Este 14 de enero a las 9.00 hrs. en el Servicio Electoral y ante su Director Nacional, Raúl García, se dio cumplimiento al Decreto Exento N° 1.886 de fecha 24 de noviembre de 2020, la Ley N° 21.221, Reforma Constitucional que establece un nuevo itinerario electoral para el Plebiscito Constituyente y otros eventos electorales y, el articulo N° 24 de la Ley N° 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, el artículo 91 de la Ley N° 19.195 Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional y el artículo 114 de la Ley N° 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, de realizar en audiencia pública, el sorteo del orden de las 101 listas declaradas, para determinar la precedencia de los candidatos en las respectivas cédulas electorales, para las elecciones de Convencionales Constituyentes, Gobernadores Regionales, Alcaldes y Concejales, que se llevarán a efecto el domingo 11 de abril de 2021.
En esta ocasión y en concordancia con las medidas de sanidad impuestas por efectos de la pandemia, este sorteo se llevó a cabo vía telemática y transmitido por redes sociales de Servel.
El sorteo se efectuó con letras del abecedario en número igual al de listas declaradas, incorporándose a este abecedario las siguientes combinaciones de letras (XA…….XZ ;YA……..YZ; ZA, ZB, ZC, ZD……etc.) asignándole la primera letra que arroje el sorteo a la lista primeramente declarada y las restantes letras a las demás en el orden de su recepción.
Las letras asignadas distinguirán a las listas en las cédulas oficiales en todos los territorios electorales para la elección de Convencionales Constituyentes, Gobernadores Regionales, Alcaldes y Concejales.
En el caso de la identificación de escaños reservados para los Pueblos Indígenas, estos se identificarán en la Cédula Oficial con el nombre del Pueblo Indígena que corresponda.
En el sorteo realizado el día 14 de enero se obtiene el siguiente resultado:
ECOLOGISTAS E INDEPENDIENTES (Gobernadores Regionales, Alcaldes y Concejales)
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LETRA: XZ | |
CHILE VAMOS (Gobernadores Regionales y Alcaldes)
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LETRA: XX | |
CHILE VAMOS RENOVACIÓN NACIONAL – INDEPENDIENTES (Concejales)
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LETRA: XK | |
CHILE VAMOS UDI – INDEPENDIENTES (Concejales)
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LETRA: ZJ | |
CHILE VAMOS EVOPOLI – INDEPENDIENTES (Concejales) | LETRA: ZG | |
CHILE VAMOS – PRI E INDEPENDIENTES (Concejales)
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LETRA: YM | |
FRENTE AMPLIO (Gobernadores Regionales, Alcaldes y Concejales)
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LETRA: XS | |
UNIDAD CONSTITUYENTE (Gobernadores Regionales)
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LETRA: YN | |
MOVIMIENTOS SOCIALES AUTÓNOMOS (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: P | |
DIGNIDAD AHORA (Alcaldes y Concejales)
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LETRA: XY | |
HUMANICEMOS CHILE (Gobernadores Regionales)
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LETRA: YA | |
IGUALDAD PARA CHILE (Gobernadores Regionales)
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LETRA: U | |
A PULSO, POR EL BUEN VIVIR (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: XC | |
INDEPENDIENTES CRISTIANOS (Gobernadores Regionales, Alcaldes y Concejales) |
LETRA: YC | |
CIUDADANOS CRISTIANOS (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: YX | |
RADICALES E INDEPENDIENTES (Concejales)
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LETRA: ZU | |
ORGANIZACIONES SOCIALES Y TERRITORIALES DEL WALLMAPU (Convencionales Constituyentes)
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LETRA:ZK | |
INDEPENDIENTES NUEVA CONSTITUCION (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: ZA | |
CORRIENTES INDEPENDIENTES (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: YZ | |
UNIDAD POR EL APRUEBO P.S PPD E INDEPENDIENTES (Concejales)
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LETRA: YW | |
VOCES CONSTITUYENTES (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: T | |
LA LISTA DEL PUEBLO MAULE SUR (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: ZD | |
LA LISTA DEL PUEBLO (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: ZN | |
INSULARES E INDEPENDIENTES (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: G | |
INDEPENDIENTES CON CHILE (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: ZY | |
MOVIMIENTOS SOCIALES INDEPENDIENTES (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: YK | |
INDEPENDIENTES DEL BIOBÍO POR UNA NUEVA CONSTITUCIÓN (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: I | |
MOVIMIENTO SOCIAL CONSTITUYENTE (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: XT | |
SEXTA UNIDA (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: XV | |
COORDINADORA SOCIAL DE MAGALLANES (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: ZI | |
UNIDOS POR LA DIGNIDAD (Alcaldes y Concejales)
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LETRA: XU | |
MOVIMIENTOS SOCIALES: UNIDAD DE INDEPENDIENTES (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: ZL | |
MOVIMIENTOS SOCIALES PLURINACIONALES E INDEPENDIENTES (Convencionales Constituyentes) | LETRA: ZH | |
TARAPACAFELIZ (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: ZO | |
SOBERANÍA CIUDADANA (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: D | |
INDEPENDIENTES POR UNA NUEVA CONSTITUCIÓN (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: YV | |
INDEPENDIENTES POR UNA ATACAMA FELIZ (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: XQ | |
NOBLES HIJXOS DE TARAPACÁ (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: XB | |
LISTA SOCIAL PODER CONSTITUYENTE A TODA COSTA (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: YT | |
MOVIMIENTO INDEPENDIENTES DEL NORTE (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: ZZ | |
INDEPENDIENTES DE TARAPACÁ (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: A | |
BIOBÍO SIN PARTIDOS (Convencionales Constituyentes) | LETRA: F
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INDEPENDIENTES POR LA NUEVA CONSTITUCION (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: ZT | |
FELICES E INDEPENDIENTES (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: YJ | |
DECISIÓN CIUDADANA (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: ZM | |
LISTA DEL PUEBLO TRANSFORMANDO DESDE EL WILLI (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: Q | |
LISTA DEL APRUEBO (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: YB | |
FELICES SIN PARTIDOS (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: ZP | |
VAMOS POR CHILE (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: XP | |
REPUBLICANOS (Gobernadores Regionales, Alcaldes y Concejales)
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LETRA: XO | |
LA LISTA DEL PUEBLO 100 % INDEPENDIENTES (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: YP | |
REGIONALISMO CIUDADANO INDEPENDIENTE (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: XM | |
INDEPENDIENTES FELICES (Convencionales Constituyentes | LETRA: ZS
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INDEPENDIENTES TRANSPARENTES (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: C | |
INDEPENDIENTES DEL NORTE GRANDE POR UNA NUEVA CONSTITUCIÓN (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: L | |
FELICES SIN PARTIDO (Convencionales Constituyentes) | LETRA: YR
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NUEVO TIEMPO (Alcaldes y Concejales) | LETRA: YG
|
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APRUEBO DIGNIDAD (Convencionales Constituyentes) | LETRA: YQ | |
CIUDADANOS INDEPENDIENTES (Alcaldes y Concejales)
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LETRA: XE | |
INDEPENDIENTES DE ÑUBLE POR LA NUEVA CONSTITUCIÓN (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: YF | |
FUERZA POPULAR TERRITORIAL (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: V | |
INDEPENDIENTES Y MOVIMIENTOS SOCIALES DEL APRUEBO (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: YU | |
INDEPENDIENTES DISTRITO 6 + LISTA DEL PUEBLO (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: S | |
PUEBLO UNIDO TARAPACA (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: E | |
CHILE DIGNO VERDE Y SOBERANO (Alcaldes y Concejales)
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LETRA: M | |
POR DIGNIDAD REGIONAL (Gobernadores Regionales)
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LETRA: ZV | |
REGIONALISTAS VERDES (Gobernadores Regionales)
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LETRA: ZX | |
LISTA DEL PUEBLO – RÍOS INDEPENDIENTES (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: XD | |
NUESTRAS VOCES (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: ZQ | |
INDEPENDIENTES COMO TÚ (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: H | |
PARTIDO ECOLOGISTA VERDE (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: XA | |
MAGALLANICOS NO NEUTRALES (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: XR | |
FELICES E INDEPENDIENTES D9 (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: XW | |
PARTIDO HUMANISTA (Convencionales Constituyentes) | LETRA: XG
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UNIÓN PATRIOTICA (Gobernadores Regionales, Alcaldes, Concejales y Convencionales Constituyentes) |
LETRA:ZB | |
LA LISTA DEL PUEBLO DISTRITO 12 (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: YL | |
PROFESORAS E INGENIERAS (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: YH | |
FUTURO FELIZ (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: B | |
CABILDO AUTOCONVOCADO (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: ZF | |
UNIDAD POR EL APRUEBO (Alcaldes)
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LETRA: K | |
FYF DEMOCRACIA DIGITAL (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: YY | |
ASAMBLEA POPULAR POR LA DIGNIDAD (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: XI | |
ASAMBLEA POPULAR CONSTITUYENTE (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: ZW | |
LA LISTA DEL PUEBLO DISTRITO 9 (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: N | |
FELICES SIN PARTIDO D26 (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: R | |
FELIZ DEMOCRACIA (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: O | |
COMUNIDAD INDEPENDIENTE DE MAULE (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: YO | |
PARTIDO DE TRABAJADORES REVOLUCIONARIOS (Gobernadores Regionales, Concejales y Convencionales Constituyentes)
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LETRA: ZR | |
MOVIMIENTO SOCIAL “LA LISTA DEL PUEBLO” (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: ZE | |
CHILE INDEPENDIENTE (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: W | |
INDEPENDIENTES SIN PADRINOS (Convencionales Constituyentes)
|
LETRA: YS | |
ENERGIA INDEPENDIENTE (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: XF | |
AUTONOMIA SOCIAL Y SINDICAL TARAPACA (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: XN | |
LISTA POR LA JUSTICIA SOCIAL (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: XH | |
PATAGONIA SOMOS TODOS (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: YD | |
REPUBLICA DE LOS INDEPENDIENTES DE MAGALLANES (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: YE | |
ELIGE LA LISTA DEL PUEBLO (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: J | |
COMUNIDAD INDEPENDIENTE VENSEREMOS (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: XL | |
FUERZA SOCIAL DE ÑUBLE, LA LISTA DEL PUEBLO (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: XJ | |
FELICES INDEPENDIENTES 8D (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: ZC | |
LISTA INDEPENDIENTE PARTO SOCIAL (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: YI |
Descargue el acta aquí.
Vea el sorteo en el siguiente link: https://www.youtube.com/watch?v=wdtJwNA5blM
En Santiago de Chile a 15 de enero de 2021, a las 17:00 horas, se realizó sorteo complementario de nueve listas, para la elección de Convencionales Constituyentes y Gobernadores Regionales, transmitido en línea, utilizando igual número de combinaciones de letras, con el siguiente resultado:
LISTA DEL PUEBLO – MOVIMIENTO TERRITORIAL CONSTITUYENTE (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: WD | |
ASAMBLEA CONSTITUYENTE ATACAMA (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: WJ | |
SUMATE AHORA (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: WE | |
FELICES E INDEPENDIENTES POR LA CUARTA REGIÓN (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: WH | |
INDEPENDIENTES DEL APRUEBO REGION COQUIMBO (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: WI | |
ARICA SIEMPRE ARICA (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: WK | |
FELICES ARICA Y PARINACOTA (Convencionales Constituyentes) | LETRA: WF
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PARTIDO NACIONAL CIUDADANO (Gobernadores Regionales)
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LETRA: WG
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INDEPENDIENTES POR LA REGIÓN DE COQUIMBO (Convencionales Constituyentes)
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LETRA: WB |
El total general de listas presentadas es de 110.
Descargue el acta complementaria aquí.
Vea el sorteo en el siguiente link: https://www.youtube.com/watch?v=ZbyHj-Tut7w
Comunicado: Cierre del proceso de declaración de candidaturas
El Consejo Directivo del Servicio Electoral considerando las diferentes características de las cuatro elecciones a realizarse el próximo 11 de abril del año en curso, en el cual se elegirán las y los Convencionales Constituyentes y además, por primera vez las y los Gobernadores Regionales más las autoridades municipales unipersonales y colegiadas, elecciones para las cuales se han presentado alrededor de 18.000 candidatas y candidatos, en lo que constituye la cifra más alta en elección anterior alguna, ha determinado que todas las declaraciones de candidaturas ingresadas hasta las 23:59 horas del pasado lunes 11 de enero, cuenten con la posibilidad de resolver aspectos administrativos y formales, que pudieren afectarlas, durante el jueves 14 de enero en curso.
Desde este martes, los equipos nacionales y regionales del Servel se encuentran trabajando en el análisis de los datos, la revisión de la documentación requerida y el cumplimiento de los distintos requisitos, por lo que las principales cifras se entregarán junto con las resoluciones de aceptación o rechazo de candidaturas.
A su vez, como parte de este proceso y en cumplimento con lo dispuesto por la normativa, este jueves 14 de enero a las 9:00 horas se celebrará en audiencia pública realizada telemáticamente por efectos de pandemia, el sorteo del orden de las listas declaradas, para determinar la precedencia de ellas en las respectivas cédulas electorales, para cada una de las elecciones de Convencionales Constituyentes, Gobernadores y Gobernadoras Regionales, Alcaldes y Alcaldesas y Concejales y Concejalas, que se llevarán a efecto el domingo 11 de abril de 2021.
El sorteo será emitido por el canal de YouTube de Servel, ServicioElectoralCl.
Elecciones: sorteo de orden de listas será telemático
Como parte del proceso de declaración de candidaturas para las elecciones de Convencionales Constituyentes, Gobernadores Regionales, Alcaldes y Concejales, que se llevarán a efecto el domingo 11 de abril de 2021 y en cumplimento con lo dispuesto por la normativa, este jueves 14 de enero a las 9:00 horas se celebrará en audiencia pública realizada telemáticamente por efectos de pandemia, el sorteo del orden de las listas declaradas, para determinar la precedencia de los candidatos en las respectivas cédulas electorales.
El sorteo será emitido por el canal de YouTube de Servel, ServicioElectoralCl.
Aceptación o rechazo de candidaturas: los plazos para tomar en cuenta
Luego de que se cumpla el plazo de la declaración de candidaturas para las Elecciones de Convencionales Constituyentes, Gobernadores Regionales, Alcaldes y Concejales, este 11 de enero, existe una serie de fechas importantes para la aceptación o rechazo de ellas, así como también las reclamaciones posibles, contemplando mecanismos diferenciados.
Plazo de aceptación o rechazo
El Consejo del Servicio Electoral, dentro de los diez días siguientes a aquel en que venza el plazo para declaración de candidaturas, es decir, el 21 de enero próximo, deberá dictar una resolución que se notificará al correo electrónico que los candidatos deberán informar en el momento de la declaración, la que se pronunciará sobre la aceptación o rechazo de la candidatura. Las resoluciones respectivas se publicarán el 23 de enero próximo en el Diario Oficial.
Derecho de Reclamo
Los candidatos podrán, dentro de los cinco días siguientes a la publicación de la resolución a que se refiere el párrafo anterior, reclamar ante el Tribunal Calificador de Elecciones. Este Tribunal fallará en el término de diez días contado desde la interposición del reclamo y su resolución se notificará al Director del Servicio Electoral y a los interesados por carta certificada.
De la inscripción de candidaturas
Dentro de los tres días siguientes de vencido el plazo de esos cinco días o del fallo del Tribunal Calificador de Elecciones, si lo hubiere, el Director del Servicio Electoral procederá a inscribir las candidaturas en un Registro Especial.
Plazo de aceptación o rechazo
Corresponde exclusivamente a los Directores Regionales del Servicio Electoral, pronunciarse dentro de los diez días siguientes al vencimiento del plazo para declarar las candidaturas, sobre la aceptación o rechazo de las que hubieren sido declaradas. La resolución se publicará en un diario de mayor circulación en la región respectiva, teniendo como plazo máximo para ello, el sábado 23 de enero de 2021.
Derecho de Reclamo
Los partidos políticos y candidatos independientes podrán, dentro de los cinco días siguientes a la publicación de la referida resolución, reclamar de ella ante el Tribunal Electoral Regional respectivo, el que deberá pronunciarse dentro del quinto día.
Apelación ante el Tribunal Calificador de Elecciones
En conformidad a lo preceptuado en los artículos 96 de la Constitución Política y 119 inciso segundo, de la Ley Nº 18.695, las resoluciones que dicten los Tribunales Electorales Regionales serán apelables para ante el Tribunal Calificador de Elecciones.
Padrón auditado suma 14.900.089 electores habilitados para votar en las Elecciones de abril de 2021
En cumplimiento de la ley, este lunes 11 de enero el Servicio Electoral publicó en su sitio web el padrón electoral y la nómina de inhabilitados con carácter de auditados, con los datos y antecedentes que ordena la legislación, para que los electores y electoras puedan corroborar la información que contienen dichos listados y presentar sus objeciones dentro de 10 días.
Tras la auditoría realizada por dos empresas del rubro, este lunes 11 de enero Servel publicó en su sitio web el padrón electoral y la nómina de inhabilitados con carácter de auditados para las Elecciones de Convencionales Constituyentes, Gobernadores/as Regionales, Alcaldes/as y Concejales/as 2021. Estos listados contemplan las sugerencias consignadas en los informes de las auditoras, en los casos que el Servel consideró pertinentes, de acuerdo con el artículo 32 de la Ley 18.556, sobre Inscripciones Electorales y Servicio Electoral.
Según los datos publicados, el padrón está compuesto por 14.900.089 electores habilitados para sufragar en el territorio nacional.
Hombres | Mujeres | Total | |
Total de electores/as habilitados |
7.257.671 |
7.642.418 |
14.900.089 |
El objetivo de esta publicación, según los artículos 47 y 48 de la citada ley, es que las personas puedan corroborar la información que contienen dichos listados y presentar sus objeciones dentro del plazo que considera la ley para ello.
En situaciones que las personas consideren que injustificadamente fueron omitidas de estos listados, pueden reclamar, entre el 12 y el 21 de enero ante el Tribunal Electoral Regional (TER) de su domicilio electoral. El listado de TER se encuentra disponible aquí.
Asimismo, cualquier persona natural, partido político o candidato podrá presentar reclamaciones respecto de electores infundadamente omitidos del padrón o que aparezcan con datos erróneos, y solicitar la exclusión de quien figure en éste contraviniendo la ley. Este debe presentarse ante el TER que corresponda al domicilio del elector sobre el que se reclame.
Luego de revisar los antecedentes, en los casos que corresponda el TER ordenará la incorporación, rectificación de los datos o la exclusión de los padrones electorales del reclamante o electores afectados.
En términos porcentuales, un 51% del padrón electoral lo componen mujeres y un 49% hombres, manteniendo los porcentajes de los últimos padrones.
La ley N°21.298, publicada el 23 de diciembre y que modifica la Constitución para reservar escaños a representantes de los pueblos indígenas en la Convención Constitucional y para resguardar y promover participación de las personas con discapacidad en la elección de Convencionales Constituyentes, exige por primera vez al Servicio Electoral identificar en el padrón a los electores indígenas y al pueblo al que pertenecen. Esta información se obtuvo, como la ley establece, utilizando como fuente los principales datos, registros y nóminas de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (Conadi) y el Servicio de Registro Civil e Identificación. Es así como es posible informar que, de los 14.900.089 electores y electoras habilitados para sufragar, 1.231.276 son indígenas.
Hombres | Mujeres | Total | |
Electores/as indígenas habilitados | 579.239 | 652.037 | 1.231.276 |
Las principales cifras de los pueblos indígenas indican que su presencia por regiones se establece de la siguiente forma:
PUEBLO INDÍGENA | ||||||||||
REGIÓN | AIMARA | COLLA | DIAGUITA | KAWASHKAR | LICAN ANTAY o ATACAMEÑO | MAPUCHE | QUECHUA | RAPA NUI | YAGAN o YAMANA |
TOTAL |
ARICA Y PARINACOTA | 32.412 | 160 | 1.038 | 1 | 497 | 4.346 | 637 | 7 | – | 39.098 |
TARAPACA | 27.749 | 401 | 4.436 | 3 | 618 | 6.488 | 1.952 | 15 | 1 | 41.663 |
ANTOFAGASTA | 4.334 | 266 | 5.429 | 2 | 19.596 | 7.595 | 3.982 | 11 | – | 41.215 |
ATACAMA | 1.009 | 7.404 | 18.900 | 1 | 188 | 5.064 | 76 | 19 | – | 32.661 |
COQUIMBO | 2.189 | 412 | 14.026 | – | 555 | 10.482 | 250 | 24 | 13 | 27.951 |
VALPARAISO | 1.973 | 175 | 3.899 | 8 | 294 | 35.382 | 151 | 3.122 | 10 | 45.014 |
METROPOLITANA | 3.841 | 193 | 4.028 | 20 | 518 | 291.728 | 297 | 399 | 11 | 301.035 |
O’HIGGINS | 337 | 19 | 346 | 6 | 36 | 21.195 | 20 | 21 | 1 | 21.981 |
MAULE | 241 | 11 | 225 | – | 24 | 19.527 | 38 | 16 | 1 | 20.083 |
ÑUBLE | 135 | 5 | 59 | 1 | 24 | 7.503 | 18 | 12 | – | 7.757 |
BIOBIO | 448 | 9 | 201 | 13 | 53 | 80.787 | 93 | 37 | 7 | 81.648 |
LA ARAUCANIA | 326 | 37 | 136 | 19 | 31 | 264.592 | 10 | 58 | 4 | 265.213 |
LOS RIOS | 171 | 3 | 61 | 11 | 13 | 73.043 | 9 | 27 | 2 | 73.340 |
LOS LAGOS | 417 | 16 | 131 | 22 | 21 | 176.186 | 19 | 23 | 2 | 176.837 |
AYSEN | 86 | 3 | 28 | 3 | 5 | 23.509 | 1 | 8 | 1 | 23.644 |
MAGALLANES | 137 | 11 | 81 | 399 | 14 | 31.340 | 3 | 26 | 125 | 32.136 |
TOTALES | 75.805 | 9.125 | 53.024 | 509 | 22.487 | 1.058.767 | 7.556 | 3.825 | 178 | 1.231.276 |
Las cifras del padrón también dan cuenta de la concentración del electorado a lo largo del país. Al respecto, las 10 comunas con mayor cantidad de electores habilitados para sufragar son las siguientes:
COMUNA |
ELECTORES |
PUENTE ALTO |
399.734 |
MAIPU |
389.731 |
SANTIAGO |
340.267 |
LA FLORIDA |
307.413 |
VIÑA DEL MAR |
301.363 |
VALPARAISO |
290.111 |
ANTOFAGASTA |
286.944 |
LAS CONDES |
269.511 |
TEMUCO |
236.906 |
SAN BERNARDO |
228.182 |
Las 10 nacionalidades con mayor número de extranjeros habilitados para sufragar en Chile en las próximas elecciones son las siguientes:
NACIONALIDAD (PAIS) |
Electores/as habilitados para sufragar |
PERU |
149.312 |
COLOMBIA |
49.745 |
BOLIVIA |
47.926 |
ARGENTINA |
29.714 |
ECUADOR |
17.000 |
ESPAÑA |
13.979 |
VENEZUELA |
10.260 |
REPUBLICA POPULAR CHINA |
10.009 |
ESTADOS UNIDOS |
9.047 |
BRASIL |
8.778 |
La nómina de inhabilitados la integran 237.888 personas.
Convención Constitucional: Un pueblo indígena no cuenta con precandidatos y otros tres no logran mínimo de patrociniosA un día del cierre del plazo para la presentación de candidaturas no existen representantes del pueblo chango que hayan solicitado su habilitación para ser candidatos a la Convención Constitucional. Y si bien representantes de los otros pueblos están habilitados, ninguno de los collas, yámanas (o yaganes) y kawashkar logran el mínimo de patrocinios que les permita declarar su candidatura.
Este lunes 11 de enero a las 23:59 horas vence el plazo de declaración de candidaturas para las elecciones de Convencionales Constituyentes, Gobernadores Regionales, Alcaldes y Concejales del 11 de abril, y hasta el último reporte de Servel sobre su Sistema de Patrocinios en Línea del día sábado a las 17:00 horas, podrían presentarse como candidatos representantes para cubrir sólo 13 de los 17 escaños reservados para la Convención Constitucional.
La modificación constitucional que reserva escaños a representantes de los pueblos indígenas en la Convención Constitucional, publicada en el Diario Oficial el 23 de diciembre, señala que los escaños sólo serán aplicables para los pueblos reconocidos en la Ley N° 19.253 a la fecha de publicación de la reforma. Por lo anterior, los 17 escaños reservados corresponden a:
Respecto de los patrocinios necesarios para declarar las candidaturas, la ley indica:
“Las declaraciones de candidaturas serán individuales, y, en el caso de los pueblos Mapuche, Aimara y Diaguita, deberán contar con el patrocinio de a lo menos tres comunidades o cinco asociaciones indígenas registradas ante la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena o un cacicazgo tradicional reconocido por ley, correspondientes al mismo pueblo del candidato o candidata. También podrán patrocinar candidaturas las organizaciones representativas de los pueblos indígenas que no estén inscritas, requiriéndose tres de ellas.
Dichas candidaturas también podrán ser patrocinadas por a lo menos ciento veinte firmas de personas que tengan acreditada la calidad indígena del mismo pueblo del patrocinado. En los demás pueblos bastará el patrocinio de una sola comunidad, asociación registrada u organización indígena no registrada; o bien, de a lo menos sesenta firmas de personas que tengan acreditada la calidad indígena del mismo pueblo del patrocinado”.
De conformidad a las facultades delegadas al Servicio Electoral por el Congreso Nacional mediante la Ley N° 21.257, las que puede ejercer mientras el país se encuentre en estado de alerta sanitaria, se autoriza que las Asambleas de Comunidades, Asociaciones y Organizaciones aptas para otorgar patrocinios y convocadas para ese efecto, puedan realizarse también vía on line, y que en ellas se apruebe un acta que deje constancia del patrocinio a un determinado candidato o candidata y al candidato alternativo del sexo opuesto, y que encargue a una determinada persona, que solicite al Servel que la autorice, presencialmente o a través de Clave Única.
Cabe destacar que el reporte de patrocinios de Servel es únicamente en base a su Sistema de Patrocinios en Línea y que no considera los patrocinios notariales que podrán ser presentados en las declaraciones de candidaturas. Los candidatos o candidatas también pueden ser patrocinados por las asociaciones u organizaciones indígenas que la ley indica.
Podrán ser candidatos o candidatas las personas indígenas que:
Paridad de género
Para efectos de garantizar la paridad, cada declaración de candidatura deberá inscribirse designando una candidatura paritaria alternativa del sexo opuesto, y que cumpla con los mismos requisitos de el o la candidata a que eventualmente deba sustituir por razones de paridad, en caso de que sea necesario aplicar el mecanismo de corrección por paridad de género de la Ley N°21.298.
Domicilio electoral de los candidatos
Los candidatos deberán acreditar que tienen su domicilio electoral en las siguientes regiones, según el pueblo al que pertenezcan:
No será aplicable a los candidatos a esta elección ningún otro requisito, inhabilidad o prohibición.
Los ciudadanos que tengan acreditada la calidad indígena podrán patrocinar a un representante a la Convención Constitucional de su mismo pueblo, o bien a uno general (que no represente a pueblos indígenas).
Todo el detalle de la información se encuentra en la cartilla a la que se puede acceder aquí. Los formularios y toda la información sobre las Elecciones de Convencionales Constituyentes, Gobernadores Regionales, Alcaldes y Concejales en todo el territorio nacional se encuentra también disponible en el sitio web de Servel.
Servel informa horarios de formalización de pactos y declaración de candidaturas
De manera presencial, hasta las 17:00 horas de este lunes 11 de enero se recibirán formalizaciones de pactos, permitiendo el acceso a dependencias de Servel de sólo dos personas por Partido. Asimismo, hasta las 21:00 horas se hará recepción presencial de la documentación requerida para las declaraciones de candidaturas. Fuera de ese horario y hasta las 24:00 horas del mismo día, podrán presentarse a través del Sistema Declaración de Candidaturas en línea.
Este 11 de enero es la fecha límite para la formalización de pactos y declaración de candidaturas en miras a las elecciones de Convencionales Constituyentes, Gobernadores Regionales, Alcaldes y Concejales 2021, que se vivirá en contexto de pandemia y con toque de queda, por lo que Servel ha dispuesto horarios máximos para estas gestiones.
Para la recepción de la formalización de pactos, que se realiza de forma presencial, se establece como horario tope de éstos hasta las 17.00 horas, por lo que se deberá gestionar el horario en que se concurrirá solicitando previamente una hora de atención.
Considerando las exigencias sanitarias de protección vigentes y que la sede del Servicio Electoral se encuentra en la comuna de Santiago, se aceptará la presencia sólo del Presidente (a), y del Secretario (a) de cada uno de los partidos políticos participantes, esto es, hasta dos personas por partido.
Para el proceso de declaración de candidaturas, Servel reiteró a los Partidos Políticos preferir el uso del Sistema Web de Declaración de Candidaturas, toda vez que la recepción presencial de documentación solo se realizará hasta las 21.00 horas del día 11 de enero, atendidas las restricciones impuestas a la ciudadanía por el estado de excepción. Con posterioridad a las 21.00 horas, sólo podrán ingresarse declaraciones de candidaturas en línea, en el sistema que se encontrará abierto hasta las 24.00 horas.
Para aquellas declaraciones ingresadas por el Sistema Web de Declaración de Candidaturas después de las 21.00 horas, la documentación debe ser remitida antes de las 24.00 horas al correo electrónico candidaturas@servel.cl
Quienes asistan a formalizar pactos y declarar candidaturas en todo momento deberán dar cumplimiento estricto a las medidas sanitarias generales, tales como uso de mascarillas, distanciamiento físico de mínimo un metro entre las personas y desinfección de manos con alcohol gel, medidas a considerar tanto en el nivel central de Servel como en las Direcciones Regionales.
IMPORTANTE: las listas conformadas por los independientes que ya cuentan con sus patrocinios tienen que declararse ante los Directores Regionales del Servicio Electoral, utilizando el formulario que tenemos dispuesto en la web. Mañana vence el plazo para todas estas gestiones y las Direcciones Regionales atenderán conforme a los horarios señalados.
Los independientes que hayan recibido patrocinios en línea no deberán imprimir dichos patrocinios para sus declaraciones.
Asimismo, con el fin de mantener el aforo y la seguridad sanitaria del personal que se encontrará en las distintas instalaciones de Servel, no se permitirá el ingreso de medios de comunicación. Las declaraciones y entrevistas deberán ser realizadas en las afueras de los edificios donde, a su vez, no estarán permitidos los actos de apoyo o manifestaciones, de acuerdo con las medidas sanitarias vigentes.
Elecciones abril 2021: a cuatro días del cierre de patrocinios y declaración de candidaturas
Los interesados en ser candidatos a Convencionales Constituyentes, Gobernadores Regionales, Alcaldes y Concejales deben presentar sus candidaturas ante el Servicio Electoral a más tardar la medianoche del 11 de enero.
Desde la convocatoria a la elección de los miembros de la Convención Constitucional, publicada en el Diario Oficial el 28 de noviembre de 2020, el Servicio Electoral (Servel) ha puesto a disposición en su sitio web la información para todos los interesados en ser candidatos a esta elección, sumándola a la de quienes deseen optar a los cargos de Gobernadores Regionales, Alcaldes y Concejales.
Con la publicación de la modificación Constitucional que permite el patrocinio de independientes a la Convención Constitucional en línea, Servel puso a disposición de la ciudadanía la posibilidad de patrocinar a los independientes desde el martes 15 de diciembre. Hasta este miércoles 6 de enero de 2021, el Sistema de Patrocinios en Línea había arrojado la siguiente habilitación:
Candidaturas:
ALCALDES | CONCEJALES | CONVENCIONALES CONSTITUYENTES | GOBERNADORES REGIONALES | PUEBLOS INDIGENAS | Total general |
1.429 | 14.723 | 2.951 | 81 | 61 | 19.245 |
Patrocinios Convencionales Constituyentes Generales: | 237.618 |
Patrocinios Convencionales Constituyentes Pueblos Indígenas: | 7.543 |
Tras la publicación de la ley de escaños reservados para pueblos indígenas, realizada el 23 de diciembre, Servel acordó a qué distritos se restarían dichos escaños, y habilitó el sistema de patrocinio en línea también para los pueblos indígenas.
Ya son miles los chilenos y chilenas que han patrocinado a independientes para la Convención Constitucional en línea, con su Clave única, en un simple trámite que dura menos de cinco minutos. Otros también lo han hecho en notarías, donde también se puede patrocinar a candidatos independientes a Gobernadores Regionales, Alcaldes y Concejales.
Quienes no han podido patrocinar a independientes para la Convención Constitucional en línea por no contar con su Clave Única, ya pueden obtenerla 100% en línea, según lo informado por el Registro Civil.
Los independientes pueden ser candidatos a la Convención Constitucional de tres maneras:
Resolución O N°622 Determina Mínimos Patrocinio Convencionales Constituyentes 2021 y deja sin efecto la resolución O N°596 ver
Al respecto, el Presidente del Consejo Directivo de Servel, Patricio Santamaría recordó que: “Patrocinar a un independiente no significa votar necesariamente por ese candidato, ni aportar económicamente, sino permitir al candidato cumplir con el requisito del número de firmas para declarar su candidatura y participar en el proceso de elecciones y solamente se puede patrocinar a un candidato o candidata”.
Patrocinios en línea
Para ingresar a la plataforma patrocinantes.servel.cl el patrocinante deberá contar con Clave Única, sistema mediante el que se realizará la autentificación de identidad. En caso de no tenerla, la deberá obtener en el Servicio de Registro Civil e Identificaciones.
Una vez ingresado con Clave Única y si se encuentra habilitado para patrocinar, se mostrará sus datos personales, el Distrito Electoral que corresponde a su inscripción electoral, y los candidatos habilitados en el Distrito Electoral. Se le solicitará un correo electrónico, el cual deberá ingresarlo en dos oportunidades.
Importante: para estar habilitado para patrocinar se requiere ser independiente (no estar afiliado a algún partido político) y ser chileno (no extranjero).
El patrocinante deberá escoger un solo candidato, y deberá ratificar con plena seguridad el patrocinio a ese candidato, pues una vez escogido no podrá rectificar su decisión.
El patrocinante deberá aceptar los términos del patrocinio y recibirá en su correo electrónico su determinación de patrocinio a la candidatura independiente de Elección de Convencional Constituyente.
Por su parte, y en forma previa, los candidatos independientes a la elección de Convencionales Constituyentes deberán solicitar por correo electrónico candidaturasnn@servel.cl donde nn es el número de la región, desde 01 a 16, a la Dirección Regional del Servicio Electoral correspondiente al distrito electoral por el cual desea ser candidato, para ser habilitado como tal, sin necesidad de otro trámite o llenado de formularios.
Servel reitera el llamado a informarse por los canales oficiales: web: servel.cl, twitter: @ServelChile; IG: servel.chile; Facebook: Servicio Electoral de Chile o llamando al 600 6000 166
Pueblos Indígenas: Servel da a conocer cartilla informativa para candidaturas a Convención Constituyente
Quienes deseen postular a alguno de los 17 escaños reservados para pueblos indígenas con miras a la elección de Convencionales Constituyentes podrán acceder al sistema de patrocinios en línea y a toda la información que necesitan en el sitio web del Servicio Electoral.
El sistema de patrocinios en línea, la cartilla informativa y los formularios para las candidaturas de representantes de pueblos indígenas a la Convención Constituyente ya se encuentran disponibles en el sitio web del Servicio Electoral, Servel, según lo establecido en el inciso décimo quinto de la disposición cuadragésima tercera transitoria de la Constitución Política, publicada el 23 de diciembre con la finalidad de garantizar la representación y participación de los pueblos indígenas reconocidos (Ley N° 21.298).
Cabe destacar que el lunes 11 de enero vence el plazo para declarar sus candidaturas a las Elecciones de Convencionales Constituyentes, Gobernadores Regionales, Alcaldes y Concejales, que se realizarán el 11 de abril de 2021.
Podrán ser candidatos o candidatas las personas indígenas que:
Todo el detalle de la información se encuentra en la cartilla a la que se puede acceder aquí. Los formularios y toda la información sobre las Elecciones de Convencionales Constituyentes, Gobernadores Regionales, Alcaldes y Concejales en todo el territorio nacional se encuentra también disponible en el sitio web de Servel.
Algunos de los datos que se presentan en la cartilla son:
Pueblos indígenas representados
Los escaños sólo serán aplicables para los pueblos reconocidos en la Ley N° 19.253 a la fecha de publicación de la reforma. Por lo anterior, los 17 escaños reservados corresponden a:
De los 17 escaños reservado corresponden a:
Quiénes podrán inscribir su candidatura como indígena
Los candidatos deberán acreditar su condición de pertenecientes a algún pueblo, mediante el correspondiente certificado de calidad de indígena emitido por la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI). Para el caso de las candidaturas del pueblo Chango, se acreditará mediante una declaración jurada o la solicitud de calidad de indígena presentada ante la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena. Cada candidato se inscribirá para representar a un solo pueblo al cual pertenezca, dentro de los pueblos reconocidos por el artículo 1º de la ley N° 19.253.
Las declaraciones de candidaturas serán individuales, y, en el caso de los pueblos Mapuche, Aimara y Diaguita, deberán contar con el patrocinio de a lo menos tres comunidades o cinco asociaciones indígenas registradas ante la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena o un cacicazgo tradicional reconocido por ley, correspondientes al mismo pueblo del candidato o candidata. También podrán patrocinar candidaturas las organizaciones representativas de los pueblos indígenas que no estén inscritas, requiriéndose tres de ellas.
De conformidad a las facultades delegadas al Servicio Electoral por el Congreso Nacional mediante la Ley N° 21.257, las que puede ejercer mientras el país se encuentre en estado de alerta sanitaria, se autoriza que las Asambleas de Comunidades, Asociaciones y Organizaciones aptas para otorgar patrocinios y convocadas para ese efecto, puedan realizarse también vía on line, y que en ellas se apruebe un acta que deje constancia del patrocinio a un determinado candidato o candidata y al candidato alternativo del sexo opuesto, y que encargue a una determinada persona, que solicite al Servel que la autorice, presencialmente o a través de Clave Única.
Dichas candidaturas también podrán ser patrocinadas por a lo menos ciento veinte firmas de personas que tengan acreditada la calidad indígena del mismo pueblo del patrocinado. En los demás pueblos bastará el patrocinio de una sola comunidad, asociación registrada u organización indígena no registrada; o bien, de a lo menos sesenta firmas de personas que tengan acreditada la calidad indígena del mismo pueblo del patrocinado.
Para efectos de garantizar la paridad, cada declaración de candidatura deberá inscribirse designando una candidatura paritaria alternativa del sexo opuesto, y que cumpla con los mismos requisitos de el o la candidata a que eventualmente deba sustituir por razones de paridad, en caso de que sea necesario aplicar el mecanismo de corrección por paridad de género de la Ley N°21.298.
Los candidatos deberán acreditar que tienen su domicilio electoral en las siguientes regiones, según el pueblo al que pertenezcan:
No será aplicable a los candidatos a esta elección ningún otro requisito, inhabilidad o prohibición.
Toda la información sobre los patrocinios, quiénes podrán votar y los formularios para pueblos indígenas están disponibles en el sitio web de Servel:
Los 17 escaños reservados contemplados con miras a la elección de Convencionales Constituyentes fueron determinados dentro de los 155 escaños a elegir en virtud de los distritos electorales establecidos en el artículo 141 de la Constitución.
La disminución del número de escaños por distrito para el establecimiento de los 17 escaños para pueblos indígenas fue determinada por acuerdo del Consejo Directivo del Servicio Electoral en sesión celebrada este sábado 26 de diciembre.
El cálculo para su determinación fue realizado según las reglas establecidas en el inciso décimo quinto de la disposición cuadragésima tercera transitoria de la Constitución Política con la finalidad de garantizar la representación y participación de los pueblos indígenas reconocidos (Ley N° 21.298, Diario Oficial del 23 de diciembre de 2020).
En efecto, éste fue determinado en base a la mayor proporción de población indígena mayor de 18 años de cada distrito, según el Censo oficial del INE 2017, sin considerar a los distritos que eligen tres escaños y sin rebajar más de un escaño por distrito.
El acuerdo del Consejo Directivo del Servicio Electoral determinó la disminución del número de escaños en los distritos electorales de la siguiente forma:
REGIÓN | Distrito | ESCAÑOS Constitución Política
(Art. 141) |
Proporción población indígena mayor de 18 años | Disminución por escaños a pueblos indígenas | Escaños después de reforma |
ARICA Y PARINACOTA | 1 | 3 | 32,9% | 3 | |
TARAPACÁ | 2 | 3 | 22,6% | 3 | |
ANTOFAGASTA | 3 | 5 | 13,2% | 1 | 4 |
ATACAMA | 4 | 5 | 18,0% | 1 | 4 |
COQUIMBO | 5 | 7 | 8,3% | 1 | 6 |
VALPARAÍSO | 6 | 8 | 5,9% | 8 | |
7 | 8 | 7,3% | 1 | 7 | |
METROPOLITANA DE SANTIAGO | 8 | 8 | 10,5% | 1 | 7 |
9 | 7 | 11,3% | 1 | 6 | |
10 | 8 | 8,3% | 1 | 7 | |
11 | 6 | 6,6% | 6 | ||
12 | 7 | 11,2% | 1 | 6 | |
13 | 5 | 10,4% | 1 | 4 | |
14 | 6 | 8,8% | 1 | 5 | |
LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O’HIGGINS | 15 | 5 | 7,1% | 5 | |
16 | 4 | 4,9% | 4 | ||
MAULE | 17 | 7 | 5,1% | 7 | |
18 | 4 | 3,6% | 4 | ||
ÑUBLE | 19 | 5 | 4,6% | 5 | |
BIOBÍO | 20 | 8 | 9,0% | 1 | 7 |
21 | 5 | 12,5% | 1 | 4 | |
LA ARAUCANÍA | 22 | 4 | 28,7% | 1 | 3 |
23 | 7 | 33,1% | 1 | 6 | |
LOS RÍOS | 24 | 5 | 23,5% | 1 | 4 |
LOS LAGOS | 25 | 4 | 26,8% | 1 | 3 |
26 | 5 | 24,7% | 1 | 4 | |
AYSÉN DEL GENERAL CARLOS IBÁÑEZ DEL CAMPO | 27 | 3 | 25,8% | 3 | |
MAGALLANES Y DE LA ANTÁRTICA CHILENA | 28 | 3 | 20,6% | 3 | |
155 | 17 | 138 |
El acuerdo fue suscrito por unanimidad del Consejo Directivo de Servel.