Plazo de cesación de autoridades para candidaturas de elecciones 2025

25
Sep 2024

El Consejo Directivo del Servicio Electoral acuerda, respecto de las inhabilidades para ser candidato a diputado o senador establecidas en el artículo 57 de la Constitución Política de la República, lo siguiente:

Al estar fijada la elección parlamentaria del próximo año para el domingo 16 de noviembre de 2025 las autoridades establecidas en la citada norma, salvo aquellas de los numerales 7), 8) y 9), deben cesar en su cargo a más tardar a las 00.00 horas del día 16 de noviembre de 2024 para no verse afectas por la inhabilidad. Por tanto deben presentar su renuncia con anterioridad a esa fecha, esto es, hasta el día 15 de noviembre para que se haga efectiva a partir del día 16 de noviembre.

Las autoridades referidas son las siguientes:

  • Los Ministros de Estado (Art. 57 n°1);
  • Los gobernadores regionales, los delegados presidenciales regionales, los delegados presidenciales provinciales, los alcaldes, los consejeros regionales, los concejales y los subsecretarios (Art. 57 n°2);
  • Los miembros del Consejo del Banco Central (Art. 57 n°3);
  • Los magistrados de los tribunales superiores de justicia y los jueces de letras (Art. 57 n°4);
  • Los miembros del Tribunal Constitucional, del Tribunal Calificador de Elecciones y de los tribunales electorales regionales (Art. 57 n°5);
  • El Contralor General de la República (Art. 57 n°6);
  • Los Comandantes en Jefe del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea, el General Director de Carabineros, el Director General de la Policía de Investigaciones y los oficiales pertenecientes a las Fuerzas Armadas y a las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública (Art. 57 n°10).

Adopan el siguiente acuerdo las Consejeras Sras. María Cristina Escudero Illanes y Pamela Figueroa Rubio, y los Consejeros Sres. David Huina Valenzuela, Alfredo Joignant Rondón y Andrés Tagle Domínguez, Presidente.

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