Este jueves 24 de octubre a las 23:59 hrs. termina el plazo para efectuar propaganda electoral con ocasión de las Elecciones Regionales y Municipales, que se llevarán a cabo el día sábado 26 y domingo 27 de octubre.
La finalidad es que la ciudadanía reflexione y procese la información recibida durante las campañas electorales, previniendo que se difunda propaganda electoral o se realicen actos de campaña contrarios a la legislación electoral.
En virtud de ello, después de las 23:59 hrs. del día 24 de octubre, se encuentra prohibida la celebración de eventos, manifestaciones o reuniones públicas, la publicidad radial, escrita, en imágenes, en soportes audiovisuales, por redes sociales, cuando exista una contratación y un respectivo pago, o en otros medios análogos, que promueva a una o más personas o partidos políticos constituidos o en formación, con fines electorales.
La infracción a la normativa descrita podrá ser sancionada con multa de veinte a doscientas unidades tributarias mensuales, según corresponda.
IMPORTANTE: Será responsabilidad de las candidaturas hacer retiro y cese de emisión de la propaganda electoral instalada y contratada.
¿Cómo denunciar campañas electorales una vez cumplido el plazo?
Con el propósito de resguardar el cumplimiento de la legislación electoral vigente, cualquier persona podrá denunciar al Servicio Electoral el conocimiento de una eventual infracción ingresando al sitio web https://www.servel.cl/denuncias/, señalando entre otros datos, la descripción de los hechos concretos que se estiman constitutivos de infracción, la fecha de su comisión, y la identificación del presunto infractor, y acompañando los antecedentes que se estimen pertinentes.
El conocimiento de las infracciones y en general la fiscalización de la publicidad y propaganda electoral corresponde al Servicio Electoral, siendo la Subdirección de Control del Gasto y Financiamiento Electoral la que determinará las acciones de inspección que sean procedentes a fin de comprobar el cumplimiento de las obligaciones.
Voto inclusivo para estas Elecciones Regionales y MunicipalesEl voto de todas y todos es importante, por lo que Servel procura elecciones inclusivas.
Discapacidad visual
En el caso de los electores y electoras con discapacidad visual podrán optar por utilizar una plantilla confeccionada en una mica transparente, que tiene ranuras correspondientes a cada candidato. También se dispondrá de plantillas con Sistema Braille.
Estas plantillas existirán en cada local de votación y podrán ser solicitadas al Delegado o Delegada del local. También pueden optar al voto asistido.
Quienes requieran utilizar la modalidad de voto asistido al interior de la cámara secreta, lo pueden hacer en compañía de una persona mayor de 18 años, de su confianza. Para ello deben informar previamente al presidente o presidenta de la mesa. En tanto, aquellos que concurran solos y necesiten apoyo al momento de sufragar, pueden ser ayudados por este, quien se quedará fuera de la cámara para doblar y cerrar el voto con el sello.
Igualmente, quienes concurran con perros de asistencia, podrán ingresar con ellos a votar a la cámara secreta.
Movilidad reducida
En cada elección, Servel realiza las coordinaciones pertinentes con las fuerzas de orden público y de seguridad, a fin de que estén disponibles para colaborar con quien lo necesite.
“Para estas Elecciones Regionales y Municipales, por primera vez contaremos con la información de las personas con discapacidad registradas ante el Compin, entregada a Servel por el Servicio de Registro Civil e Identificación. Con esta información, se ha solicitado a los Delegados de los locales de votación que sus mesas estén en primeros pisos. Si alguna de las personas que se encuentre en el Registro de Discapacidad llama al call center de Servel al 600 6000 166, con su RUN accederá a atención prioritaria, una medida inédita que hemos adoptado al respecto”, señaló el Presidente del Consejo Directivo de Servel, Andrés Tagle.
En tanto, las personas que no puedan ingresar a la cámara secreta por usar camilla, silla de ruedas u otro motivo, estarán autorizadas a sufragar fuera de ella, y la mesa deberá adoptar las medidas necesarias para mantener el secreto del voto.
La actual normativa considera que quienes estén en situación de discapacidad pueden tomarse el tiempo necesario para ejercer su derecho a sufragio dentro de la cámara secreta.
“La democracia es fundamental para la construcción e la vida en común , y todos y todas tenemos derecho y deber de participar en ella, y en el marco de ese derecho tenemos que como Estado garantizar las condiciones para que se puedan ejercer el sufragio. Es importante que todas y todos conozcamos esas medidas y que quienes ejerzan como vocales conozcan los protocolos y manuales que entrega Servel para colaborar y facilitar que las personas con discapacidad puedan ejercer su derecho a voto”, comentó la Ministra de Desarrollo Social y Familia, Javiera Toro, presente en el punto de prensa realizado en el Servicio Electoral de Chile.
Discapacidad auditiva
Servel ha dispuesto un Visor que permite a las personas sordas acceder a la interpretación en lengua de señas simultánea. A través de esta plataforma, se puede resolver dudas, y dar apoyo en los locales de votación. En todos ellos estará disponible un afiche con código QR que al escanearlo permitirá a las personas con discapacidad auditiva acceder al Sistema Visor.
IMPORTANTE: La plataforma funcionará el fin de semana de elecciones de viernes a domingo de 8:00 a 20:00 hrs.
Protocolos de acción
Igualmente, Servel mantiene publicados en la web lo siguientes protocolos para conocimiento de electores, vocales, Delegados de local y otros, los que pueden ser consultados como texto o audio guía.
Así, Servel se preocupa de proveer las condiciones para que todos y todas puedan ejercer su derecho a voto, proporcionando información, materiales, asistencia, educando y dando las facilidades que hagan falta para que la inclusión se viva plenamente en cada elección.
Votos
Para estas elecciones existen 18.036 candidatos a nivel nacional, por lo que hay votos que son muy grandes. El de mayor tamaño mide 46 por 63 cm. Un ejemplo de esto es el de Consejeros Regionales de Iquique, que tiene 124 candidatos.
“Es fundamental que los electores conozcan cómo serán sus cédulas electorales, revisando con anticipación los facsímiles de los votos publicados ya hace varios días en Servel.cl. Es recomendable que anoten los números de sus candidatos o candidatas, de forma que les sea más fácil encontrar sus preferencias cuando estén en el interior de la cámara secreta”, añadió Andrés Tagle.
Los facsímiles también pueden encontrarse en la Consulta de Datos de Servel, donde en esta ocasión se ha dispuesto que los electores y electoras conozcan a los candidatos y candidatas de cada una de estas cuatro elecciones.
“A la fecha, llevamos 12 millones de consultas de RUN únicos que han revisado sus datos electorales, lo que nos da una idea de la cantidad de electores interesados en saber su mesa y local de votación. Llamamos también a quienes aún no revisan, que lo hagan, ya que pueden haber sido designados vocales de mesas o miembros de Colegio Escrutador. Necesitamos que los vocales de mesas concurran Sábado y Domingo para realizar su función: Son fundamentales Lo hemos dicho: sin vocales no hay elecciones y sin elecciones no hay democracia. Así de importante es su labor”, puntualizó Tagle.
Guías informativas en mapudungún y creoleEn el marco del memorando existente entre el Servicio Electoral de Chile y Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, PNUD, para promover procesos electorales crecientemente participativos e inclusivos es que para estas elecciones es posible poner a disposición del electorado guías informativas en mapudungún y creole.
Estas guías son traducciones de la Guía informativa Elecciones Regionales y Municipales 2024 y se encuentran disponibles en el sitio web de Servel, en:
Guía informativa Elecciones Regionales y Municipales 2024 en mapudungún
Guía informativa Elecciones Regionales y Municipales 2024 en creolé
La versión de texto de esta guía también cuenta con su audio descriptivo, para las personas con discapacidad visual y quienes deseen escuchar los contenidos en lugar de leerlos, con el objetivo de generar una mayor inclusión en los procesos electorales.
Puede visitarla en:
Guía informativa Elecciones Regionales y Municipales 2024 versión audio descriptivo
Los cargos que se eligen este 26 y 27 de octubreEn las Elecciones Regionales y Municipales se eligen a las mujeres y hombres que ocuparán los cargos de Gobernador y Consejeros Regionales, Alcaldes y Concejales.
Gobernador Regional
El Gobernador Regional es el órgano ejecutivo del Gobierno Regional. Preside el Consejo Regional. Le corresponde también la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos que dependen o se relacionan con el Gobierno Regional.
Además, debe asignar los recursos del o de los programas de inversión del Gobierno Regional, de los programas de inversión sectorial de asignación regional y aquellos que correspondan en virtud de transferencias de competencias que haga el Presidente de la República.
¿Cuáles son, entre otras, las funciones del Gobernador Regional?
Consejos Regionales
Cada una de las regiones de Chile cuenta con un Gobierno Regional, constituido por el Gobernador y el Consejo Regional (CORE). El Consejo Regional es un órgano colegiado, que cuenta con facultades normativas, resolutivas y fiscalizadoras.
¿Cuántos integrantes tiene un Consejo Regional?
Esta cantidad está determinada por cada región:
302 personas hoy cumplen el cargo de Consejeros y Consejeras Regionales.
Alcaldes
El alcalde o la alcaldesa es la máxima autoridad de la municipalidad y le corresponde la dirección, administración y supervigilancia de su funcionamiento. La municipalidad administra localmente cada comuna o agrupación de comunas como lo es en el caso de Cabo de Hornos y Antártica.
Atribuciones del alcalde o alcaldesa:
Concejo Municipal
El concejo municipal es una entidad de carácter normativo, resolutivo y fiscalizador, encargada de hacer efectiva la participación de la comunidad local y de ejercer las atribuciones que señala la ley.
¿Cuáles son las principales atribuciones de los concejales?
Información simple y resumida es lo que tiene la Guía Ciudadana elaborada para las próximas Elecciones Regionales y Municipales.
En ella electores y electoras podrán encontrar información desde qué y cómo se vota, qué documentos son válidos para sufragar, fechas importantes, números de contacto de Servel, voto inclusivo, el paso a paso para que los vocales cumplan con su cargo, entre otros.
Conoce la guía informativa acá.
Revisa si fuiste designado como vocal en el nuevo llamado de las Juntas ElectoralesEste sábado 12 de octubre, las Juntas Electorales hicieron público el nombramiento de vocales reemplazantes para las próximas Elecciones Regionales y Municipales.
Las excusas presentadas entre el 7 y 9 de octubre por quienes fueron designados vocales, pueden haber sido acogidas o no haber sido aceptadas por las Juntas Electorales, por ello es fundamental que quienes presentaron excusas y también el electorado en general revise nuevamente sus datos electorales, en consulta.servel.cl para ver si les corresponderá cumplir el rol de vocal de mesa en este proceso electoral.
Los vocales reemplazantes dados a conocer en esta oportunidad, son definitivos. La ley no contempla un nuevo periodo de excusas. Es por ello que, de no poder asistir a cumplir con su labor, deberán justificarse ante los Juzgado de Policía Local en caso de ser citados.
El incumplimiento de esta obligación, cumplir el rol de vocal, conlleva multas que varían entre 2 a 8 UTM, es decir, entre $133.000 y $532.000 aproximado.
Este sábado 12 de octubre, finaliza el plazo para divulgar resultados de encuestas electoralesEn virtud de lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley N° 18.700, los resultados de encuestas de materias electorales podrán divulgarse hasta las 23:59 del día 12 de octubre. Luego de dicho periodo se encuentra prohibido divulgar de forma directa o indirecta los resultados de encuestas de opinión pública referidas a preferencias electorales de las candidaturas a Gobernador/a Regional, Consejero/a Regional, Alcaldes/a y Concejal/a, con ocasión de las elecciones que se desarrollaran los días 26 y 27 de octubre.
Las encuestas y su plazo de divulgación son relevantes, puesto que constituyen una representación estadística de una opinión mayoritaria, pudiendo ser conductor de opinión pública y/o de preferencias electorales, influyendo en el comportamiento de los electores.
La restricción resulta aplicable tanto a quienes obtienen los datos, como a los destinatarios preferentes, y aquellos que tienen la capacidad de difundirlos, sin importar la seriedad del organismo que realizó el levantamiento, o la existencia real del sondeo o estudio.
La sanción por infringir la normativa corresponde a una multa a beneficio fiscal de 10 a 200 UTM para el Director responsable de un órgano de prensa, radioemisora o canal de televisión, así como para la empresa propietaria o concesionaria del respectivo medio de difusión.
Conoce cómo serán los votos para las Elecciones Regionales y MunicipalesYa están disponibles los votos o facsímiles de cédulas electorales, que serán utilizados en las Elecciones Regionales y Municipales del próximo 26 y 27 de octubre próximo de forma digital, para que la ciudadanía se familiarice con ellos y pueda votar informada.
Toda la información sobre estas Elecciones 2024 se encuentra disponible aquí
En estas elecciones las cédulas electorales serán:
Las medidas de las cédulas electorales serán las siguientes:
Gobernador Regional : desde 26 x 13 cm a 26 x 28 cm
Consejero Regional : desde 30 x 18.5 cm a 46,6 x 63 cm
Alcalde : desde 26 x 13 cm a 26 x 33 cm
Concejales : desde 30 x 18, 5 cm a 46,6 x 63 cm
Miércoles 9 de octubre último día de excusas para vocalesEl miércoles 9 de octubre vence el plazo de tres días establecidos por ley, para que los vocales que hayan sido designados por las Juntas Electorales en este rol para las Elecciones Regionales y Municipales del 26 y 27 de octubre próximo, se excusen.
Son 200.070 las personas que deberán ejercer el cargo de vocal y 4.910 el de miembro de Colegio Escrutador, cuya nominación fue publicada el pasado sábado.
El bono por el ejercicio de esta función será de $25.290 por día (2/3 de UF), alcanzando un total por sobre los 50 mil pesos para quienes trabajen durante ambos días de votación. Monto pagado por la Tesorería General de la República. En tanto, los miembros de Colegio Escrutador percibirán los mismos 2/3 de UF.
Los vocales deberán concurrir el día viernes 25 a los locales de votación que les correspondan para constituir las mesas y aquellos que ejerzan por primera vez recibirán una capacitación y por asistir a ella percibirán una suma de 0,22 UF.
Conoce las funciones del vocal en la Cartilla de Instrucciones para Mesas Receptoras de Sufragio acá
Excusas y sanciones para vocales
Los vocales que no puedan cumplir con su deber tienen la oportunidad de presentar excusas ante la Junta Electoral correspondiente. Sin embargo, es importante destacar que el incumplimiento de esta obligación conlleva sanciones, incluidas multas que varían entre 2 a 8 UTM.
Las razones establecidas por ley para excusarse son:
El día jueves 4 de octubre 2024, la Subdirección del Control del Gasto y Financiamiento Electoral del Servel, realizó 2 jornadas de capacitación a los administradores generales electorales de los partidos políticos y administradores electorales de las candidaturas que están participando en las elecciones Municipales y Regionales que se llevará a efecto el próximo 26 y 27 de octubre 2024.
El objetivo de esta capacitación fue entregar precisiones acerca de la aplicación de las modificaciones legales a la normativa electoral, en particular la obligatoriedad de la presentación del informe de gastos de acuerdo con las reglas establecidas en el Art. 44 bis introducido en la Ley 19.884. Este artículo establece “Los Administradores Electorales y los Administradores Generales Electorales deberán presentar al Subdirector de Control del Gasto y Financiamiento Electoral del Servicio Electoral, hasta antes del día de la elección, los informes que detallen los gastos contratados por concepto de las letras c) y d) del artículo 2, que sobrepasen las treinta unidades de fomento por proveedor único en toda la campaña, señalando para cada uno de ellos la persona jurídica o natural contratada, su rol único tributario, el monto del gasto y el motivo que dio origen al gasto”.
La capacitación se centró en la comprensión de la normativa, especificando las reglas de aplicación, los responsables, plazos y los efectos en el incumplimiento de esta obligación legal. Por otra parte, se dio a conocer las funcionalidades del Sistema de Rendición de Gastos Electorales (https://rendicion.servel.cl/login) que se disponibilizará para permitir a los administradores electorales y administradores generales electorales, facilitar el proceso de generación del informe de gasto y posteriormente la rendición de los ingresos y gasto electorales de candidaturas y partidos políticos.
Es importante destacar que el próximo día 25 de octubre vence el plazo para que los administradores electorales y administradores generales electorales cumplan con esta obligación legal y presenten ante el Servel el informe de gastos antes señalado y eviten el rechazo de gastos electorales según establece la ley electoral.
El Servel invita a todas las candidaturas y partidos políticos a acceder a su página web y revisar las instrucciones, guías y manuales que se han dispuesto para dar cumplimiento a la presentación del informe de gastos del art 44 bis de La Ley 19.884, cuyo plazo vence el 25 de octubre y la rendición ingresos y gastos electorales, cuyo plazo vence el 10 de diciembre.
La documentación la puede revisar en el siguiente link. https://www.servel.cl/elecciones-2024/campanas-electorales/
La capacitación la pueden revisar en el siguiente link. https://youtube.com/live/siim2XAHWig?feature=share