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Servicio Electoral
de Chile

Un día después de la publicación del decreto que convoca al Plebiscito Constitucional, el Servicio Electoral de Chile, Servel, inició la campaña informativa para que electores y electoras, en Chile y en el exterior, puedan contar con toda la información necesaria para sufragar el domingo 17 de diciembre.

La campaña informativa de Servel, que ya se encuentra en redes sociales, radios y algunos soportes de vía pública, estará completamente desplegada a lo largo del país a partir del 10 de noviembre, con spots en canales de televisión, frases en todas las radios del territorio nacional, publicaciones en medios impresos y digitales, vía pública y redes sociales, además de volantes que serán distribuidos por las Direcciones Regionales de Servel.

A su vez, ya es posible acceder al minisitio que congrega toda la información necesaria para que el electorado pueda participar del proceso, incluyendo un enlace a la propuesta de texto Constitucional.

La campaña también considera la entrega de información al electorado en el exterior, con publicaciones digitales, avisaje en medios en línea y en televisión.

Todas las personas que deseen informarse sobre el proceso pueden hacerlo en el sitio web Servel (www.servel.cl), en el mini sitio del Plebiscito Constitucional (www.servel.cl/plebiscito-constitucional-2023), en los perfiles de redes sociales verificados de Servel o llamando al 600 6000 166 (y desde el extranjero al +56 229153265).

Inicia el periodo de campaña y propaganda electoral para el Plebiscito Constitucional

Con la publicación en el Diario Oficial del Decreto Supremo Exento que Convoca a Plebiscito Constitucional 2023, se da inicio al periodo de campaña electoral. Dentro de los tres días siguientes, cada partido político deberá inscribirse ante Servel, informando la o las opciones plebiscitarias que promoverá, designar encargados territoriales de campaña, también, deberá autorizar la apertura de una cuenta bancaria, para efecto de recibir aportes y nombrar un administrador general electoral quien será responsable de la rendición de los ingresos y gastos electorales de los respectivos conglomerados, mediante el Sistema de Rendición Online, disponible aquí.

Con el inicio de la campaña electoral, los partidos inscritos ante el Servel podrán recibir aportes y las colectividades constituidas al 31 de julio pasado tendrán derecho a financiamiento fiscal, según lo establece la reforma constitucional aplicable en este Plebiscito. Quienes deseen efectuar aportes de campaña deberán realizarlo mediante el Sistema dispuesto para tales efectos, accediendo acá o mediante sucursales de BancoEstado a lo largo del país.

De igual manera, los partidos políticos que se inscriban ante Servel, a partir de la fecha de publicación del decreto y hasta 3 días antes de la elección, es decir, hasta el 14 de diciembre de 2023, podrán realizar propaganda electoral en los espacios públicos que han sido autorizados por Servel, los cuales es posible conocer accediendo aquí, en los espacios privados que les sean autorizados por sus propietarios o arrendatarios, cuya autorización se deberá informar por parte de los administradores electorales generales designados mediante Formulario N°104, disponible en Sistema de Rendición Online, en los medios de prensa, radiales y escritos, que registraron sus tarifas ante este Servicio, cuyo registro y tarifas se encuentra disponible en acá y mediante activistas o brigadistas en la vía pública.

Los Partidos Políticos que participen de la campaña deberán someterse a los límites de gastos determinados por Servel y realizar la rendición de sus ingresos y gastos electorales a más tardar 30 días después de la votación del próximo 17 de diciembre, es decir, plazo máximo hasta el próximo 30 de enero 2024.

Para mayor información sobre las normas aplicables para este Plebiscito, el Consejo Directivo de Servel ha aprobado mediante Resolución O N°476, de fecha 1 de agosto de 2023, las Instrucciones generales acerca de la aplicación de las disposiciones sobre financiamiento, propaganda y gasto electoral. Asimismo, se ha publicado el Manual de financiamiento, propaganda y gasto electoral.

Ante dudas o consultas sobre el proceso de campaña electoral acceda aquí .

Último día para informar tarifas por parte de medios de comunicación que deseen emitir propaganda

Hasta las 23:59 de este 31 de octubre se extiende el plazo para que los medios de comunicación que deseen emitir propaganda electoral para el Plebiscito Constitucional 2023, informen sus tarifas, para lo cual podrán acceder al sitio web del Servel, utilizando los formularios electrónicos disponibles en https://tarifas.servel.cl/home, permitiéndose adecuaciones hasta el 14 de diciembre de 2023.

Los medios no podrán discriminar en el cobro de las tarifas entre las distintas proposiciones, y su contratación podrá suscribirse por los partidos políticos habilitados o sus administradores generales electorales. Así mismo, las tarifas deberán ser publicadas en la página web del respectivo medio y del Servicio Electoral.

Es importante recalcar que el periodo de campaña y propaganda para el Plebiscito Constitucional a realizarse el 17 de diciembre se extenderá desde el día de publicación del decreto supremo exento que convoca a plebiscito y hasta el 14 de diciembre de 2023.

El Director responsable de un órgano de prensa o radioemisora que publique o emita propaganda electoral sin haber enviado su informe tarifario al Servel, dentro de los plazos indicados, se expone a la aplicación de multas de 10 a 200 UTM, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 136 de la Ley N°18.700. Igual sanción se aplicará a la empresa propietaria o concesionaria del respectivo medio de difusión.

Presidente de Servel abordó la importancia de impulsar una regulación a las redes sociales en el marco de la propaganda electoral

El Presidente del Servicio Electoral de Chile, Andrés Tagle, sostuvo una reunión en La Moneda con la Ministra Secretaria General de Gobierno, Camila Vallejo, con el fin de coordinar las diversas temáticas para el próximo Plebiscito Constitucional del 17 de diciembre.

En la oportunidad, se trataron las fechas más importantes, el inicio de la propaganda electoral y la campaña informativa, que en el caso del Servicio Electoral se encuentra en elaboración y pronta a ser difundida tanto en radio, prensa escrita, televisión, medios digitales, vía pública y redes sociales.

En el marco de la propaganda electoral, es que Andrés Tagle, abordó la importancia de impulsar la regulación en las redes sociales “hoy día la legislación establece una obligación tanto a la prensa escrita como a las radios, lo que se traduce en que si reciben propaganda deben informar al Servicio Electoral y además deben de tener tarifas previamente informadas a Servel para cobrar de forma uniforme a todos los candidatos. Esto no opera para las redes sociales, si operó con una disposición transitoria a la Constitución que tuvo efecto solo en el Plebiscito de 2020 y 2022, para dichas plataformas. Nosotros quisiéramos que en esta materia tuvieran exactamente la misma regulación que tienen la radio y la prensa, de tal forma de informarnos previamente las tarifas y la contratación de propaganda y así nosotros poder hacer un mejor control del gasto que se está haciendo en las campañas”, comentó.

Ante eso mismo, el Presidente de Servel destacó que eso no significa que desde el Servicio Electoral no se fiscalice, al contrario “eso no quita que nosotros estemos revisando las redes sociales y las plataformas digitales buscado propaganda pagada, y la que encontramos exigimos que el candidato nos la rinda en su rendición de cuentas. Así fue como descubrimos que Google no nos estaba informando y ahí demostramos la capacidad de Servel de detectar propaganda no informada y pasamos una multa”, puntualizó.

Los dichos fueron positivamente recibidos por la Ministra, Camila Vallejo, quien lo acogió como “un desafío que nos ha planteado Servel y que coincide mucho con la necesidad de avanzar en regulaciones a las grandes plataformas digitales como los tienen los medios de comunicación tradicionales. Y eso lo recogemos porque estamos también con una agenda muy importante en desinformación como también lo hace Servel que tiene sus propias herramientas para detectar el contenido desinformativo en contexto de procesos electorales”, finalizó.

Candidatos que postulen como independientes deben renunciar a partidos antes del 28 de octubre de 2023

El 29 de julio de 2024 vence el plazo para la declaración de candidaturas para las elecciones Municipales y de Gobernadores Regionales a efectuarse el 27 de octubre de 2024. Nueve meses antes, el 28 de octubre de 2023, vence el plazo dispuesto en la Ley N°18.700, para que quienes deseen postular como independientes renuncien a sus partidos políticos.

De conformidad al artículo 5 de la Ley N°18.700 Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, “Para ser incluido como candidato de un partido político o de un pacto electoral, siempre que en este último caso no se trate de un independiente, se requerirá estar afiliado al correspondiente partido con a lo menos dos meses de anticipación al vencimiento del plazo para presentar las declaraciones de candidaturas y no haber sido afiliado de otro partido político dentro de los nueve meses anteriores al vencimiento de dicho plazo”(28 de octubre de 2023 y 28 de mayo de 2024, respectivamente).

Luego, la Ley señala que “Los candidatos independientes, en todo caso, no podrán haber estado afiliados a un partido político dentro de los nueve meses anteriores al vencimiento del plazo para presentar las declaraciones de candidaturas”.

En este sentido, se hace presente que “todo afiliado a un partido político podrá renunciar a él, en cualquier momento, sin expresión de causa. La renuncia producirá la desafiliación por el solo hecho de ser presentada al presidente del partido o al Director del Servicio Electoral”. Al respecto, las personas podrán renunciar mediante el uso de su Clave Única o firma electrónica avanzada en la web de Servel o de manera presencial en cualquiera de nuestras Direcciones Regionales, produciendo su desafiliación desde el momento en que ésta se presenta.

Asimismo, cabe precisar que sólo los partidos políticos legalmente constituidos a la declaración de candidaturas podrán participar en las regiones en donde se encuentren constituidos.

El plazo para la Declaración de Candidaturas para las elecciones primarias a realizarse el 9 de junio de 2024, vence el día 10 de abril de 2024. Los partidos políticos que deseen participar en las elecciones primarias, deberán efectuarlo por acuerdo del órgano intermedio colegiado del partido, ante un funcionario del Servicio Electoral en calidad de ministro de fe, con la debida anticipación.

Por último, se recuerda que, la Ley señala que el cumplimiento de los requisitos para ser candidato se evaluará siempre en relación con la fecha de la elección definitiva y, en ningún caso, en relación con la fecha de la elección primaria.

15.406.352 electores conforman el Padrón Electoral Definitivo para este Plebiscito Constitucional

Este 18 de octubre, tal como establece la ley, Servel hizo público el padrón electoral y la nómina de inhabilitados con carácter de definitivo para el Plebiscito Constitucional 2023, que se realizará el próximo 17 de diciembre.

El padrón definitivo y la nómina de inhabilitados publicados omiten datos relativos al número de rol único nacional, sexo y domicilio electoral de los electores, según establece la ley.

Conoce el padrón electoral definitivo y la nómina de inhabilitados acá

Las principales cifras son las siguientes:

Total habilitados en Chile

HombresMujeresTotal
7.456.4597.822.34115.278.800

 

Total habilitados en extranjero

HombresMujeresTotal
60.65066.902127.552

Total inhabilitados

ChileExtranjeroTotal
248.06343248.106

Principal concentración de electores por edad

30-39 años40-49 años20-29 años
2.974.6102.607.2262.602.948

Principal concentración de electores por comuna

ComunaCantidad de electores
Puente Alto413.938
Maipú397.158  
Santiago364.390  
La Florida307.628
Viña del Mar307.543

Principal concentración de electores chilenos en el extranjero

PaísCantidad de electores
Estados Unidos20.070
España15.692
Argentina15.230
Canadá9.673
Australia8.815

Principal concentración de electores por nacionalidad

PaísCantidad
Perú183.227
Venezuela107.479  
Colombia86.207  
Haití64.411
Bolivia61.758
Servel habilita Sistema de Informe de Tarifas para medios que deseen emitir propaganda electoral del Plebiscito Constitucional 2023

Los medios de comunicación que deseen emitir propaganda electoral para el Plebiscito Constitucional 2023, deberán informar sus tarifas desde el día 29 de septiembre y hasta el día 31 de octubre a las 23:59, para lo cual podrán acceder al sitio web del Servel, utilizando los formularios electrónicos disponibles en https://tarifas.servel.cl/home , permitiéndose adecuaciones hasta el 14 de diciembre de 2023.

Cabe señalar, que los medios no podrán discriminar en el cobro de las tarifas entre las distintas proposiciones, y su contratación podrá suscribirse por los partidos políticos habilitados o sus administradores generales electorales. Así mismo, las tarifas deberán ser publicadas en la página web del respectivo medio y del Servicio Electoral.

El Director responsable de un órgano de prensa o radioemisora que publique o emita propaganda electoral sin haber enviado su informe tarifario al Servel, dentro de los plazos indicados, se expone a la aplicación de multas de 10 a 200 UTM, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 136 de la Ley N°18.700. Igual sanción se aplicará a la empresa propietaria o concesionaria del respectivo medio de difusión.

El periodo de campaña y propaganda para el Plebiscito Constitucional a realizarse el 17 de diciembre de 2023, se extenderá desde el día de publicación del decreto supremo exento que convoca a plebiscito y hasta el 14 de diciembre de 2023.

Para mayor información sobre la campaña electoral, se encuentra publicada la resolución N° 476, de fecha 1 de agosto de 2023, que fijó las instrucciones para el cumplimiento de las normas de financiamiento, propaganda y gasto electoral, la cual se puede visualizar acá.

Se termina el plazo para presentar reclamaciones al Padrón Electoral Auditado para el Plebiscito Constitucional 

Hasta este jueves 28 de septiembre tienen plazo para presentar sus reclamaciones, ante la justicia electoral, quienes consideren que, han sido omitidos injustificadamente o que se haya incluido a alguien que no corresponda en el padrón electoral auditado para el próximo Plebiscito Constitucional del 17 de diciembre. 

El Servicio Electoral publicó el padrón electoral auditado y la nómina de inhabilitados, el pasado 18 de septiembre en su sitio web, los que pueden ser consultados aquí

Los referidos listados no contienen la información relativa al número de rol único nacional, sexo ni domicilio electoral de los electores, de acuerdo con la modificación legal de febrero de 2021. 

Las reclamaciones pueden realizarse: 

Importante: Servel tendrá su canal de atención telefónica 600 6000 166 disponible hasta la medianoche del día 28 de septiembre.

Padrón auditado suma 15.389.558 electores y comienza el plazo de reclamación

En cumplimiento de la ley, este 18 de septiembre el Servicio Electoral publicó en su sitio web los padrones electoral y las nóminas de inhabilitados con carácter de auditados, para el Plebiscito Constitucional del 17 de diciembre próximo,  con los datos y antecedentes proporcionados por los organismos señalados en la legislación, como por el electorado, al efectuar la actualización de sus datos, todo dentro de plazo legal.

Estos listados contemplan las sugerencias consignadas en los informes de dos auditoras, de acuerdo con el artículo 32 de la Ley 18.556, sobre Inscripciones Electorales y Servicio Electoral.

Así, el padrón electoral  auditado está compuesto por 15.262.012 electores habilitados para sufragar en el territorio nacional, 127.546 en el extranjero y 248.064 personas inhabilitadas para ejercer su voto.

La publicación de los padrones auditados permite realizar las reclamaciones respectivas ante la justicia electoral dentro de 10 días.

El padrón “no contendrá la información relativa al número de rol único nacional, sexo ni domicilio electoral de los electores”, de acuerdo con la modificación legal de febrero de 2021.

Reclamaciones

Desde el 19 y hasta el 28 de septiembre, si un elector o electora considera que fue omitido injustificadamente o que se incluyó a alguien ilegalmente en el padrón electoral, puede presentar una reclamación: en Chile, ante el Tribunal Electoral Regional que corresponde a su domicilio electoral o del impugnado, según el caso; en el extranjero, ante un consulado chileno o en el sitio web del Tribunal Electoral Regional de turno en la Región Metropolitana.

Puede ver el Padrón y la Nómina de Inhabilitados, ambos con carácter de auditado, aquí.

2.839 Espacios públicos autorizados para el despliegue de propaganda electoral del Plebiscito Constitucional 2023

En virtud del cronograma electoral del Plebiscito Constitucional que se llevará a cabo el día 17 de diciembre de 2023, el periodo para efectuar propaganda electoral, por medios de prensa y radio emisoras, activistas o brigadistas en la vía pública, y en espacios públicos y privados, comienza el día de publicación del Decreto Supremo que convoca a Plebiscito y hasta el 14 de diciembre de 2023, ambos días inclusive.

Conforme a lo anterior, y lo señalado en el artículo 161 N°3 de la Constitución Política de la República, se encuentran autorizados para efectuar propaganda electoral, los partidos políticos legalmente constituidos 140 días antes de la elección, esto es, al día 30 de julio de 2023.

La nómina de los espacios públicos autorizados en cada comuna y el máximo de elementos permitidos para cada uno de los 20 partidos habilitados, han sido determinados mediante resoluciones emitidas por las Direcciones Regionales del Servicio Electoral y se encuentran publicadas aquí, en donde se podrá encontrar mapa georreferenciado con información de espacios públicos autorizados.

Para este Plebiscito Constitucional, se determinaron 2.839 espacios públicos autorizados, que consideran un máximo de 11.820 elementos de propaganda (MEP). Los espacios públicos autorizados, consideran la propuesta efectuada por los Concejos Municipales de cada comuna respecto de espacios definidos como parques, plazas u otros de carácter público, según la Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones.

Para mayor información, la resolución N° 476, de fecha 1 de agosto de 2023, fijó las instrucciones para el cumplimiento de las normas de financiamiento, propaganda y gasto electoral, para este hito electoral, la cual se puede visualizar acá.