Servel publica Manual de Campaña y Propaganda Electoral 2017
El documento norma las acciones que se pueden realizar y las que no, tanto en el periodo de campaña que comenzó este 21 de agosto, como en cada una de las etapas que comprende la propaganda electoral.
Tras comenzar el periodo de campaña el lunes 21 de agosto, el Servicio Electoral (Servel) publicó en su sitio web (servel.cl) el Manual de Consulta de Campaña y Propaganda de las Elecciones Presidencial, Parlamentarias y de Consejeros Regionales 2017 y para eventual segunda votación presidencial 2017.
Este documento es una guía para los candidatos y partidos, respecto de lo que la ley permite y lo que no en cada una de las etapas de la campaña. En él, se ejemplifican diversas situaciones para, de una manera didáctica, ilustrar requisitos, formas, plazos y lugares, sobre dónde y cómo se puede realizar propaganda electoral.
En este contexto, hay que distinguir el periodo de campaña y el de propaganda electoral, que tienen variaciones respecto de lo que ocurrió en las elecciones primarias.
El primero se extiende desde el mismo día en que vence el plazo para la declaración de candidaturas hasta el día de la elección, el domingo 19 de noviembre. En este periodo los candidatos podrán efectuar gastos electorales y realizar actividades de coordinación de la campaña. Mientras que el segundo se divide en dos etapas, una que parte el miércoles 20 de septiembre en la cual se pueden realizar acciones de brigadistas en la vía pública y emisión de publicidad en radioemisoras y otros medios de prensa; mientras que, desde el 20 de octubre, se suma la propaganda en espacios públicos que estén expresamente autorizados por el Servel y espacios privados. Todas las acciones de propaganda, incluida la emisión de la franja electoral gratuita en televisión, concluyen el al 16 de noviembre. En el Manual se establecen normas claras para cada uno.
La divulgación de resultados de encuestas de opinión pública, también son parte de estas acciones; sin embargo, su publicación está permitida hasta el 4 de noviembre, según el artículo 32 ter de la Ley 18.700.
El Manual se refiere a los alcances de la propaganda en medios electrónicos y redes sociales. El uso de esta última, se entiende como comunicación privada, siempre y cuando no implique la contratación y el pago por dichos servicios; en tal caso se considera como propaganda y se puede realizar durante todo el periodo establecido para ésta.
Otro de los aspectos que incluye el documento, es el protocolo para invitar a los candidatos del territorio electoral respectivo a las distintas actividades de carácter público que organicen los organismos gubernamentales, el cual rige desde el 20 de septiembre y hasta el fin de la campaña, de acuerdo al artículo 30 de la Ley 18.700. Cabe señalar, que dichas invitaciones se deben cursar al menos con 72 horas de antelación, debiendo garantizar la igualdad e imparcialidad en su cumplimiento.
Adicionalmente, el documento incluye una sección de preguntas frecuentes para cada una de las formas de despliegue de propaganda electoral, con ejemplos e imágenes de lo que se encuentra permitido.
En caso de llevarse a cabo una segunda votación presidencial, el Manual considera las formas y plazos de realizar propaganda electoral, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 26 de la Constitución Política de la República.
FISCALIZACIÓN Y RECLAMOS
Según las leyes 20.938 y 18.556, el Servicio Electoral puede conocer las infracciones a las normas de propaganda electoral y, a través de sus direcciones regionales, realizar la fiscalización general de ésta y controlar el cumplimiento sobre las normas de propaganda electoral. Dicha fiscalización se realiza de forma programada y por denuncias.
En el Manual se indican las sanciones y multas a las que se exponen los candidatos por faltas a las normas de propaganda electoral, los que se encuentran establecidas en la Ley N° 18.700.
Finalmente, las denuncias por infracción a las normas que regulan la propaganda electoral podrán ser presentadas por escrito ante la Subdirección de Control del Gasto y Financiamiento Electoral o la Dirección Regional competente del Servel. También se pueden presentar de forma digital en el Portal de Denuncias Ciudadanas.
Actividades que pueden realizar los candidatos
En campaña | En propaganda |
· Confeccionar carteles, afiches, letreros o material impreso u otro tipo de objetos informativos, para ser utilizados durante el periodo de propaganda electoral.
· Contratar publicidad con medios de prensa incluida la prensa electrónica y/o radioemisoras para difundir avisos durante el periodo de propaganda electoral, siempre y cuando estos medios hayan informado sus tarifas al Servicio Electoral. · Encargar y realizar encuestas sobre materias electorales o sociales. · Asistir a reuniones de carácter público o político. · Lanzamientos y cierres de campañas. · Efectuar visitas al electorado (puerta a puerta). · Participación en entrevistas en medios de comunicación. |
· Continuar realizando todas las acciones estipuladas durante el periodo de campaña electoral.
· Efectuar propaganda electoral en lugares públicos que estén expresamente autorizados para ese propósito por el Servel. · Realizar propaganda por activistas o brigadistas en la vía pública, mediante el porte de banderas, lienzos u otros elementos no fijos, entrega de material impreso u otro tipo de objetos informativos. · Desarrollar propaganda electoral en medios de prensa escrita, incluida la prensa electrónica y radioemisoras. Esta propaganda solo se puede realizar en medios que previamente hayan informado sus tarifas al Servicio Electoral. · Efectuar propaganda electoral en espacios privados, mediante carteles, afiches o letreros, cuyas dimensiones no superen los seis metros cuadrados totales, y con la debida autorización escrita del propietario, poseedor o mero tenedor del inmueble. · Realizar propaganda electoral en las sedes oficiales y las oficinas de propaganda de los partidos políticos y de los candidatos, exhibiendo carteles, afiches u otra propaganda electoral, considerando un máximo de hasta cinco sedes en cada comuna. · Realizar encuestas de opinión pública y divulgar sus resultados de hasta el sábado 4 de noviembre. |
Fechas relevantes de propaganda para las Elecciones 2017
Tema | Fecha |
Publicación de nómina de espacios públicos para realizar propaganda | 02 de febrero |
Inicio del periodo de campaña | 21 de agosto |
Vencimiento plazo para que medios de prensa informen sus tarifas al Servel | 10 de septiembre |
Inicio propaganda mediante brigadistas | 20 de septiembre |
Inicio propaganda en medios de prensa, radioemisoras y medios digitales | 20 de septiembre |
Inicio propaganda en espacios públicos y privados | 20 de octubre |
Inicio de la transmisión de la franja electoral | 20 de octubre |
Fin de plazo para divulgar resultados de encuestas electorales | 4 de noviembre |
Fin de la trasmisión de la franja electoral | 16 de noviembre |
Fin del periodo de propaganda electoral | 16 de noviembre |
Día de la elección y fin periodo de campaña electoral | 19 de noviembre |
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