Candidaturas ya pueden recibir aportes electorales de campaña
Desde el miércoles 28 de agosto con el inicio del primer periodo de propaganda electoral en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales del 26 y 27 de octubre próximo, las candidaturas y partidos políticos podrán realizar propaganda electoral.
De acuerdo con lo estipulado en el párrafo 6 de la Ley 18.700, a partir de esta fecha, las candidaturas podrán emitir propaganda solo en los medios de prensa escrita y radioemisoras que previamente hayan informado sus tarifas al Servicio Electoral.
Medios Habilitados para Propaganda Electoral.
Asimismo, se inicia la propaganda electoral mediante activistas y brigadistas en la vía pública, permitiendo el uso de banderas, lienzos y otros elementos no fijos que identifiquen a las candidaturas. También se autoriza la distribución de volantes, folletos, artículos de merchandising y otros objetos informativos de menor tamaño, como lápices, chapas y bolsas reutilizables. Es importante destacar que, conforme al artículo 25 de la Ley 19.884, se prohíben las donaciones o erogaciones a personas naturales o jurídicas, así como la entrega de regalos o la prestación de servicios tales como operativos médicos, oftalmológicos o veterinarios.
Para obtener más información sobre las actividades permitidas durante este periodo, el Servicio Electoral ha puesto a disposición el Manual de Financiamiento, Propaganda y Gasto Electoral.
El pasado lunes 26 de agosto se publicó la Ley N° 21.693, la cual introduce modificaciones a diversos cuerpos legales para perfeccionar el sistema electoral y permitir que las elecciones municipales y regionales de 2024 se realicen en dos días. En esta ley, se introducen nuevas regulaciones al uso de redes sociales y plataformas digitales para emitir propaganda electoral, para lo cual el Servel requerirá que informen al Servicio de los sistemas de contratación digital y con ello, permitir que las candidaturas y partidos políticos puedan contratar propaganda.
Tambien, los medios de prensa, radioemisoras, plataformas digitales y redes sociales deberán informar al Servicio Electoral sobre las contrataciones de propaganda electoral. Para ello, el Servicio Electoral disponibilizará el Sistema de Declaración de Propaganda, https://declaracionespropaganda.servel.cl/ al cual los medios deberán ingresar mediante clave única. Las instrucciones de uso del sistema y declaración serán comunicados oportunamente a los medios.
Aportes
Además, ya se encuentra disponible el Sistema de Recepción de Aporte, para que las candidaturas y partidos políticos participantes de esta elección, puedan recibir sus aportes de campaña.
Quienes deseen aportar a las campañas deberán acceder a https://www.servel.cl/aportes/ mediante clave única, seleccionar la candidatura y el monto a aportar.
Los aportes también podrán realizarse mediante deposito en sucursales de Banco Estado a lo largo del país.
Asimismo, a partir de este viernes 30 de agosto de 2024, el Servicio publicará en su página web el registro de aportes electorales efectuados a Partidos Políticos y candidaturas.
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