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Servicio Electoral
de Chile

En el contexto de las Elecciones Primarias Presidenciales 2025 y conforme a lo dispuesto en el artículo 44° bis de la Ley N° 19.884, incorporado por la Ley N° 21.693, el sábado 28 de junio, vence el plazo para que los administradores electorales de las candidaturas y administradores generales electorales de los partidos políticos presenten al Servicio Electoral el informe que detalle los gastos electorales contratados por concepto de arrendamiento de bienes muebles e inmuebles y pagos efectuados a personas que presen servicio a las candidaturas, que sobrepasen las treinta unidades de fomento por proveedor único en toda la campaña.

El Servicio Electoral, a través de la Subdirección de Control del Gasto y Financiamiento Electoral, ha publicado un manual para facilitar el proceso y ha dispuesto en el Sistema de Rendición https://rendicion.servel.cl/login las funcionalidades que permitirá a los administradores electorales de las candidaturas y administradores generales electorales de los partidos políticos registrar la información requerida, generar y presentar el informe bajo la modalidad online.

Es importante destacar que el art. 47° de Ley 19.884 establece que “Respecto de los gastos señalados en el artículo 44 bis, la cuenta general de ingresos y gastos sólo podrá contener como gastos aquellos que fueron informados a la Subdirección de Control del Gasto y Financiamiento Electoral en los términos señalados en el artículo 44 bis, antes del día de la elección. Cualquier gasto no informado dentro de la fecha señalada producirá su rechazo y no podrá ser considerado en la cuenta”.

Finaliza el plazo para efectuar propaganda electoral para Elecciones Primarias

A las 23:59 hrs de este jueves 26 de junio, termina el plazo para efectuar propaganda electoral con ocasión de las Elecciones Primarias Presidenciales 2025.

La finalidad es que la ciudadanía reflexione y procese la información recibida durante las campañas electorales, además de prevenir la difusión de propaganda electoral o la realización de actos de campaña contrarios a la legislación electoral.

En virtud de lo anterior, y luego de las 23:59 hrs. de hoy, se encuentra prohibida la celebración de manifestaciones o reuniones públicas, la publicidad radial, escrita, en imágenes, en soportes audiovisuales, por redes sociales, cuando exista una contratación y un respectivo pago, o en otros medios análogos, que promueva a una o más personas o partidos políticos constituidos o en formación, con fines electorales.

La realización de propaganda fuera del plazo establecido podrá ser sancionada con multa de veinte a doscientas unidades tributarias mensuales.

Será responsabilidad de las candidaturas hacer retiro o cese de emisión de la propaganda electoral instalada o contratada. Sin embargo, los alcaldes, de oficio, a solicitud de cualquier ciudadano o a requerimiento del Servel, deberán ordenar el retiro de toda la propaganda electoral que se realice fuera del plazo legal, y estarán obligados a repetir en contra de los candidatos por el monto de los costos en que hubieren incurrido.

¿Cómo efectuar denuncias por eventuales infracciones a la normativa electoral, una vez cumplido el plazo?

Para asegurar el fiel cumplimiento de la legislación electoral, cualquier persona podrá denunciar las eventuales infracciones a la normativa electoral, mediante el portal de denuncias ciudadanas, al que podrá acceder acá; señalando entre otros datos, la descripción de los hechos concretos que se estiman constitutivos de infracción, la fecha de su comisión, y en caso de estar en conocimiento, la identificación del presunto infractor.

El conocimiento de las infracciones y en general la fiscalización de la publicidad y propaganda electoral corresponde al Servicio Electoral, siendo la Subdirección de Control del Gasto y Financiamiento Electoral la que determinará las acciones de inspección que sean procedentes a fin de comprobar el cumplimiento de las obligaciones.

Voto asistido y medidas especiales para personas con discapacidad y adultos mayores 

La Presidenta del Consejo Directivo de Servel, Pamela Figueroa, y el Director Nacional, Raúl García, junto a la Ministra de Desarrollo Social y Familia, Javiera Toro, y la Directora Nacional (s) de Senadis, Karen Astorga, explicaron en qué consiste el voto asistido y otras medidas especiales para facilitar el voto de las personas con discapacidad, adultos mayores y personas con movilidad reducida en las Elecciones Primarias Presidenciales de este domingo 29 de junio. 

“Como Servel estamos comprometidos en promover una participación electoral informada pero también inclusiva y accesible para todas las personas con equidad en el ejercicio del sufragio”, afirmó Pamela Figueroa, quien explicó que el voto asistido permite que cualquier persona con una discapacidad de origen visual, motor o físico, auditivo, psíquico, o intelectual, tenga la posibilidad de ser acompañada y asistida al momento de votar por alguien de su confianza, que debe ser mayor de 18 años.  

Para ello, deben informar previamente al presidente de la mesa y debe quedar registrado en el acta. Es importante saber que una persona puede asistir solo a un elector, a menos que sea un familiar directo.  

En tanto, aquellos que concurran solos y necesiten apoyo al momento de sufragar, pueden ser ayudados por la presidente de la mesa, quien se quedará fuera de la cámara para doblar y cerrar el voto con el sello.   

“El voto asistido se ha consolidado como una herramienta fundamental en los procesos electorales recientes, permitiendo que quienes enfrentan barreras, ya sea físicas, sensoriales o de comunicación, puedan sufragar de manera autónoma y segura”, destacó la Directora Nacional (s) de Senadis, Karen Astorga. 

Atención preferente  

Servel ha recomendado a los integrantes de las mesas receptoras de sufragio permitir el voto preferente a mujeres embarazadas, adultos mayores de 70 años, personas con alguna discapacidad y personas calificadas como cuidadoras.  

Respecto de esta última condición, la ministra de Desarrollo Social y Familia, Javiera Toro, destacó que “la manera de acreditarlo es la credencial de cuidador de cuidadora, con que cuentan quienes están en el Registro Social de Hogares Acreditados, que puede física o a través de un código QR que las personas cuidadoras también pueden mostrar en su celular”. 

Discapacidad visual  

Los electores y las electoras con discapacidad visual pueden optar por utilizar una plantilla confeccionada en una mica transparente o plantillas con Sistema Braille.  

Estas plantillas existen en cada local de votación y podrán ser solicitadas al delegado del local. También pueden optar al voto asistido.  

Movilidad reducida  

En cuanto a las facilidades de acceso para las personas con movilidad reducida, Servel recomienda que las mesas se instalen en los primeros pisos, para que no sea necesario tener que trasladar a pisos superiores a las personas en situación de discapacidad que concurran a votar. En cada elección, el Servicio Electoral realiza las coordinaciones pertinentes con las fuerzas de orden público y de seguridad, a fin de que estén disponibles para colaborar con quien lo necesite.  

La actual normativa considera que quienes estén en situación de discapacidad pueden tomarse el tiempo necesario para ejercer su derecho a sufragio dentro de la cámara secreta.  

Discapacidad auditiva 

La Presidenta del Consejo Directivo también señaló que, para facilitar la votación de los electores con discapacidad auditiva, al igual que en elecciones anteriores y durante todo el año, estará habilitado en la web de Servel un Visor en Lengua de Señas, que consiste en una plataforma de videollamadas donde el usuario es atendido por un intérprete en lengua de señas que puede responder a sus consultas electorales. Durante el fin de semana atenderá en horario extendido. 

El día domingo, todos los locales contarán con un afiche con información de las Primarias que incluye un código QR, que al ser escaneado dará acceso directo al Sistema Visor desde cualquier dispositivo móvil. 

Además, Servel ha dispuesto en su call center 600 6000 166 la atención preferencial de adultos mayores determinada por su número de RUN.  

  

Cartillas y videos de capacitación para vocales de mesa  

Este domingo 29 de junio, 82.560 personas están convocadas a cumplir el rol de vocal de mesa en las Elecciones Primarias Presidenciales, una función esencial para el éxito de cualquier proceso electoral y que requiere estar informados y preparados. 

Por ello, y para ayudarlos a desarrollar de la mejor manera su tarea, Servel ha elaborado distintos recursos informativos que las y los vocales pueden revisar acá.  

Encontrarán la Cartilla de Instrucciones para Mesas Receptoras de Sufragios para vocales en Chile y también la de vocales en el extranjero, además de videos de capacitación con las distintas etapas del proceso electoral y las acciones que deben realizar las y los vocales de mesa en cada una de ellas. 

En los videos, a los que también se puede acceder ingresando directamente al canal de YouTube de Servel, se abordan temas como los distintos actores que participan del proceso electoral, el escrutinio de votos y las acciones previas al mismo, y la importancia de asistir a la constitución de mesas, que para estas Primarias será el sábado 28 de junio a las 15:00 hrs., fecha y hora en que las y los vocales deben acudir a sus locales de votación, donde también definirán quiénes cumplirán el rol de presidente, secretario y comisario. 

Al día siguiente, el domingo 29 de junio, las y los vocales de mesa deben llegar a sus locales de votación a las 07:30 horas, para la instalación de mesas y a partir de las 08:00 de la mañana comenzar a recibir al electorado. 

En consulta.servel.cl las personas pueden revisar si fueron designadas vocales de mesa o miembros de los colegios escrutadores, además de conocer su mesa y local de votación. 

Quienes hayan sido designados vocales de mesa y no se presenten a cumplir con su rol, arriesgan una multa de entre 2 a 8 UTM ($137.000 a $549.000 aproximadamente), y sus mesas podrían no instalarse, impidiendo el derecho a sufragio a cientos de personas. 

Conozca el facsímil de la cédula electoral única para las Primarias del 29 de junio

El Servicio Electoral dispuso el facsímil de la cédula electoral única que se utilizará en las Elecciones Primarias Presidenciales del próximo domingo 29 de junio de 2025. Este se encuentra disponible de forma digital, para que la ciudadanía se familiarice con el y pueda votar de manera informada.

La cédula electoral única contiene los cuatro candidatos y candidatas del pacto Unidad por Chile

Conoce el facsímil acá

Últimos 10 días para solicitar cambio de domicilio electoral 

Este 28 de junio vence el plazo para que electoras y electores revisen y actualicen sus domicilios electorales de cara a las Elecciones Presidenciales y Parlamentarias de noviembre próximo, en las que votar será obligatorio.   

Hasta esa fecha ingresando al sitio servel.cl con Clave Única, o bien de forma presencial (de lunes a viernes) con su cédula de identidad en las Direcciones Regionales de Servel, en las oficinas de ChileAtiende, en consulados de Chile en el exterior y ante el Registro Civil (al solicitar cédula de identidad puede indicar la actualización del domicilio electoral), se puede realizar la solicitud de modificación.  

El principal llamado a quienes realicen este trámite es poner especial cuidado en que los datos que hayan ingresado anteriormente y figuren en el Registro Electoral estén correctos, sin abreviaturas y escritos de forma completa. Si no se cumple con alguna de estas condiciones, o bien si el elector o electora desea cambiar la dirección antes registrada, debe solicitar la actualización. Con este simple trámite, Servel podrá contar con la información necesaria para asignar a cada elector un local de votación cercano en las Elecciones Presidenciales y Parlamentarias de noviembre de 2025. 

¿Qué es el domicilio electoral?   

El domicilio electoral es el registrado en Servel, con el cual el elector o electora tiene un vínculo objetivo, sea porque reside habitual o temporalmente, ejerce su profesión u oficio o desarrolla sus estudios en él. En el caso de los ciudadanos con derecho a sufragio que se encuentren en el extranjero, el domicilio electoral es aquel situado fuera de Chile, declarado como tal por el elector.   

¿Por qué es importante mantener el domicilio electoral actualizado?   

Los locales de votación son asignados según la ubicación geográfica de los domicilios electorales. Los electores y electoras deben mantener su domicilio electoral actualizado y con un correcto ingreso de los datos (nombre de la calle, avenida o pasaje, además de la numeración y comuna bien escrita), ya que en base a esa información el Servicio Electoral, puede procurar asignar un local de votación más cercano a cada elector.   

¿Qué pasa si se declara un domicilio electoral con el que no se tiene un vínculo?   

Quien proporcione datos falsos o un domicilio electoral con el que no tenga un vínculo objetivo, o el que, al momento de solicitar cambio de domicilio electoral o la acreditación del avecindamiento, suplante a otra persona, arriesga una pena de reclusión menor en su grado mínimo y una multa de diez a cien unidades tributarias mensuales, (artículo 54, ley 18.556 Orgánica Constitucional sobre sistema de inscripciones electorales y Servicio Electoral).  

Solicitud de incorporación al Registro Electoral para chilenos nacidos en el extranjero   

El periodo para la solicitud de cambio de domicilio electoral también rige para la incorporación al Registro Electoral de chilenos nacidos en el extranjero que cumplan con el requisito de avecindamiento. El resultado del trámite será informado al interesado, junto con su domicilio electoral, mediante correo electrónico y en el caso de no tener, por carta certificada enviada a su domicilio.   

Igualmente, el Registro Electoral incorpora:  

IMPORTANTE: Al tratarse de un trámite de solicitud, la aceptación se verá reflejada en la Consulta de Datos Electorales luego de 20 a 25 días hábiles. Los cambios de domicilio solicitados al renovar cédula de identidad son informados a Servel al momento del retiro de la cédula por parte del elector.   

Los cambios solicitados a partir del 30 de abril serán reflejados en la asignación de locales de votación a partir de las elecciones Presidenciales y Parlamentarias de noviembre de 2025. 

Información importante para el electorado de Atacama 

Debido al último evento sísmico ocurrido en la Región de Atacama, 9 establecimientos destinados como local de votación sufrieron daños estructurales lo que derivó en que el Servicio Electoral de Chile tuviera que buscar nuevos locales para las Elecciones Primarias Presidenciales del próximo 29 de junio. 

Esta situación afectó a establecimientos de las ciudades de Copiapó, Chañaral y Caldera cuyo número de electores es cercano a los cien mil. 

Comuna Recinto Nuevo establecimiento  
Copiapó Centro Cultural Liceo Católico 
Copiapó Escuela Abraham Sepúlveda Pizarro Liceo Católico  
Copiapó Liceo El Palomar  Escuela Carlos María Sayago 
Copiapó Centro de Educación Integrada de Adultos C.E.I.A Escuela Laura Robles Silva 
Copiapó Escuela El Chañar  Escuela Vicente Sepúlveda Rojo 
Copiapó Liceo Fernando Ariztía Ruíz Escuela Hernán Márquez Huerta 
Copiapó Liceo José Antonio Carvajal  Liceo Bicentenario Mercedes Fritis Mackenney 
Caldera  Escuela de Desarrollo Artístico Escuela Manuel Orella Echanez 
Chañaral  Liceo Federico Varela  Escuela Angelina Salas Olivares 

Ante esto, el Servicio Electoral llama al electorado a revisar su local de votación en consulta.servel.cl y corroborar el establecimiento que le fue asignado para sufragar.  

Servel ha procurado situar a los electores en uno de los establecimientos más cercanos acorde al proceso de georreferenciación.  

Cerca de 150 mil chilenos en el exterior podrán votar en la Primaria del 29 de junio

El próximo domingo 29 de junio se desarrollará la Elección Primaria Presidencial tanto en Chile como en el exterior.

En el extranjero, suman 149.609 los chilenos habilitados para sufragar en este proceso, donde forman el padrón, las personas afiliadas a los ocho partidos que pactaron para participar de la Primaria y las personas independientes, es decir, que no están afiliadas a ningún partido político.

Este sábado 14 de junio se publicarán en el sitio web del Servel las nóminas definitivas de vocales de mesa, luego del periodo de excusas ante las Juntas Electorales, por lo que se invita a todas y todos los electores a revisar sus datos electorales en consulta.servel.cl. Allí podrán conocer también cuál es su mesa y local de votación.

Quienes sean designados vocales de mesa, tanto en Chile como en el extranjero, deben cumplir este rol de manera obligatoria.

Para conocer más sobre su rol y las tareas a realizar, quienes cumplan esta importante tarea pueden revisar la cartilla informativa elaborada por Servel para ayudarlos en su labor.

Todo el electorado puede conocer cuáles son los locales de votación y Delegados de Juntas Electorales en el exterior, la nómina de vocales de mesa y otra información útil haciendo clic aquí.

Constitución de mesas y día de la elección

Los vocales de mesa deberán concurrir a sus locales de votación el sábado 28 de junio a las 15:00 horas (hora local) para la constitución de mesas. Allí, con tres vocales por mesa, se eligen los cargos de presidente, comisario y secretario.

El domingo 29, en tanto, deben llegar a sus locales de votación a las 07:30 am para la instalación de las mesas receptoras de sufragios y el posterior inicio de la jornada de elección. El horario de votación es desde las 08:00 hrs. a las 18:00 hrs. (hora local).

Para el electorado en el exterior el voto es de carácter voluntario.

De acuerdo a la Constitución Política de la República, los chilenos y chilenas que residen en el exterior pueden ejercer su derecho a sufragio en Elecciones Primarias Presidenciales, Elecciones Presidenciales y Plebiscitos Nacionales.

Miércoles 11 de junio: último día de excusas para vocales 

El miércoles 11 de junio vence el plazo de tres días establecidos por ley, para que los vocales que hayan sido designados por las Juntas Electorales en este rol para las Elecciones Primarias Presidenciales, se excusen.  

Son 82.560 las personas que deberán ejercer el cargo de vocal, cuya nominación fue publicada el pasado sábado.  

El bono por el ejercicio de esta función será de $25.876, monto pagado por la Tesorería General de la República.  

Los vocales deberán concurrir el día sábado 28 de junio a los locales de votación que les correspondan para constituir sus mesas de sufragio.   

Conoce las funciones del vocal en la Cartilla de Instrucciones para Mesas Receptoras de Sufragio acá. 

Excusas y sanciones para vocales   

Los vocales que no puedan cumplir con su deber tienen la oportunidad de presentar excusas ante la Junta Electoral correspondiente. Sin embargo, es importante destacar que el incumplimiento de esta obligación conlleva sanciones, incluidas multas que varían entre 2 a 8 UTM ($137.000 a $549.000 aproximadamente). 

Las razones establecidas por ley para excusarse son:   

1) Haber sido designado miembro de Colegio Escrutador o tener alguna de las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la misma ley:  

2) Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de trescientos kilómetros de su local de votación.   

 3) Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las mesas, otras funciones que encomiende esta ley.  

4) Tener más de 70 años de edad.  

5) Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, situación acreditada con certificado de un médico.  

6) Cumplir labores en establecimientos hospitalarios el día de la elección.  

7)  Gestantes durante todo el período de embarazo. También el padre o madre de un hijo o hija menor de dos años.  

8) Estar al cuidado de adultos mayores en situación de dependencia o de personas en situación de discapacidad.  

  

Vocales reemplazantes  

El sábado 14 de junio se publicará la nómina de vocales reemplazantes, quienes no cuentan con periodo de excusas.  

¿Si renuncio a un partido político hoy, cambian mis datos para las Primarias?

El padrón de personas habilitadas para sufragar en las Elecciones Primarias Presidenciales del próximo 29 de junio, quedó determinado el 30 de abril de este año, de acuerdo a los plazos establecidos por la ley, y ya no puede sufrir modificaciones. Esto implica que todas las solicitudes de afiliación y renuncias a partidos políticos que hayan sido realizadas después de esa fecha no generarán cambios en el padrón electoral de las Primarias.

De igual forma, trámites como el cambio de domicilio electoral, inhabilitaciones judiciales o incorporaciones de chilenos nacidos en el exterior que hayan sido realizados con posterioridad al 30 de abril de 2025, no se reflejan en el padrón electoral de las Primarias y sólo se aplicarán a partir del mes de julio.