigente a partir de la publicación de la resolución respectiva, el 11 de enero pasado.

Según el documento, la afiliación a dichas colectividades se puede realizar tanto en papel como online, a través del sitio web del Servel.

En el primer caso, el trámite se debe realizar ante un ministro de fe, que para estos efectos puede ser un notario, un oficial del Registro Civil o un funcionario del Servel habilitado para ello. Cabe destacar que éste deberá certificar expresamente el hecho de que quien desea incorporarse a un partido político ha comparecido personalmente y firmado ante él. Luego, el solicitante debe remitir la ficha de afiliación al partido correspondiente, para que éste se pronuncie al respecto y comunique al Servel la afiliación. Finalmente, el partido debe realizar las verificaciones pertinentes ante el Servel para asegurar el cumplimiento de las exigencias legales de afiliación.

Entre los requisitos que debe declarar bajo juramento el nuevo afiliado está su condición de ciudadano habilitado para sufragar en la región respectiva, no militar en otro partido político inscrito o en formación, ni haber participado en la formación de un partido en los últimos 240 días previos a su solicitud.

Por otra parte, si bien los requisitos son los mismos al realizar el trámite online, éste se simplifica. Una forma es acceder con la clave única que otorga el Registro Civil al formulario de afiliación disponible en el sitio web del Servel, el cual se completa automáticamente con los datos del solicitante y constándose la factibilidad de su militancia. La otra manera es utilizar la firma electrónica que entrega un prestador acreditado según la Ley 19.799. En ambos, al completar el formulario se debe individualizar al partido elegido, al que el Servel reporta la nueva solicitud para que se pronuncie.

 

 

 

Servel actualiza planillas de ingresos y gastos de las Elecciones 2017

Este viernes el Servicio publicó un avance del proceso de revisión de las cuentas electorales que está llevando a cabo, tanto de las planillas correspondientes a los candidatos como a las de los partidos políticos que participaron en este proceso.

Desde el 25 de enero y hasta que concluya el proceso de auditoría a las cuentas electorales que presentaron los candidatos y partidos políticos que participaron en las elecciones del 19 de noviembre pasado, el Servicio Electoral (Servel) publicará actualizaciones del avance de dicha revisión, en el marco de la publicidad y transparencia de las mismas establecida en el artículo 54 de la Ley 19.884.

En esta oportunidad, además de los datos ya difundidos se incorporaron en las planillas de gastos los nombres de los proveedores, y en las planillas de ingresos los nombres de los aportantes, cuando se trata de contribuciones en que está autorizada su divulgación según la actual normativa.

El proceso de auditoría está a cargo de la Subdirección de Control del Gasto y Financiamiento Electoral, y según la legislación vigente se contempla la publicación de las cuentas de las ocho candidaturas a Presidente de la República, las 132 a senadores y las 960 a diputados.

Por otra parte, en la medida que progrese dicha revisión y que los administradores electorales esclarezcan las observaciones que se les haga presente, el Servicio se irá pronunciando sobre éstas, comunicando los reembolsos que correspondan en cada caso.

Presidente del Servel coordina Misión de Unasur en Referéndum de Ecuador
La máxima autoridad del Servicio Electoral de Chile es el coordinador general de la misión de observadores del organismo sudamericano que participará en la votación del próximo domingo 4 de febrero, la cual integran magistrados y directivos de órganos electorales de nueve países.

Este 4 de febrero Ecuador vivirá un nuevo referéndum y consulta popular que contempla siete preguntas, donde entre otros aspectos, se plantea una enmienda constitucional que limite a una sola vez la reelección de los cargos de representación popular, eliminando la reelección indefinida; otra que permita la reestructuración del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, dando por terminado el mandato de sus actuales miembros y facultando al nuevo Consejo que asuma transitoriamente sus funciones la potestad para evaluar a las autoridades que designa, pudiendo anticipar el termino de sus períodos; sobre  la inhabilidad para participar en la vida política del país de los condenados por actos de corrupción, y por la imprescriptibilidad de los delitos sexuales en contra de menores.

La instancia, que convoca a 13.026.598 electores, cuenta con la participación de misiones y observadores electorales internacionales que suman más de 150 personas y una interna de 800 miembros que se han acreditado para tal efecto.

Es en este contexto, que la Unión de Naciones Suramericanas (Unasur)  designó como representante especial de los cancilleres al ex vicecanciller de Uruguay, Roberto Conde, quien ha sido diputado, presidente del parlamento del Mercosur, y al presidente del Consejo Directivo del Servicio Electoral (Servel), Patricio Santamaría, en su calidad de miembro del Consejo Electoral de Unasur como coordinador general de la misión electoral de dicho organismo, la que en esta ocasión integran 30 directivos, magistrados y expertos de órganos electorales de nueve países.

“Coordinar una misión electoral de estas características junto con ser un honor y una gran responsabilidad, es una oportunidad muy valiosa para conocer de primera fuente el funcionamiento del proceso electoral en este país hermano, pudiendo recabar información, presenciar y analizar sus diferentes etapas, en los aspectos legales, administrativos, judiciales y de procedimiento. Asimismo, permite promover el intercambio de experiencias y realizar sugerencias y recomendaciones, en un clima de respeto y observando los principios de imparcialidad, objetividad, independencia, legalidad, no injerencia y transparencia que orientan a estas misiones”, destacó el Presidente del Consejo Directivo del Servel.

El Consejo Electoral de Unasur se creó en 2012 y está conformado por los presidentes de los órganos electorales de los países participantes, el que, entre sus funciones, tiene la de organizar misiones electorales en las naciones que lo soliciten, habiendo realizado 25 hasta la fecha, en diferentes actos electorales.

Sus objetivos consideran, además de la observación del proceso de votación, conteo y consolidación de los resultados, favorecer el conocimiento en materia electoral y aportar información de carácter técnico que permita al órgano electoral fortalecer sus procesos de gestión en la organización de los procesos electorales.

En el marco de dicha misión, pueden circular libremente por el territorio; entrevistarse con funcionarios, autoridades y ciudadanos; conocer documentos electorales, y registrar y reportar controversias o situaciones irregulares que se presenten en la jornada electoral.

Finalmente, deben entregar un informe previo el segundo día anterior a la votación; un informe preliminar al día siguiente de la jornada electoral y un informe final dentro de los 15 días posteriores a la proclamación definitiva de los resultados del referéndum y consulta popular. Cabe destacar que en Ecuador los informes de observación, si bien no son vinculantes, son considerados por las autoridades electorales para implementar mejoras futuras.