Declaración ante reportaje de CHV

Publicado en: Noticias |
17
Ene 2025

En relación con el reportaje de Chilevisión de los días 15 y 16 de enero sobre el financiamiento de las campañas del plebiscito 2023 comunicamos lo siguiente:

1.-          No es efectivo que el Servicio Electoral no respondió las consultas de la periodista Josefina Eckhold de Chilevisión, lo hizo por escrito en octubre de 2024, donde respondió las dudas planteadas a su correo electrónico. Cuestión que se omite en el reportaje. (Ver respuesta acá).

2.-          Se presenta como irregularidad que las facturas y boletas tengan una fecha posterior a la del plebiscito. Esto es posible ya que en estos casos se aplica el plazo legal para facturar o emitir boletas después de efectuadas las prestaciones según las normas tributarias. De lo anterior hay jurisprudencia en sentencias del Tribunal Calificador de Elecciones.

3.-          Se presenta como irregularidad que los partidos políticos hubiesen contratado servicios profesionales, con militantes, y sociedades vinculadas con dirigentes. Esto está dentro de la ley y tiene todo el sentido que los contratados tenga una afinidad ideológica con el partido, cuando se trata de divulgar creativamente sus posturas respecto al plebiscito.

4.-          Se afirma en el reportaje que el Servel aprobaría gastos que no cuentan con los respaldos necesarios presentados en las rendiciones de los partidos. Pero el reportaje no solicitó ni consideró los respaldos adicionales solicitados por el Servel a los partidos en las observaciones efectuadas a la rendición. Tampoco solicitó las resoluciones del Servicio Electoral que dan cuenta del resultado de la revisión final de los ingresos y gastos electorales.

5.-          Se considera irregular la presencia de prestadores que fueron absueltos por la justicia y que no tienen inhabilidad legal para prestar servicios.

6.-          Se presentan como irregulares boletas de honorarios emitidas por el propio partido, para respaldar honorarios de terceros. Este mecanismo, definido por SII como boleta de prestación de servicios de terceros, se utiliza en los casos de honorarios prestados por personas que no tienen la posibilidad de otorgar boletas. Es un procedimiento completamente legal.

7.-          En el reportaje no se presenta ninguna evidencia seria en cuanto a que las prestaciones rendidas por los partidos políticos no se hubieran efectuado realmente o que los fondos se hubieran destinados al lucro de otras personas. Sólo se presentan sospechas y elucubraciones.

El Servicio electoral hace una revisión exhaustiva de las rendiciones de los partidos políticos, solicita aclaraciones y respaldos cuando considera que falta información. Rechaza o aprueba gastos según los antecedentes, y aplica procedimientos sancionatorios que pueden llevar a multas ante infracciones a la ley electoral.