Conozca los espacios públicos autorizados para propaganda del Plebiscito Constitucional

01
Jul 2022

 

Una vez que se inicie el periodo para la Propaganda Electoral de este Plebiscito Constitucional, Partidos Políticos, Organizaciones de la Sociedad Civil y Parlamentarios Independientes que se registren dentro de los tres días siguientes a la publicación del decreto Supremo que convoque al Plebiscito, podrán desplegar propaganda electoral en los espacios públicos autorizados por el Servicio Electoral , mediante carteles y afiches, que no superen los 2 metros cuadrados

Los espacios públicos en cada comuna han sido autorizados mediante las resoluciones publicadas por Servel, en ellas, se indican la nómina de espacios públicos habilitados para la instalación de propaganda y el máximo de elementos permitidos para cada una de las opciones sometidas a consideración de la ciudadanía en el Plebiscito Constitucional. De acuerdo con la ley, estos lugares son elegidos considerando la propuesta efectuada por los Concejos Municipales de cada comuna definidos como parques, plazas u otros de carácter público, según la Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones y pueden ser usados exclusivamente durante el periodo que comprende la propaganda.

 

Revise la distribución de espacios públicos para la propaganda acá

 

Fiscalización en la vía pública

Según faculta la ley, Servel fiscaliza y controla el cumplimiento sobre las normas de carácter electoral y lleva a cabo los procedimientos administrativos sancionatorios por infracción a sus normas. Además, los ciudadanos podrán efectuar sus denuncias en el portal dispuesto acá