A partir del Plebiscito Constitucional del 4 de septiembre, se facilitará el ejercicio del derecho a sufragio a chilenos y chilenas residentes en España, Francia, Suiza y Australia.
En estos países, se determinaron cambios en las circunscripciones electorales, los que comenzarán a regir desde el Plebiscito Constitucional y en adelante para los futuros procesos eleccionarios o plebiscitarios.
Es así como el electorado chileno en el extranjero cuenta ya con cuatro nuevas circunscripciones electorales: Valencia en España, Toulouse en Francia, Ginebra en Suiza, y Brisbane en Australia. Esta medida significa el establecimiento de nuevas mesas receptoras de sufragio y el acercamiento de los locales de votación para más de tres mil electores que, para emitir su sufragio, antes debían trasladarse a las ciudades de Barcelona, París, Berna y Sidney.
Las modificaciones a las circunscripciones electorales en el extranjero son producto de un trabajo de evaluación permanente de los territorios electorales, realizado conjuntamente por el Servicio Electoral y el Ministerio de Relaciones Exteriores, y generan los ajustes necesarios para que los consulados puedan llevar una mejor administración de los territorios bajo su jurisdicción, y que los locales de votación en el extranjero estén cada vez más cerca de las y los electores.
Disponible Padrón Electoral Definitivo para este Plebiscito Constitucional
Este 6 de julio y tal como mandata la ley, Servel dispuso el Padrón Electoral y la Nómina de Inhabilitados con carácter de definitivo para el Plebiscito Constitucional 2022.
El Padrón definitivo y la Nómina de Inhabilitados publicados omiten datos relativos al número de rol único nacional, sexo y domicilio electoral de los electores.
Padrón Electoral Definitivo en territorio nacional
Padrón Definitivo en el Extranjero
Nómina definitiva de inhabilitados en territorio nacional
Nómina definitiva de inhabilitados en el extranjero
Las principales cifras del Padrón Electoral y la Nómina de Inhabilitados con carácter definitivo son:
Hombre | Mujer | Total | |||
Total Habilitados en Chile |
7.347.997 |
49% | 7.728.693 | 51% |
15.076.690 |
Electores en el extranjero |
46.747 |
48% | 50.492 | 52% | 97.239 |
Total Inhabilitados en Chile |
177.746 |
67% | 88.376 | 33% |
266.122 |
Total Inhabilitados en extranjero |
22 |
85% | 4 | 15% | 26 |
Principal concentración de electores por comuna
Comuna | Cantidad electores |
Puente Alto | 404.945 |
Maipú | 392.505 |
Santiago | 347.163 |
Principal concentración de electores por nacionalidad |
Nacionalidad | Cantidad de electores |
Perú | 167.348 |
Colombia | 68.432 |
Bolivia | 54.409 |
Principal concentración de electores chilenos en el extranjero
País | Cantidad de electores |
Estados Unidos | 14.608 |
España | 11.606 |
Argentina | 11.595 |
Edad | Cantidad Electores | % | ||
18-19 | 469.905 | 3,10% | ||
20-29 | 2.668.394 | 17,59% | ||
30-39 | 2.906.152 | 19,15% | ||
40-49 | 2.602.553 | 17,15% | ||
50-59 | 2.581.005 | 17,01% | ||
60-69 | 2.029.743 | 13,38% | ||
70-79 | 1.193.953 | 7,87% | ||
80-89 | 532.640 | 3,51% | ||
90+ | 189.584 | 1,25% | ||
15.173.929 |
Comenzó plazo de tres días de inscripción para la campaña del Plebiscito
Solo tres días tendrán los Partidos Políticos, Parlamentarios Independientes y Organizaciones de la Sociedad Civil para inscribirse y desarrollar Propaganda Electoral, recibir aportes y participar de la franja electoral.
Razón por la que este martes, el Presidente del Consejo Directivo de Servel, Andrés Tagle hizo un intenso llamado a quienes quieran hacer Propaganda, a registrarse hasta las 23:59 del jueves 7 de julio. Para ello deberán realizar una solicitud a través de la página web del Servicio mediante el enlace https://registroorganizaciones.servel.cl/. En el caso de las Organizaciones de la Sociedad Civil, son aquellas sin fines de lucro, cualquiera sea su estructura y denominación, pudiendo no tener personalidad jurídica en cuyo caso se deberá identificar al menos a dos de sus integrantes.
Al respecto, el presidente de Servel detalló que: “Es condición necesaria para participar en la campaña del Plebiscito Constitucional registrarse en el Servicio Electoral. Quienes no se inscriban hasta las 24 horas del 7 de julio no podrán participar en la campaña y recibir aportes. Tampoco podrán participar en la campaña otras entidades o personas diferentes de las ya mencionadas”.
Se puede hacer propaganda:
En este último caso, Tagle detalló que: “Las redes sociales para este Plebiscito tienen una norma especial y tienen la obligación de informar lo que se les contrate. La propaganda que nosotros controlamos en las redes sociales es la pagada, la contratada. La difusión de un twit por parte de una persona, no pagado, no constituye propaganda y se desarrolla en el marco de la libertad de expresión”.
No se podrá realizar propaganda:
No se entenderá como propaganda electoral:
La difusión de ideas efectuada por cualquier medio, incluidos los digitales, o comunicaciones a través de páginas web, redes sociales, telefonía y correos electrónicos, realizadas por personas naturales en ejercicio de la libertad de expresión. En este sentido, el Servel considera además que no debe mediar un pago por la difusión de estas ideas al medio en que se emitan.
“Hacemos un llamado a una propaganda limpia y respetuosa de los espacios, del financiamiento y gasto, todas materias en las que tendremos una activa fiscalización. Y frente al contenido de la propaganda o franja electoral, materias en las que Servel no tiene la potestad de fiscalizar, llamamos a una competencia sana, evitando la desinformación y las noticias falsas que ensucian el ambiente democrático”, expresó el Presidente del Consejo Directivo de Servel.
Aportes a las campañas:
Sólo personas naturales pueden hacer aportes a campañas:
Los partidos políticos pueden gastar dentro del límite de su patrimonio propio y cotizaciones recibidas.
Los Partidos Políticos, Parlamentarios Independientes y Organizaciones de la Sociedad Civil deben informar de los aportes que reciban al Servicio Electoral dentro de los tres días siguientes al que lo reciban.
Importante: No hay aportes fiscales para el plebiscito.
Para saber más sobre el Registro para la realización de campañas, pinche aquí.
Conozca los espacios públicos autorizados para propaganda del Plebiscito Constitucional
Una vez que se inicie el periodo para la Propaganda Electoral de este Plebiscito Constitucional, Partidos Políticos, Organizaciones de la Sociedad Civil y Parlamentarios Independientes que se registren dentro de los tres días siguientes a la publicación del decreto Supremo que convoque al Plebiscito, podrán desplegar propaganda electoral en los espacios públicos autorizados por el Servicio Electoral , mediante carteles y afiches, que no superen los 2 metros cuadrados
Los espacios públicos en cada comuna han sido autorizados mediante las resoluciones publicadas por Servel, en ellas, se indican la nómina de espacios públicos habilitados para la instalación de propaganda y el máximo de elementos permitidos para cada una de las opciones sometidas a consideración de la ciudadanía en el Plebiscito Constitucional. De acuerdo con la ley, estos lugares son elegidos considerando la propuesta efectuada por los Concejos Municipales de cada comuna definidos como parques, plazas u otros de carácter público, según la Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones y pueden ser usados exclusivamente durante el periodo que comprende la propaganda.
Revise la distribución de espacios públicos para la propaganda acá
Fiscalización en la vía pública
Según faculta la ley, Servel fiscaliza y controla el cumplimiento sobre las normas de carácter electoral y lleva a cabo los procedimientos administrativos sancionatorios por infracción a sus normas. Además, los ciudadanos podrán efectuar sus denuncias en el portal dispuesto acá
Habilitación de plataforma de inscripción para financiamiento y propaganda electoral del Plebiscito Constitucional
Conforme a la ley, durante tres días podrá realizarse la inscripción de Partidos Políticos, Parlamentarios Independientes y Organizaciones de la Sociedad Civil para financiamiento y propaganda electoral. Este plazo rige a partir de la fecha de la publicación en el diario oficial del decreto supremo exento presidencial que convoque al Plebiscito Constitucional.
Por lo tanto, una vez publicado en el Diario Oficial el Decreto Supremo que convoque al Plebiscito Constitucional, el Servicio Electoral habilitará el enlace que permitirá la inscripción vía web, de acuerdo con las instrucciones publicadas aquí.
La información relacionada al Plebiscito Constitucional se encuentra publicada acá
Servel apoyó elección de Centro de Alumnos de Antofagasta
Con el objetivo de educar en responsabilidad, liderazgo, valores sociales y democracia, Servel de la Región de Antofagasta apoyó a los estudiantes del Liceo Comercial Jerardo Muñoz Campos de Antofagasta, en el desarrollo de la elección del Centro de Alumnos, correspondiente a los niveles de 7° a 8° básico y Educación Media.
El emblemático establecimiento antofagastino con más de cien años de historia eligió a su gobierno estudiantil este 23 de junio optando entre dos listas, con una participación de 1036 estudiantes correspondientes al 66% de su padrón, distribuido en seis mesas receptoras de sufragio que funcionaron durante toda la jornada.
La actividad – que se enmarca en el Plan de Formación Ciudadana impulsado por Servel – concluyó con una ceremonia de proclamación, ocasión en la cual tanto estudiantes como profesores calificaron su participación como una enriquecedora experiencia para fomentar el ejercicio de una ciudadanía responsable.
Quedan dos días para que medios informen sus tarifas para el Plebiscito Constitucional
Hasta las 23:59 horas del próximo domingo 26 de junio, las empresas periodísticas de prensa escrita y radioemisoras podrán informar sus tarifas a través del sitio web del Servel.
De acuerdo con la legislación electoral, para el Plebiscito Constitucional los medios de comunicación podrán publicar o emitir propaganda electoral que libremente contraten, pero no podrán discriminar en el cobro de las tarifas entre las distintas proposiciones sometidas a consideración de la ciudadanía.
Cabe destacar que solo podrán efectuar propaganda electoral en los medios que, en el plazo señalado, hayan informado al Servicio Electoral sus tarifas, las que luego de ser validadas, serán publicadas en el sitio web del Servel y en las páginas web de los respectivos medios.
De esta forma, hasta el domingo 26 de junio, los medios podrán informar sus tarifas, utilizando los formularios electrónicos disponibles en https://tarifas.servel.cl/.
La publicación o emisión de propaganda electoral respecto de medios que no hayan informado sus tarifas, supone exponerse a la aplicación de multas de 10 a 200 UTM, conforme establece el artículo 136 de la Ley sobre Votaciones Populares y Escrutinios. La multa se impondrá al Director responsable y a la empresa propietaria o concesionaria del respectivo medio de difusión, previa sustanciación del procedimiento administrativo sancionador.
Cualquier consulta al respecto realizarla a través del formulario siguiente: https://bit.ly/ConsultasPropagandaPlebiscito2022
Solo tres días para inscribirse tendrán quienes quieran realizar propaganda para el Plebiscito Constitucional
El plazo de tres días correrá desde la publicación del decreto de convocatoria presidencial al Plebiscito Constitucional. Podrán inscribirse partidos políticos, organizaciones de la sociedad civil y parlamentarios independientes.
Este jueves 23 de junio, Servel publicó en el Diario Oficial las “Instrucciones sobre registro de organizaciones de la sociedad civil, partidos políticos y parlamentarios independientes para el Plebiscito Constitucional 2022”.
Según la disposición cuadragésima segunda transitoria de la Constitución, que regula la realización y transparencia de la propaganda y publicidad electoral de los plebiscitos, la ciudadanía podrá participar de las campañas mediante los partidos políticos, parlamentarios independientes o a través de las organizaciones de la sociedad civil, cualquiera sea su estructura y denominación, excluyendo únicamente a aquellas que persigan fines de lucro.
La ya mencionada normativa también establece los plazos de inscripción para efectuar propaganda. Es por ello que, en las instrucciones publicadas por el Servicio Electoral, se detalla que quienes manifiesten su voluntad de recibir aportes y efectuar propaganda electoral para el próximo Plebiscito, deberán inscribirse en Servel en un plazo de 3 días a partir de la publicación del decreto convocatorio presidencial. Quienes no se inscriban no podrán desarrollar propaganda electoral, recibir aportes y participar de la franja electoral.
Servel desarrolla primer taller para profesores de forma presencial en Punta Arenas
Con el objetivo de fortalecer el conocimiento de las profesoras y profesores y entregarles herramientas de apoyo para una mejor labor en las aulas, es que la Dirección Regional de Magallanes y Antártica Chilena de Servel y la Unidad de Formación Ciudadana del Servicio Electoral con la coordinación de la Secretaría Ministerial de Educación de Magallanes y la Corporación Municipal, desarrollaron este 13 y 14 de junio, el primer taller de Educación Cívica Electoral para docentes, de manera presencial, en Punta Arenas.
Las jornadas, permitieron a 28 profesores de historia de diversos colegios municipales y funcionarios de la Corporación Municipal de Punta Arenas, informarse adecuadamente sobre la normativa electoral vigente y según sus propias palabras multiplicar estos conocimientos entre los educandos a su cargo.
Últimos días para presentar reclamaciones al Padrón Electoral Auditado
Este jueves 16 de junio vence el plazo, de diez días, que entrega la ley, para que electores y electoras puedan presentar reclamaciones una vez publicado el Padrón Electoral y la Nómina de Inhabilitados, ambos auditados, para participar en el Plebiscito Constitucional.
De acuerdo con lo informado por el Servicio Electoral el 6 de junio pasado, el número de electores habilitados para sufragar, según el Padrón Electoral Auditado para el Plebiscito Constitucional, alcanza los 15.173.857.
El padrón y la nómina de inhabilitados, ambos con carácter de auditados, se elaboran en base a los datos y antecedentes proporcionados tanto por los organismos señalados en la legislación, como por el electorado, al efectuar la actualización de sus datos.
Puede ver el Padrón y la Nómina de Inhabilitados auditados, aquí.
Las personas pueden revisar el padrón completo, desagregado por región y por comuna, en la página web de Servel, y, en caso de considerar que fueron omitidas injustificadamente del padrón, presentar sus reclamaciones hasta el 16 de junio ante el Tribunal Electoral Regional (TER) correspondiente a su domicilio electoral. El listado de TER se encuentra disponible aquí.
Asimismo, cualquier persona natural, partido político, o candidato podrá presentar reclamaciones respecto de electores infundadamente omitidos del padrón o que aparezcan con datos erróneos, y solicitar la exclusión de quien figure en éste, contraviniendo la ley. Estas reclamaciones deben presentarse ante el TER que corresponda al domicilio del elector sobre el que se reclame.
Luego de revisar los antecedentes, en los casos que corresponda, el TER ordenará la incorporación, rectificación de los datos o la exclusión de los padrones electorales del reclamante o electores afectados.
Los padrones contemplan las sugerencias consignadas en los informes de las auditoras, en los casos que Servel consideró pertinentes, de acuerdo con el Art. 33 de la Ley N° 18.556 y artículo 142 de la Constitución Política modificado por la Ley N° 21.448.
Cabe señalar que el Padrón Auditado “no contendrá la información relativa al número de rol único nacional, sexo ni domicilio electoral de los electores”, de acuerdo con la modificación legal de febrero de 2021.