Plebiscito Constitucional: hoy finaliza plazo de excusas para vocales de mesa
Este 29 de noviembre termina el plazo de presentación de excusas para quienes hayan sido designados por las Juntas Electorales vocales de mesa para el Plebiscito Constitucional del 17 de diciembre, pero requieran eximirse por alguna de las causales contempladas por le ley.
Las excusas, junto a los documentos que las respalden, pueden ser presentadas de manera presencial o por correo electrónico ante la Junta Electoral correspondiente al domicilio electoral de cada vocal de mesa.
Las causales de justificación contempladas por la ley 18.700 son las siguientes:
-Estar ausente del país o radicado a una distancia de más de 300 kilómetros.
-Tener más de 70 años de edad.
-Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función.
-Cumplir labores en establecimientos hospitalarios el día del Plebiscito.
-Embarazadas.
-Ser padre o madre de un hijo o hija menor de dos años. Si ninguno de ellos tuviera el cuidado personal, quien lo tenga podrá excusarse acreditándolo debidamente.
-Ser cuidadora o cuidador de adultos mayores o personas con necesidades especiales, con dependencia o discapacidades, y quienes se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (Eleam).
El sábado 2 de diciembre se dará a conocer la nómina de vocales reemplazantes para mesas receptoras de sufragios, quienes no tienen periodo de excusas. Por ello, es muy relevante que ese día cada elector y electora revise nuevamente consulta.servel.cl.
Las multas para quienes no cumplan con su labor de vocal de mesa pueden ir desde las 2 a 8 UTM ($128.000 a $511.000 aproximadamente).
Pago a vocales de mesa
En cada elección o plebiscito se pagará un bono equivalente a 2/3 de UF para quienes asistan a cumplir su rol de vocal de mesa. Actualmente $ 24.356.
Sólo los vocales que hayan sido designados por primera vez y acudan a la capacitación presencial obligatoria, tras la constitución de mesas el sábado 16 de diciembre, contarán con un bono adicional de 0,22 UF.
Este bono lo paga la Tesorería General de la República, mediante cheque nominativo al domicilio, o depósito en cuenta bancaria.
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