Servel da a conocer nómina definitiva de vocales de mesa

13
Oct 2020

De acuerdo los listados difundidos hoy, 37.297 vocales designados por las Juntas Electorales presentaron excusas, de las cuales 33.359 fueron aceptadas. El Servicio Electoral hizo un llamado a revisar los datos electorales para conocer si se ha sido designado vocal reemplazante.

En un punto de prensa encabezado por el Presidente del Consejo Directivo del Servicio Electoral (Servel), Patricio Santamaría, y el Director Nacional de Servel, Raúl García, el organismo dio a conocer la publicación de la nómina definitiva de vocales de mesa para el Próximo Plebiscito Nacional del 25 de octubre

En la oportunidad, Santamaría fue enfático en su llamado a vivir los próximos días de forma pacífica. “Tenemos que evitar los actos de violencia (…) Tenemos la posibilidad, el 25 de octubre, con la garantía del Servel, de tomar una decisión que va a ser respetada por la totalidad de los habitantes de este país», manifestó.

En la oportunidad, las autoridades de Servel dieron a conocer que, una vez cumplido el plazo para que los vocales designados el 3 de octubre presentaran sus excusas, las Juntas Electorales analizaron los antecedentes presentados, decidiendo aceptar 33.359 excusas y rechazar otras 3.938. Tras ello determinaron a los vocales reemplazantes, cuyas nóminas fueron publicadas este 10 de octubre en diarios de circulación nacional y regional y, en el caso del extranjero, en el sitio web del Servicio Electoral (Servel), de acuerdo al artículo 51 de la Ley 18.700. Asimismo, esta información se puede conocer en https://consulta.servel.cl/ y en https://plebiscitonacional2020.cl/. También puede chequear su información en la App Servel, disponible para IPhone y Android.

El Presidente de Servel, Patricio Santamaría Mutis, hizo un llamado a revisar los listados publicados en los diarios y la web, y chequear su situación electoral. También recordó que “el próximo sábado 24 de octubre a las 15:00 horas, quienes son designados vocales deben acudir a constituir sus mesas. Asimismo, quienes tengan esta responsabilidad por primera vez, deben participar en una capacitación para la que también hemos dispuesto recursos virtuales, como videos que ya se encuentran en nuestro canal de YouTube”.

En tanto, el Director Nacional de Servel, Raúl García, hizo un llamado a cumplir con el deber, ya que “los vocales de mesa son los grandes protagonistas de la gesta plebiscitaria del 25 de octubre”.

Cabe señalar que la legislación no contempla la posibilidad de que los vocales reemplazantes, nombrados en esta oportunidad, presenten excusas ante las juntas electorales. Sin embargo, si al momento de la elección se encuentran en una de las causales de excusa contempladas en la normativa podrán hacer sus descargos ante los juzgados de policía local, en caso de ser denunciados por las juntas electorales. Por ello, es importante conservar toda la documentación que acredite dicha situación, ya que podría ser requerida por el juez.

Denuncias y multas

En conformidad a la Ley 18.700, las personas designadas como vocales de mesa que no concurran a desempeñar sus funciones serán denunciadas por la junta electoral que las designó, y podrán ser sancionadas con una multa a beneficio municipal que va de 2 a 8 U.T.M., es decir, aproximadamente entre $ 100.744 y $ 402.976, la que será aplicada por el juez de policía local competente.

Datos prácticos para los vocales de mesa

La primera función que deberán cumplir los vocales el día de la elección, domingo 25 de octubre, es llegar a las 7:30 horas a su local de votación para dar inicio a la instalación de su mesa a las 8:00 horas, la cual comenzará a funcionar con al menos tres vocales.

Sin embargo, a partir de las 9:00 horas el delegado del local designará a los vocales que falten hasta completar el mínimo necesario para funcionar. De no existir voluntarios, nombrará a otros que se encuentren en el recinto, recurriendo al auxilio de la fuerza encargada del orden público, si fuera necesario.

Para facilitar que las personas que han sido designadas como vocales puedan cumplir con su cargo sin inconvenientes, los empleadores deberán conceder los permisos necesarios, sin descuento de remuneraciones. Si un empleador impide al elector desempeñar su función como vocal puede ser denunciado en cualquiera de las oficinas de la Inspección del Trabajo y ante el Juez de Policía Local de la comuna donde ocurrió el hecho.

Los vocales de mesa recibirán, según el Protocolo Sanitario, un kit completo con:

Mascarillas KN95 (2 para cada vocal).
Escudos faciales.
Alcohol en gel al 70% para vocales de mesa y electores.
Desinfectantes a base de alcohol o cloro para limpieza de superficies y cámara secreta aplicado mediante un rociador, de conformidad al protocolo dictado por la autoridad sanitaria.
Toallas húmedas con alcohol al 70%, cloro o amonio cuaternario.
Toallas de papel o servilletas.
Guantes de nitrilo para el conteo de votos.