Servel lanza campaña para promover participación en la Segunda Votación Presidencial 2017
Vota por el próximo Presidente de Chile, es la idea fuerza con que el Servicio busca convocar a los electores a informarse y votar el domingo 17 de diciembre.
Con la frase “Vota por el Próximo presidente de Chile”, entre el 4 y el 17 de diciembre el Servicio Electoral (Servel) realizará una nueva campaña, que busca promover la participación electoral e informar a los electores aspectos relevantes sobre la Segunda Votación de la Elección Presidencial 2017, que se desarrollará el domingo 17 de diciembre.
Esta campaña, que es continuadora de la que se realizó con motivo de las elecciones generales, surge en consideración de la abstención que se ha instalado en los últimos procesos. Así, en las Elecciones Municipales de 2012, la participación llegó a un 43%; en las Elecciones 2013, a un 49%; en las Municipales 2016, a un 34%; y en las pasadas elecciones del 19 de noviembre a 46,7%. Si bien el porcentaje de participación fue menor en estas últimas votaciones respecto a 2013, se registró un aumento de 31.661 electores.
En este contexto, el Servicio hace un llamado a cada uno de los electores a concurrir a las urnas y ejercer su derecho a sufragio. Además, insta a todos los ciudadanos habilitados para sufragar en esta ocasión a informarse sobre las elecciones, sobre sus candidatos y sobre sus responsabilidades cívicas, en los casos de quienes fueron designados como vocales de mesas, o miembros de los colegios escrutadores, y que son los mismos de la elección pasada.
El sufragio es el derecho que permite incidir en la elección de los gobernantes del país, en quienes recae en gran medida el futuro de la nación y de sus habitantes. En tanto, las democracias representativas requieren del voto de los electores para su funcionamiento y para que las autoridades sean percibidas como legítimas.
Dicha campaña tendrá presencia en medios de comunicación, en algunas estaciones de Metro y buses del Transantiago, y en diversos servicios públicos, a través de la distribución de material informativo como afiches y volantes. También se utilizarán videos informativos y otros recursos en redes sociales, y material informativo impreso, que las direcciones regionales del Servicio distribuirán a los electores en sus despliegues en terreno para informar a la comunidad.
Esta campaña se enmarca en lo estipulado en el artículo 68 de la Ley 18.556, el cual indica que el Consejo Directivo tiene como función contribuir al desarrollo de la vida democrática del país, fomentando la educación cívica electoral de los ciudadanos.
Quienes deseen hacer consultas sobre este proceso o aclarar dudas pueden llamar al call center del Servel. Las llamadas nacionales se pueden hacer al teléfono 600 6000 166, mientras que las internacionales al +56 229153265, de lunes a domingo de 8:30 a 22:30 horas. Asimismo, pueden visitar el sitio web institucional o en el sitio de las elecciones.
Propaganda electoral
Este domingo 3 de diciembre se inició la propaganda para la Segunda Votación de la Elección Presidencial 2017, cuando, entre otras acciones, los candidatos pueden desplegar publicidad en la vía pública, mediante carteles, afiches y palomas.
De este modo, hay 2.877 espacios públicos autorizados a nivel nacional, destacando las regiones con mayor cantidad de electores, tales como la Metropolitana, donde los candidatos tienen 441 espacios y los partidos 458; y la del Biobío, donde hay 256 y 138, respectivamente.
Según las leyes 18.700 y 18.556, el Servicio Electoral puede conocer las infracciones a las normas de propaganda electoral, realizar la fiscalización general de ésta, fiscalizar y controlar el cumplimiento sobre las normas de carácter electoral y llevar a cabo los procedimientos administrativos sancionatorios por infracción a sus normas. En tanto, son las direcciones regionales del Servicio las encargadas de velar en terreno por el cumplimiento de la normativa, para lo cual cuentan con equipos de fiscalizadores.
Gestión de denuncias por región (Al 30 de noviembre de 2017)
Región | Admisible | Análisis | Inadmisible | Total |
Metropolitana | 91 | 328 | 167 | 586 |
Biobío | 7 | 192 | 49 | 248 |
Valparaíso | 18 | 152 | 25 | 195 |
O’Higgins | 9 | 103 | 31 | 143 |
Maule | 8 | 94 | 26 | 128 |
La Araucanía | 9 | 40 | 27 | 76 |
Coquimbo | 2 | 62 | 6 | 70 |
Antofagasta | 2 | 39 | 5 | 46 |
Tarapacá | 7 | 30 | 9 | 46 |
Atacama | 2 | 32 | 10 | 44 |
Los Lagos | 2 | 17 | 20 | 39 |
Los Ríos | 3 | 24 | 8 | 35 |
Arica y Parinacota | 1 | 27 | 3 | 31 |
Aysén | – | 21 | 1 | 22 |
Magallanes | – | 1 | 8 | 9 |
Total general | 161 | 1.162 | 395 | 1.718 |
Denuncias de propaganda por tipo de infracción (Al 30 de noviembre de 2017)
Subtipos de infracciones a la Ley 18.700 | Admisible | Análisis | Inadmisible | Total |
Propaganda en espacio público no autorizado | 33 | 518 | 68 | 619 |
Otra materia de propaganda electoral | 6 | 172 | 82 | 260 |
Realizar propaganda fuera del plazo legal (Art. 35) | 70 | 109 | 62 | 241 |
Propaganda en redes sociales | 13 | 38 | 36 | 87 |
Entrega de propaganda electoral mediante brigadista | 4 | 25 | 49 | 78 |
Propaganda en postes de luz (Art. 36) | 2 | 61 | 14 | 77 |
Propaganda en medios digitales | 5 | 41 | 18 | 64 |
Efectuar propaganda en lugares privados sin la autorización del propietario o arrendatario (Art. 36) | – | 33 | 18 | 51 |
Propaganda no respeta orden designado por candidato en espacio público autorizado | – | 37 | 10 | 47 |
Propaganda en espacios públicos que supere los dos metros cuadrados (Art. 35) | 1 | 36 | 9 | 46 |
Efectuar donaciones por candidatos a personas jurídicas, organizaciones o a personas naturales distintas del cónyuge o parientes (Art. 25) | 16 | 13 | 6 | 35 |
Propaganda en espacios privados que supere los seis metros cuadrados (Art. 36) | 4 | 21 | 9 | 34 |
Propaganda mediante perifoneo | 2 | 10 | 1 | 13 |
Propaganda en paraderos de transporte público (Art. 36) | – | 6 | 6 | 12 |
Otra materia de gasto o financiamiento electoral | 1 | 9 | – | 10 |
Divulgar resultados de encuestas publicas fuera de plazo (Art. 37) | – | 5 | 2 | 7 |
Propaganda mediante el rayado de muros | 1 | 5 | 1 | 7 |
Incurrir en gastos no permitidos por la ley (Art. 2) | 1 | 4 | 1 | 6 |
Retiro ilegal de propaganda (Art. 35) | – | 6 | – | 6 |
Propaganda en radioemisoras no informadas ante el Servicio Electoral | – | 3 | 1 | 4 |
Recibir o efectuar aportes de personas jurídicas (Art. 27) | 2 | 2 | – | 4 |
Exceder el máximo de cinco sedes oficiales de los partidos políticos o candidatos por comuna (Art. 36) | – | 2 | – | 2 |
Propaganda a través de televisión (Art. 32) | – | 2 | – | 2 |
Exceder los límites permitidos por aportante (Art. 10 y 19) | – | – | 1 | 1 |
No declarar gastos efectuados o ingresos recibidos en la cuenta general de ingresos y gastos electorales (Arts. 37, 44 y 46) | – | 1 | – | 1 |
Propaganda en estaciones de trenes o metro (Art. 36) | – | 1 | – | 1 |
Recibir o efectuar aportes de menores de 18 años (Art. 10) | – | 1 | – | 1 |
Recibir o efectuar aportes sin utilizar el sistema de recepción de aportes del servicio electoral (Art. 19) | – | – | 1 | 1 |
Uso de recursos fiscales (Art. 28) | – | 1 | – | 1 |
Total general | 161 | 1.162 | 395 | 1.718 |
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