Fue publicada ley que sustituye el binominal
La nueva normativa fue publicada el 5 de mayo de 2015 en el Diario Oficial.
La Ley 20.840 que sustituye el sistema electoral binominal aplicable a las elecciones parlamentarias, por uno de carácter proporcional inclusivo y fortalece la representatividad del Congreso Nacional, establece el aumento de parlamentarios, además de mayor participación femenina y la disminución de barreras para la creación de partidos políticos.
Parlamento
Se aumenta la cantidad de Diputados de 120 a 155, disminuyendo de 60 a 28 los distritos. En cuanto a los Senadores, pasan de 38 a 50 y se establece una sola circunscripción senatorial por región, aumentando la cantidad de candidatos a elegir en cada caso, lo que varía de acuerdo a la cantidad de población:
Circunscripciones que eligen dos Senadores:
– 1a circunscripción, XV Región de Arica y Parinacota.
– 2a circunscripción, I Región de Tarapacá.
– 4a circunscripción, III Región de Atacama.
– 14a circunscripción, XI Región de Aisén del General Carlos Ibáñez del Campo.
– 15a circunscripción, XII Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.
Circunscripciones que eligen tres Senadores:
– 3a circunscripción, II Región de Antofagasta.
– 5a circunscripción, IV Región de Coquimbo.
– 8a circunscripción, VI Región de O´Higgins.
– 12a circunscripción, XIV Región de Los Ríos.
– 13a circunscripción, X Región de Los Lagos.
Circunscripciones que eligen cinco Senadores:
– 6a circunscripción, V Región de Valparaíso.
– 7a circunscripción, Región Metropolitana de Santiago.
– 9a circunscripción, VII Región del Maule.
– 10a circunscripción, VIII Región del Bío Bío.
– 11a circunscripción, IX Región de La Araucanía.
En relación a los Diputados, la normativa indica que cada uno de los 28 distritos elige entre tres y ocho representantes. La mayoría de las regiones quedan con uno y dos distritos, salvo la Región Metropolitana, que tendrá siete distritos y elegirá en total a 47 Diputados, quedando con un 30% de representación en la Cámara, mientras que en el Senado contará con 15% de representación.
Participación femenina y candidaturas independientes
Otro hito del nuevo sistema electoral es el establecimiento de cuotas para asegurar que las mujeres sean parte activa de la política nacional. La iniciativa establece que del total de declaraciones de candidaturas que un partido o lista presente en un territorio electoral, ningún género, sea femenino o masculino, puede superar el 60 % del total de postulantes. Es decir, se debe declarar por lo menos un 40% de mujeres y/o un 40% de hombres.
Adicional a lo anterior, se otorgarán 500 UF a los partidos políticos por cada candidata electa en 2017, 2021, 2025 y 2029.
Revisa la Ley 20.840 en la Biblioteca del Congreso Nacional.
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