Hasta el 16 de agosto los medios podrán informar tarifas para la propaganda del Plebiscito Nacional
Los medios de comunicación podrán publicar o emitir propaganda electoral que libremente contraten, pero no podrán discriminar en el cobro de las tarifas para el Plebiscito Nacional 2020.
La actual legislación le instruye a Servel publicar los informes tarifarios de los medios que difundirán propaganda electoral para el próximo Plebiscito Nacional del 25 de octubre de 2020.
El plazo para enviar dichos informes vence a las 23.59 horas del 16 de agosto, esto pueden realizarlo a través del sitio web del Servel, utilizando los formularios electrónicos disponibles en https://tarifas.servel.cl/
El Director responsable de un órgano de prensa o radioemisora que publiquen o emitan propaganda electoral sin haber enviado su informe tarifario al Servel, dentro de los plazos indicados, se exponen a la aplicación de multas de 10 a 200 UTM, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 136 de la Ley N°18.700. Igual sanción se aplicará a la empresa propietaria o concesionaria del respectivo medio de difusión.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 31 de la Ley 18.700, solo se podrá efectuar propaganda electoral en los medios que, a más tardar diez días antes del inicio del período de propaganda, informen al Servicio Electoral sus tarifas, las que luego de ser validadas, son publicadas en el sitio web del Servel y en el del medio respectivo.
El periodo de propaganda para el Plebiscito se inicia el próximo 26 de agosto y termina el 22 de octubre.
INGRESE AL INFORME TARIFARIO PARA EL PLEBISCITO NACIONAL 2020 AQUÍ
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